Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2020 (01/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Sábado 1 de febrero de 2020 /

El Peruano

O DE ACCESO A SERVICIOS DEL SECTOR EDUCACIÓN PARA LA PMI 2021-2023", identificadas por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación, en el marco de lo dispuesto por el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, que como Anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que se notifique a la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación sobre la aprobación dispuesta en el artículo 1 de la presente Resolución, para que gestione y efectúe la publicación del diagnóstico de las brechas de infraestructura o de acceso a servicios en el portal institucional del Ministerio de Educación, y los demás fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1851441-1

Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General para financiar gastos derivados de la contratación de sociedad de auditoría
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 050-2020-MINEDU Lima, 31 de enero de 2020 VISTOS, el Expediente N° MPT2019-EXT-0226865, el Memorándum N° 00027-2020-MINEDU/SG-OGA de la Oficina General de Administración, el Informe N° 00004-2020-MINEDU/SG-OGA-OCCP de la Oficina de Contabilidad y Control Previo, el Memorándum N° 00071-2020-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 00074-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante Resolución Ministerial Nº 640-2019-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 10 251 570 206,00 (DIEZ MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS SEIS Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoria, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, señala que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo

regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, refiriéndose en todos los casos, el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, precisando que la resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican en el diario oficial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 3692019-CG, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas, y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoria, por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, las empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), universidades, proyectos/programas, empresas prestadoras de servicio de saneamiento y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control y posterior externo; Que, mediante Oficio N° 002265-2019-CG/DC, la Contraloría General de la República solicita al Ministerio de Educación realizar una transferencia financiera a su favor, hasta por la suma de S/ 451 710,00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES), que corresponde al 50% de la retribución económica que incluye el IGV, para el financiamiento de la contratación de la empresa de Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Educación, por el periodo auditado 2019 y el importe total según tarifario, del derecho de designación o supervisión a las sociedades de auditoría; asimismo, requiere se remita la previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2020, por el otro 50% de la retribución económica (incluyendo el Impuesto General a las Ventas - IGV) del período auditado 2019, cuya transferencia financiera debe efectuarse a más tardar el mes de enero de 2020; Que, mediante Resolución Ministerial N° 581-2019-MINEDU, se autorizó la primera transferencia financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 024: Ministerio de Educación ­ Sede Central, hasta por la suma de S/ 451 710,00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor de la Contraloría General de la República, para financiar la primera transferencia que equivale al 50% de la retribución económica, que incluye el Impuesto General a las Ventas ­ IGV, por el periodo auditado 2019, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Ministerio de Educación; Que, mediante Memorándum N° 00027-2020-MINEDU/ SG-OGA, la Oficina General de Administración solicita a la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica que emita el informe correspondiente y gestione la emisión de una Resolución Ministerial que autorice la segunda transferencia financiera, hasta por la suma de S/ 451 710,00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES) a favor de la Contraloría General de la República, correspondiente al saldo del 50% de la retribución económica, por el periodo auditado 2019, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Que, a través del Informe N° 00074-2020-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica emite opinión favorable sobre la segunda transferencia financiera a efectuarse a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de lo establecido en el artículo