Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2019 (28/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Sábado 28 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo 3º.- DISPONER la entrada en vigencia de la presente Ordenanza Municipal, a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 7º.- ENCOMENDAR a la Gerencia Municipal, Gerencia Administración Tributaria y Fiscalización Administrativa y Tributaria, y Sub Gerencias, el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RUFINO ENCISO RIOS Alcalde 1811208-1

Que, mediante Informe Nº 041-2019-GAJ/MDSB la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina procedente la aprobación de la Ordenanza que aprueba el Nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de San Bartolo, toda vez que se encuentra en conformidad con la legislación vigente. Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente por unanimidad: ORDENANZA QUE APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RASA) Y EL CUADRO ÚNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLO Artículo 1º.- APROBAR el Nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) de la Municipalidad Distrital de San Bartolo que contienen: 5 Títulos, 40 Artículos, 6 Disposiciones Finales y Transitorias y 2 Anexos. Artículo 2º.- APROBAR el Nuevo Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de San Bartolo, el mismo que como Anexo I forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 3º.- APROBAR el Anexo II, que contienen los modelos de los formatos, los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- DEROGAR la Ordenanza Nº 235-2016/ MDSB, así como todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo 5º.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y al responsable de informática la publicación integra del presente documento de gestión en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Bartolo: www.munisanbartolo.gob.pe. Artículo 6º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RUFINO ENCISO RIOS Alcalde 1811207-1

Aprueban Nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 280-2019/MDSB San Bartolo, 3 de setiembre de 2019 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLO VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 03 de septiembre de 2019, el Informe Nº 008-2019-SGFA-GATFAT/MDSB, de fecha 27 de agosto de 2019, de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, el Informe Nº 010-2019-GATFAT/MDSB, de fecha 28 de agosto de 2019, de la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización Administrativa y Tributaria y el Informe Nº 041-2019-GAJ/MDSB, de fecha 31 de agosto de 2019, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, en concordancia con los artículo 46º y 49º de la Ley Orgánica de Municipalices Nº 27972, las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar, siendo que mediante ordenanza se determina el régimen de sanciones administrativas, por la infracción a sus disposiciones estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de las falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias y así mismo que las sanciones que aplica la autoridad municipal podrán ser las de multa, suspensión de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retención de productos y mobiliarios, retiro de elementos antirreglamentarios, paralización de obras, demolición, internamiento de vehículos, inmovilización de productos y otros. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 235-2016/ MDSB, publicada en el Diario Oficial El Peruano, de fecha 28 de enero de 2017, se aprobó el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de San Bartolo. Que, mediante Informe Nº 008-2019-SGFA/GATFAT/ MDSB, la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, eleva a la Gerencia Tributaria y Fiscalización Administrativa y Tributaria, Proyecto de Ordenanza de Nuevo Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de San Bartolo.

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Ordenanza que ratifica el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2019
ORDENANZA Nº 601-MSS Santiago de Surco, 13 de septiembre de 2019 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Conjunto N° 05-2018-CSCTSVCAJ-MSS, de las Comisiones de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Seguridad Vial, y de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 2649-2019-SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 541-2019-GM-MSS de la Gerencia Municipal, los Informes Nros. 495 y 636-2019-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, los Memorandos Nros. 1443 y 1565-2019-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum Nº