Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2019 (28/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Sábado 28 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Investigación Aplicada" resultó seleccionado el Proyecto de Investigación titulado: "Evaluación de materiales fotocatalíticos y sus aplicaciones en la restauración y mantenimiento del Patrimonio Cultural de la ciudad de Arequipa", seleccionado según Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 090-2019-FONDECYT-DE y en virtud del cual el Investigador Rivalino Benicio Guzman Ale suscribió el Contrato de Financiamiento Nº 21-2016-UNSA. Que, mediante el documento del visto, el investigador del citado proyecto, solicita la autorización de viaje, pasajes aéreos, seguro de viaje, viáticos e inscripción respectiva, para participar en el Congreso de la Asociación Brasilera de Metalurgia, Materiales y Minería (ABM), con la ponencia internacional "Revestimento Fotocatalítico A base de TIO2 sobre o sillar (ignimbrita)", que se desarrollará en Sao Paulo ­ Brasil, del 30 de setiembre al 05 de octubre del 2019; en ejecución del proyecto de investigación: "Evaluación de materiales fotocatalíticos y sus aplicaciones en la restauración y mantenimiento del Patrimonio Cultural de la ciudad de Arequipa", seleccionado según Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 090-2019-FONDECYT-DE de fecha 06 de setiembre del 2016; adjuntando para tal efecto los siguientes documentos: a) Copia del Contrato de Financiamiento Nº 21-2016-UNSA; b) Copia de la Carta de aceptación de la Ponencia Internacional "Revestimento Fotocatalítico A base de TIO2 sobre o sillar (ignimbrita)", emitida por Margareth Nunes, Directoria de Desenvolvimento de Competências, de Associação Brasileira de Metalurgia, Materiais e Mineração; c) Copia de la Resolución Decanal Nº 195-2019-FIP-UNSA, del 16 de setiembre del 2019, por la que se acredita el otorgamiento de la Licencia por Capacitación en Investigación al docente Rivalino Benicio Guzman Ale. Que, en efecto, en el caso materia de autos, tenemos que el viaje con fines de investigación del mencionado investigador, contribuirá a cumplir los fines que tiene la Universidad, descritos en los numerales 1) y 5) del Artículo 6º de la Ley Universitaria Ley Nº 30220, es decir: "6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la humanidad (...) y 6.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (...)". Que, en tal sentido, la Subdirección de Logística mediante Oficio Nº 2704-2019-UI-SDL, ha determinado el itinerario, montos de pasajes aéreos, seguro viajero y viáticos internacionales; asimismo, la Oficina Universitaria de Planeamiento mediante Oficio Nº 1253-2019-OUPLUNSA, informa que revisado el presupuesto institucional de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, se cuenta con disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Presupuesto del Año Fiscal 2019, para atender los pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos internacionales e inscripción solicitados. Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 Ley Universitaria, al Rectorado. SE RESUELVE: Primero.- Autorizar el viaje de RIVALINO BENICIO GUZMAN ALE, docente del Departamento Académico de Ingeniería de Materiales de la Facultad de Ingeniería de Procesos, para que en calidad de Investigador participe en el Congreso de la Asociación Brasilera de Metalurgia, Materiales y Mineria (ABM), con la ponencia internacional "Revestimento Fotocatalítico A base de TIO2 sobre o sillar (ignimbrita)", que se desarrollará en Sao Paulo ­ Brasil, del 30 de setiembre al 05 de octubre del 2019; en ejecución del Proyecto de investigación: "Evaluación de materiales fotocatalíticos y sus aplicaciones en la restauración y mantenimiento del Patrimonio Cultural de la ciudad de Arequipa", seleccionado según Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 090-2016-FONDECYT-DE. Segundo.- Autorizar a la Oficina Universitaria de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorguen a favor del mencionado investigador, la Certificación de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados Genérica de Gastos 2.3 Bienes y Servicios, según siguiente detalle:

- Pasajes aéreos: S/ 3717.79 soles Del 30 de setiembre al 06 de octubre del 2019. Arequipa-Lima-São Paulo (Brasil) -Lima-Arequipa - Seguro Viajero: S/ 155.00 soles - Viáticos: S/ 3528.44 soles - Inscripción: S/ 1500.00 soles Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, el citado Investigador presentará un Informe, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. ROHEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ Rector 1811712-1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1391-2019 Arequipa, 25 de setiembre del 2019. Visto el Oficio Nº 1001-2019-VRI presentado por el Vicerrector de Investigación de la UNSA, sobre autorización, inscripción, pasajes aéreos, seguro de viaje y los viáticos respecto del viaje con fines de investigación al extranjero correspondiente al Ing. ANDRES VITALIANO PEREZ PACHARI, Docente adscrito al Departamento Académico de Ingeniería Civil de la Facultad de Ingeniería Civil de la UNSA. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, según el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8º del Estatuto Universitario, el Estado reconoce la autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la citada Ley y demás normativa aplicable y se manifiesta en los regímenes Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico. Que, respecto a las solicitudes presentadas por los docentes de la UNSA sobre autorización de viaje, pago de pasajes, seguro de viaje, viáticos e inscripciones para participar en el extranjero en diferentes eventos y/o actividades académicos, con fines de investigación o con ponencias de trabajos de investigación, el Consejo Universitario en su Sesión de fecha 12 de junio y 07 de agosto del 2017, acordó lo siguiente: "1.Los docentes y Jefes de Práctica pueden solicitar el financiamiento de pasantías académicas en Instituciones de Educación Superior en el extranjero. 2. Para obtener la resolución correspondiente, deberán presentar su solicitud al Vicerrectorado de Investigación adjuntando lo siguiente: a) Documento que acredita las características y aceptación del evento y/o actividad académica. b) Copia del Acuerdo de Consejo de Facultad que le otorga la Licencia para asistir al evento y/o actividad. c) Carta de Compromiso Notarial, por la que declaren que en el plazo máximo de 01 año después de concluida el evento y/o actividad académica con la ponencia del trabajo de investigación, deberán publicar el trabajo de investigación en revista indexada (Reconocida por la base SCOPUS. WEBSCIENCE), en calidad de autor o coautor, pudiendo ser la publicación o la aprobación de la publicación por