Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2020 (01/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Sábado 1 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES

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de Turismo a la ciudad de Indianápolis, Estado de Indiana, Estados Unidos de América, del 2 al 7 de febrero de 2020, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en el evento a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, estará a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
Comisionado Paola Mariella Marín Ugarte Analía Huamán Benavente Pasaje US$ 1 979,83 1 678,63 Viáticos US$ 440,00 x 5 días: 2 200,00 440,00 x 5 días: 2 200,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo primero de la presente Resolución, presentarán al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en el evento a la que asistirá; asimismo, presentarán la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1850266-1

Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a cubrir los gastos que se deriven de la contratación de sociedad de auditoría
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 026-2020-MINCETUR San Isidro, 31 de enero de 2020 Visto, el Informe N° 64-2020-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; precisando que en el caso de Gobierno Nacional, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego que se publica en el Diario Oficinal "El Peruano", requiriéndose previamente el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 3692019-CG se aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben transferir a la

Contralorea General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designados para realizar las labores de control posterior externo; Que, con fecha 7 de noviembre de 2019, se ha recibido el Oficio Nº 002241- 2019-CG/DC emitido por el Contralor General de la República a través del cual solicita que el MINCETUR realice la transferencia financiera con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría, indicando que el importe a transferir en el año 2019 correspondería al 50 % de la retribución económica (incluido el IGV) del periodo auditado 2019 y la diferencia del 50% cuya transferencia se debe efectuar a más tardar en el mes de enero del año 2020; Que, adicionalmente, a través del Anexo del mencionado Oficio se señala que el importe a transferir por la auditoría del período 2019 asciende a la suma S/ 150 158,81 (Ciento Cincuenta Mil Ciento Cincuenta y Ocho y 81/100 Soles); Que, a través de la Resolución Ministerial N° 424-2019-MINCETUR, de fecha 26 de noviembre de 2019, se aprobó la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por la suma de S/ 82 009,81 Soles, destinada a cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría, por el periodo a auditar 2019, estando pendiente realizar la transferencia financiera por la diferencia de S/ 68 149,00 Soles, a favor de la Contraloría General de la República; Que, la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo mediante el Informe Nº 64-2020-MINCETUR/SG/ OGPPD emite opinión favorable, señalando que se cuenta con disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 68 149,00 (Sesenta y Ocho Mil Ciento Cuarenta y Nueve y 00/100 Soles) para efectuar la transferencia financiera solicitada; Que, asimismo, según el citado artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, debiéndose publicar la citada resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, en consecuencia, es necesario aprobar con eficacia anticipada la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República destinada a cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría, por el período a auditar 2019; Que, de conformidad con la Ley Nº 27790 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº005-2015-MINCETUR; la Ley N° 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por la suma de S/ 68 149,00 (Sesenta y Ocho Mil Ciento Cuarenta y Nueve y 00/100 Soles) destinada a cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría, por el período a auditar 2019. Artículo 2.- Los recursos de la transferencia financiera aprobada por el articulo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina General de Administración, a la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo y a Plan COPESCO Nacional para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1851495-1