Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2019 (06/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Viernes 6 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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VISTOS: La Hoja Informativa N° 131/DRIE/SECC RESOL, del 26 de julio de 2019, del Comandante General del Ejército; y, el Dictamen N° 1904-2019/OAJE/L-2, del 26 de julio de 2019, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército. CONSIDERANDO: Que, con Oficio Múltiple N° 00488-2019-MINDEF/ SG del 07 de junio de 2019, la Secretaria General del Ministerio de Defensa, comunica al Secretario General de la Comandancia General del Ejército; que, el Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Argentina, concurrente en la República Oriental del Uruguay, informa a la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, que el Centro Argentino de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz (CAECOPAZ) ofrece entre otros, tres (03) vacantes para realizar el Curso Internacional de Observador Militar y Miembro de Estado Mayor de Misiones de Paz, dirigido al personal de Oficiales de los grados de Teniente, Capitán, Mayor o Teniente Coronel, que se llevará a cabo del 09 de septiembre de 2019 al 11 de octubre de 2019; Que, los gastos de instrucción, alojamiento, racionamiento durante los días del curso y traslado interno el día de llegada y partida, serán asumidos por el Centro Argentino de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz, según lo indicado en el Oficio Múltiple N° 00488-2019-MINDEF/SG del 07 de junio de 2019; correspondiendo asumir los gastos de transporte internacional y seguro médico al Ejército del Perú; Que, con Hoja de Recomendación N° 006/W-e.a del 24 de julio de 2019, el Comandante General del Ejército, aprobó la designación del Capitán EP Javier Richard ZUÑIGA ALMONTE, para participar como Alumno del Curso Internacional de Observador Militar y Miembro de Estado Mayor de Misiones de Paz, que conducirá el Centro Argentino de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, en el periodo del 09 de septiembre de 2019 al 11 de octubre de 2019; Que, conforme a la Exposición de Motivos suscrita por el Director de Relaciones Internacionales del Ejército, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Oficial Subalterno antes mencionado, por cuanto permitirá acceder a nuevos conocimientos y experiencias que contribuirán a elevar su nivel profesional, con el fin de que posteriormente los conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho de la Institución; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del Oficial Subalterno designado, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término del mismo; sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al tesoro público; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos del Jefe de Educación del Ejército, los gastos de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta, que ocasione la participación del Oficial Subalterno en el mencionado evento no será asumido por ningún organismo internacional, por lo que se efectuarán con cargo al presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, de conformidad con el inciso a) del artículo 7 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y

su modificatoria; aprobada con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG, y su modificatoria, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa y el Decreto Supremo N° 002-2015-DE, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, al Capitán EP Javier Richard ZUÑIGA ALMONTE, identificado con DNI N° 45101332 y CIP N° 123088300, para participar como Alumno del Curso Internacional de Observador Militar y Miembro de Estado Mayor de Misiones de Paz, que conducirá el Centro Argentino de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, en el periodo comprendido del 09 de septiembre de 2019 al 11 de octubre de 2019; así como autorizar su salida del país el 08 de septiembre de 2019 y su retorno al país el 12 de octubre de 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima ­ Buenos Aires (República Argentina) ­ Lima (Clase Económica) US$ 1,300.00 x 01 personas (Incluye TUUA) US$. 1,300.00 Artículo 3.- Los gastos de instrucción, alojamiento, racionamiento durante los días del curso y traslados interno el día de llegada y partida, serán asumidos por el Centro Argentino de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz. Artículo 4.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, de la presente Resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del Oficial Subalterno autorizado. Artículo 5.- El Oficial Subalterno designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1804192-1

Autorizan viaje de personal militar FAP a Brasil, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1142-2019 DE/FAP Lima, 4 de setiembre de 2019 Visto, el Oficio NC-50-DEPE-N° 1011 del 16 de julio de 2019 del Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Defensa ha establecido los lineamientos de carácter general que sirven de marco de referencia para los objetivos institucionales de la Fuerza Aérea del Perú, los mismos que en concordancia con la Política Nacional, se encuentran inmersos en una permanente política de modernización y fortalecimiento