Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2020 (01/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Sábado 1 de febrero de 2020 /

El Peruano

Tercero.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución y de sus anexos en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob. pe), el mismo día de su publicación en el diario oficial "El Peruano". Regístrese y publíquese. CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1851531-1

Sobre la modificación del Anexo N° de la Resolución del Consejo Directivo 025-2016-SUNEDU/CD

01 N°

Modifican el Anexo N° 1 de la Res. N° 025-2016-SUNEDU/CD, que otorgó Licencia Institucional a la Pontificia Universidad Católica del Perú, para ofrecer el servicio educativo superior universitario
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 017-2020-SUNEDU/CD Lima, 31 de enero de 2020 VISTOS:

Mediante escrito del 24 de octubre de 2019, la Universidad remitió las Resoluciones de Consejo Universitario N° 793/95 del 5 de julio de 1995 y N° 1012/97 del 3 de diciembre de 1997, así como también el Acuerdo del Consejo Universitario de la sesión ordinaria del 29 de octubre del 2008, que establecían las denominaciones de los programas incluidos en su Carta N° 1801/2019-S. De la revisión de la documentación, se verifica que la Universidad contaba con dichos programas antes del inicio de su procedimiento de licenciamiento institucional, conforme se detalla a continuación; y, dado que los mismos aun contaban con alumnos, debieron ser declarados para efectos de grados y títulos, no obstante, la Universidad no los declaró en su SLI, por ende, no fueron incluidos en la Resolución del Consejo Directivo N° 025-2016-SUNEDU/ CD del 6 de julio de 2016:
AÑO DE CREACIÓN 1985 1997 1997 1997 DENOMINACIÓN PRIMIGENIA DE LOS PROGRAMAS MAESTRÍA EN EDUCACIÓN CON MENCIÓN EN ENSEÑANZA DE LA QUÍMICA MAESTRÍA EN CIENCIA POLÍTICA MAESTRÍA EN CIENCIA POLÍTICA CON MENCIÓN EN GESTIÓN PÚBLICA MAESTRÍA EN CIENCIA POLÍTICA CON MENCIÓN EN POLÍTICA COMPARADA

Los escritos del 24 de octubre y 9 de diciembre de 2019 presentados por la Pontificia Universidad Católica del Perú (en adelante, la Universidad), con Registro de Trámite Documentario (en adelante, RTD) N° 045200-2019-SUNEDU-TD del 24 de octubre de 2019 y N° 51997 del 9 de diciembre de 2019; y, el Informe Técnico N° 011-2020-SUNEDU-02-12 del 29 de enero de 2020 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, la Dilic). CONSIDERANDO: De acuerdo con el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, la Ley Universitaria), la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) es responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, entendiéndose al licenciamiento como el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento. El numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Universitaria, establece que la Sunedu es la autoridad competente para aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades, filiales, facultades, escuelas y programas de estudio conducentes a grado académico. El numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley Universitaria, establece como función del Consejo Directivo de la Sunedu, aprobar, denegar, suspender o cancelar las licencias para el funcionamiento del servicio de educación superior universitario bajo su competencia. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 025-2016-SUNEDU/CD publicada el 6 de julio de 2016 en el Diario Oficial "El Peruano", se otorgó la licencia institucional a la Universidad para ofrecer el servicio educativo superior universitario en su sede y sus dos (2) locales ubicados en la provincia y departamento de Lima, con una vigencia de diez (10) años, donde se reconocen ciento noventa y seis (196) programas existentes y veintitrés (23) programas que conforman su nueva oferta académica. El 24 de octubre de 2019 (RTD N° 045200), mediante Carta N° 1801/2019-S, la Universidad informó que existen cuatro (4) programas de posgrado no incluidos en la resolución de licenciamiento, que cuentan con estudiantes y aún no concluyen sus estudios. Mediante Informe Técnico N° 011-2020-SUNEDU-02-12 del 29 de enero de 2020, la Dilic informó al Consejo Directivo de la pertinencia de modificación de la Resolución del Consejo Directivo N° 025-2016-SUNEDU/CD.

De lo expuesto, se verifica que se trata de programas que, si bien no formaban parte de la oferta académica de la Universidad al momento de la presentación de su SLI, al contar aún con estudiantes registrados, correspondía asegurar a éstos el ejercicio de sus derechos como tales incluida la posibilidad de gestionar sus carnés universitarios, así como sus grados y títulos; sin embargo, la Universidad omitió consignar los referidos programas. Mediante Informe N° 011-2020-SUNEDU-02-12 del 29 de enero de 2020, la Dilic informó sobre la pertinencia de aprobar la modificación del Anexo N° 1 de Resolución del Consejo Directivo N° 025-2016- SUNEDU/CD incorporando los cuatro (4) programas de postgrado para efectos de la emisión de grados y títulos a fin de garantizar el ejercicio de los derechos de los estudiantes. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13, numeral 15.1 del artículo 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU y su modificatoria aprobada mediante Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU; los artículos 26 al 31 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/ CD, modificado por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD; y, a lo acordado en la sesión del Consejo Directivo N° 003-2020. SE RESUELVE: Primero.- MODIFICAR el Anexo N° 01 de la Resolución del Consejo Directivo N° 025-2016-SUNEDU/ CD, estableciendo para efectos de la emisión de grados y títulos profesionales de los siguientes programas de postgrado: ANEXO N° 1
DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA MAESTRÍA EN EDUCACIÓN CON MENCIÓN EN LA ENSEÑANZA DE LA QUÍMICA MAESTRÍA EN CIENCIA POLÍTICA MAESTRÍA EN CIENCIA POLÍTICA CON MENCIÓN EN GESTIÓN PÚBLICA MAESTRÍA EN CIENCIA POLÍTICA CON MENCIÓN EN POLÍTICA COMPARADA

Segundo.- REMITIR a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos copia de la presente resolución para los fines correspondientes.