Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2019 (06/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Viernes 6 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Unidad de Ejecutoría Coactiva del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA. Artículo 2.- Notifíquese la presente resolución a la servidora designada en el artículo 1 de la presente resolución y a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos. Artículo 3.- Dispóngase la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional del SENASA (www.senasa.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO J. MOLINA SALCEDO Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1803723-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Aprueban "Directiva para la rendición de cuentas de las subvenciones económicas otorgadas por el MINCETUR a los CITE Privados Artesanales y Turísticos"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 306-2019-MINCETUR Lima, 3 de setiembre de 2019 Visto, el Memorándum Nº 1224-2018-MINCETUR/ VMT, el Memorándum Nº 692-2019-MINCETUR/VMT y el Memorándum Nº 975-2019-MINCETUR/VMT emitidos por el Viceministerio de Turismo; el Informe Nº 65-2019-MINCETUR/SG/OGPPD, el Informe Nº 388-2019-MINCETUR/SG/OGPPD y el Informe Nº 446-2019-MINCETUR/SG/OGPPD emitidos por la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo; el Informe Nº 054-2018-MINCETUR/VMT/DGA/DCITATCAR, el Informe Nº 29-2018-MINCETUR/VMT/DGA/ DCITAT-EGVM, el Informe Nº 50-2019-MINCETUR/VMT/ DGA/DCITAT-EGVM y el Informe Nº 66-2019-MINCETUR/ VMT/DGA/DCITAT-EGVM emitidos por la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica ­ CITE, se reguló la creación, implementación, desarrollo, funcionamiento y gestión de los CITE, norma que tiene como finalidad establecer lineamientos en materia de innovación productiva para mejorar la productividad y el desarrollo industrial en sus respectivas cadenas productivas y de valor, a través de los CITES; Que, el artículo 16 del referido Decreto Legislativo establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a través del Viceministerio de Turismo, tiene a su cargo la creación, calificación, promoción, supervisión y gestión de los CITE Privados Artesanales y Turísticos, en el ámbito de sus competencias; asimismo, en su artículo 11 establece, que son recursos de los CITE, entre otros recursos, los que le asigne el Estado, según corresponda; Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 71 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; las Leyes de Presupuesto del Sector Público para cada ejercicio fiscal, establecen el beneficio de subvención para los CITE Privados Artesanales y Turísticos, el cual es otorgado por MINCETUR mediante la suscripción del respectivo convenio, previa evaluación; Que, en este sentido, las subvenciones previstas en el Anexo "A" de las Leyes Anuales de Presupuesto, constituyen una autorización de gasto anual sujeto al Principio de Eficiencia, por lo que, su otorgamiento total o parcial dependerá de los criterios y condiciones establecidas por el pliego presupuestario autorizado, en el marco de la eficiente gestión de los recursos públicos; Que, asimismo, el numeral 71.2 del artículo 71 del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que mediante Resolución del Titular, los pliegos que otorgan dichas subvenciones deben establecer los mecanismos para la rendición de cuentas, así como para la evaluación de los resultados alcanzados y los beneficios generados; Que, la Directiva Nº 005-2019-MINCETUR/ DM "Directiva que regula los Centros de Innovación Tecnológica Artesanales y Turísticos ­ CITE Públicos y Privados a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR", aprobada por Resolución Ministerial Nº 264-2019-MINCETUR, regula la suscripción de los Convenios de Desempeño y/o Convenios

Designan temporalmente a responsable de la conducción de la Unidad Ejecutora 002 "Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos"
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 180-2019-ANA Lima, 5 de setiembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 257-2016ANA, se designó al señor Wilfredo Jazer Echevarría Suarez, como responsable de la conducción de la Unidad Ejecutora 002 "Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos" de la Autoridad Nacional del Agua; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación efectuada en dicho cargo de confianza y designar temporalmente al servidor que desempeñará dichas funciones; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación otorgada al señor Wilfredo Jazer Echevarría Suarez, como responsable de la conducción de la Unidad Ejecutora 002 "Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos", dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar temporalmente, a partir de la fecha, al señor JORGE JUAN GANOZA RONCAL, Gerente General de la Autoridad Nacional del Agua para desempeñar las funciones de responsable de la conducción de la Unidad Ejecutora 002 "Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos", en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Jefatural a los señores Wilfredo Jazer Echevarría Suarez y Jorge Juan Ganoza Roncal y remitir copia a la Unidad Ejecutora N° 002. Regístrese, comuníquese y publíquese, WALTER OBANDO LICERA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1804363-1