Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2020 (01/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

Sábado 1 de febrero de 2020 /

El Peruano

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO VISTOS: El Memorándum Nº 10-2020-GSEGC-MSS de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Informe Nº 0014-2020-SGFCA-GSEGC-MSS de la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, el Informe Nº 034-2020-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 043-2020-GM-MSS de la Gerencia Municipal, sobre prórroga de la Ordenanza Nº 606-MSS "Ordenanza que Aprueba la Campaña de Pago de Multas Administrativas en Estado Coactivo con Descuento Escalonado y Condonación de Costas Procesales"; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el segundo párrafo del Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 señala que: "Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal"; Que, mediante Ordenanza Nº 606-MSS, publicada el 03.11.2019, se otorgan beneficios como descuentos escalonados en el monto a pagar de las multas administrativas pendientes de pago que se encuentran en ejecución coactiva, así como la eliminación de costas procesales, en función a la oportunidad de pago y monto total cancelado, beneficios vigentes hasta el 01.02.2020; Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 606-MSS, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la difusión y mejor aplicación de lo dispuesto en la citada Ordenanza; así como para que pueda prorrogar su vigencia; Que, mediante Memorándum Nº 10-2020-GSEGCMSS del 10.01.2020, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, adjuntando el Informe Nº 0014-2020-SGFCAGSEGC-MSS del 06.01.2020 y el Memorando Nº 004-2020-ATFV-SGFCA-GSEGC-MSS del 06.01.2020 de la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, propone prorrogar la citada Ordenanza por noventa (90) días calendarios adicionales, a partir del 02.02.2020, con la finalidad de poder cumplir con el objetivo de la norma y permitir que un mayor número de contribuyentes regularicen sus obligaciones motivados por dicho incentivo; Que, mediante Informe Nº 034-2020-GAJ-MSS del 10.01.2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye

que legalmente es viable que se emita el Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 6062019-MSS que aprueba la Campaña de Pago de Multas Administrativas en Estado Coactivo con Descuento Escalonado y Condonación de Costas Procesales; Que, agrega la Gerencia de Asesoría Jurídica, que no es necesaria la pre publicación del Decreto de Alcaldía, dado que el numeral 3) acápite 3.2) del Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 01-2009-JUS, señala que no es necesaria la publicación de los proyectos de normas de carácter general cuando la entidad por razones debidamente fundamentadas, en el proyecto de norma, considere que la pre publicación de la norma es impracticable, innecesaria o contraría a la seguridad o al interés público, para lo cual se deberá tener en consideración que la norma no constituye la creación de nuevos tributos y obligaciones para los administrados, ni establece recorte alguno en los derechos o beneficios existentes y vigentes a la actualidad, sino que por el contrario constituye un beneficio favor de los vecinos surcanos; Que, con Memorándum Nº 043-2020-GM-MSS del 14.01.2019, la Gerencia Municipal solicita se tramite la suscripción del Decreto de Alcaldía, para la prórroga de la Ordenanza Nº 606-MSS, el mismo que cuenta con las opiniones favorables de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gerencia de Asesoría Jurídica; Estando al Informe Nº 034-2020-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y de conformidad con el numeral 6) del Artículo 20º y 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 606-MSS que aprueba la Campaña de Pago de Multas Administrativas en Estado Coactivo con Descuento Escalonado y Condonación de Costas Procesales, por noventa (90) días calendarios adicionales. Artículo Segundo.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del 02.02.2020. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme prescribe el Artículo 13º de la Directiva Nº 001-2017-PCM/SGP, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 035-2017-PCM. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, a la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JEAN PIERRE COMBE PORTOCARRERO Alcalde 1850949-1

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