Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2020 (01/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Sábado 1 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES

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Quinto. Que, en ese sentido, el Responsable de la Oficina de la Asociación Mutualista Judicial mediante Oficio Nº 335-2019-AMJ-CS/PJ remite el Informe Nº 068-2019-AMJ-CS-PJ, con los cuadros y notas que contienen el Estado de Situación Financiera de la Asociación Mutualista Judicial correspondiente al año 2017. Asimismo, entre otras recomendaciones, solicita que se autorice a la Gerencia General del Poder Judicial, responsable del manejo de la Cuenta Corriente del Auxilio Mutual de los miembros del Poder Judicial, a efecto que parte de los fondos de ésta se depositen en una cuenta a plazo fijo en moneda nacional en el Banco de la Nación, para generar ingresos por concepto de intereses. Sexto. Que, al respecto, el Jefe del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial mediante Oficio Nº 314-2019-GA-P-PJ remite el Informe Nº 083-2019-GA-P-PJ, concluyendo que dado que hasta la fecha la Comisión Provisional Colegiada no ha concluido con las labores encargadas, el Poder Judicial continúa ejerciendo la administración de la Asociación Mutualista Judicial, y por tanto, ostenta la potestad de autorizar la disposición de los fondos contenidos en la cuenta de la Asociación Mutualista Judicial, en tanto se culmine con la implementación de las medidas dispuestas en la sentencia recaída en el Expediente Nº 14375-2013-0-1801-JRCI-03 por el Cuarto Juzgado Constitucional de Lima. Asimismo, recomienda que la Gerencia General del Poder Judicial debe determinar, conforme a la información financiera proporcionada por la Asociación Mutualista Judicial, el monto que será depositado en la cuenta de ahorros a plazo fijo, siendo que el saldo disponible en la cuenta corriente de la citada Asociación debe prever el monto necesario para cubrir plena y oportunamente las obligaciones de la asociación. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 14732019 de la cuadragésima sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More y Castillo Venegas, sin la intervención del señor Consejero Álvarez Trujillo y la señora Consejera Pareja Centeno por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial, responsable del manejo de la Cuenta Corriente Nº 0-000-022446 "Auxilio Mutual de los miembros del Poder Judicial", a efecto que parte de los fondos de ésta se depositen en una cuenta de plazo fijo en moneda nacional en el Banco de la Nación, hasta por el importe de S/ 20'000,000.00, para generar ingresos por concepto de intereses. Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial el desarrollo del aplicativo de un software contable para el registro de operaciones de ingresos y egresos de los fondos de la Mutual Judicial y la creación de una Base de Datos de todos los asociados; así como el desarrollo de un software para la digitalización de sus legajos. Artículo Tercero.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial la creación de un link denominado "Mutualista Judicial" en la página web del Poder Judicial, a fin de tener una comunicación más fluida con los señores asociados. Artículo Cuarto.- Designar al señor Consejero Javier Arévalo Vela, para que con el apoyo de la Gerencia General del Poder Judicial; así como la Asociación Mutualista Judicial, presente propuesta de modificación del Decreto Ley Nº 19286, que adecuó las funciones de la "Asociación Mutualista Judicial" creada por Ley Nº 8385. Articulo Quinto.- Transcribir la presente resolución al Juez del Cuarto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, Asociación Nacional de Magistrados, Asociación Mutualista Judicial, señor Consejero mencionado; y a la Gerencia

General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1851510-4

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Precisan funcionamiento de diversos Órganos Jurisdiccionales de Emergencia en el periodo vacacional 2020 de la Corte Superior de Justicia de Lima y dictan diversas disposiciones
PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000051-2020-P-CSJLI-PJ Lima, 31 de enero de 2020 VISTA: La Resolución de fecha 27 de enero del presente año emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, las Resoluciones Administrativas N° 019, 032-2020-P-CSJLI/ PJ, el ingreso número 5202-2020 presentado por la doctora María Jesús Del Rosario Saldaña Grosso y el ingreso número 5915-2020 presentado por el doctor Juan Ricardo Macedo Cuenca; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de fecha 27 de enero del presente año el señor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial da por concluida a partir del 31 de enero del presente año la designación de la doctora María Jesús del Rosario Saldaña Grosso, Jueza Titular de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima, como Magistrada de Primera Instancia de la Unidad de Investigación y Anticorrupción de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial. Que, mediante el ingreso que antecede, la doctora María Jesús del Rosario Saldaña Grosso, informa a la Presidencia su retorno a la labor jurisdiccional como Jueza Especializada de Familia de Lima, toda vez que la Jefatura de la OCMA le ha comunicado que hasta el 31 de enero del presente año se desempeñará en el cargo de Jueza Contralora conforme al documento que antecede; estando a ello, corresponde disponer su retorno a la labor jurisdiccional efectiva a partir del día 01 de febrero del presente año. Que, el doctor Juan Ricardo Macedo Cuenca, Juez Titular del 4° Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima, solicita se disponga su permanencia hasta el día 03 de febrero del presente año por necesidad del servicio y por los motivos expuestos en su solicitud. Que, estando a lo expuesto, resulta necesario a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales, disponer el retorno a la labor jurisdiccional efectiva de la Magistrada María Jesús del Rosario Saldaña Grosso, y la permanencia solicitada por el Magistrado Juan Ricardo Macedo Cuenca situación que originará la variación de la actual conformación de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados