Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2019 (06/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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9.2 Exclusividad Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres 9.2.1

NORMAS LEGALES

Viernes 6 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Duplicado Del Certificado De Inspecciones Técnica De Seguridad En Edificaciones

S/ 20.90

SUBGERENCIA DE COMERCIALIZACION Y LICENCIAS 10.1 Procedimientos administrativos Subgerencia de Comercialización y Licencias Subgerencia de Comercialización y Licencias Subgerencia de Comercialización y Licencias Subgerencia de Comercialización y Licencias Subgerencia de Comercialización y Licencias Subgerencia de Comercialización y Licencias Subgerencia de Comercialización y Licencias Subgerencia de Comercialización y Licencias Subgerencia de Comercialización y Licencias Subgerencia de Comercialización y Licencias 10.1.1 10.1.2 10.1.3 10.1.4 10.1.5 10.1.6 10.1.7 10.1.8 10.1.9 10.1.10 Licencia de funcionamiento para edificaciones calificadas con nivel de riesgo bajo (con ITSE posterior) Licencia de funcionamiento para edificaciones calificadas con nivel de riesgo medio (con ITSE posterior) Licencia de funcionamiento para edificaciones calificadas con nivel de riesgo alto (con ITSE previa) Licencia de funcionamiento para edificaciones calificadas con nivel de riesgo muy alto (con ITSE previa) Licencia de funcionamiento corporativa para mercados de abastos, galerías comerciales y centros comerciales (con ITSE previa) Licencia de funcionamiento para cesionarios calificados con nivel de riesgo medio (con ITSE posterior) Licencia de funcionamiento para cesionarios calificados con nivel de riesgo alto (con ITSE previa) Licencia de funcionamiento para cesionarios calificados con nivel de riesgo muy alto (con ITSE previa) Transferencia de licencia de funcionamiento o cambio de denominación o nombre comercial de la persona jurídica Cese de actividades S/ 124.90 S/ 133.90 S/ 256.30 S/ 485.60 S/ 455.10 S/ 128.60 S/ 232.20 S/ 448.30 S/ 31.00 GRATUITO

Artículo 3º.- Adecuación de los procedimientos administrativos a la Ley Nº 28976, Ley de Marco de Licencias de Funcionamiento, Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM. Precísese que los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad vinculados con las autorizaciones para el funcionamiento de locales en donde se desarrollen actividades económicas, recogen única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en la Ley Nº 28976 y modificatorias, así como al Decreto Supremo Nº 002-2018PCM aprueba el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM Decreto Supremo que aprueba procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento. En cumplimiento de las formalidades previstas en la citada ley, corresponde disponer la publicación en el Portal Web Institucional y en la sede institucional de las estructuras de costos de los procedimientos administrativos de licencias de funcionamiento, así como los planos de zonificación e índice de usos (compatibilidad de uso), esto último con la finalidad de facilitar la adecuada formulación de las solicitudes de licencias de funcionamiento. Artículo 4º.- Adecuación de los procedimientos al Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM Decreto Supremo que aprueba procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento y Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM Decreto Supremo que aprueba el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones. Precísese que los procedimientos y servicios prestados en exclusividad vinculados a Licencias de Funcionamiento, Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE) y Evaluación de Condiciones de Seguridad en Espectáculos (ECSE), se encuentran adecuadas al Decreto Supremo Nº 045-2019-PCM, Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM y su Reglamento, Resolución Jefatural Nº 016-2018-CENEPRED/J. Artículo 5º.- Difusión de la presente Ordenanza y su Anexo Precisar que conforme con lo establecido en el artículo 44 del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General de la Ley del Procedimiento Administrativo General,

numeral 44.2 la presente Ordenanza se publicará en el Diario Oficial El Peruano, asimismo, conforme lo dispone el numeral 44.3 El TUPA y la disposición legal de aprobación o modificación se publica obligatoriamente en el portal del diario oficial El Peruano. Adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el Respectivo portal institucional de la entidad (www.munichorrillos.gob.pe). Artículo 6º.- Precisar que la presente Ordenanza así como su anexo será publicado en el Portal Institucional del Servicio de Administración Tributaria ­ SAT (www. sat.gob.pe), conforme lo establece el artículo 19 de la Ordenanza Nº 2085. Artículo 7º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifique y de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en los portales electrónicos mencionados. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. AUGUSTO SERGIO MIYASHIRO USHIKUBO Alcalde 1803617-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Aprueban Reglamento que regula los mecanismos y procedimientos que permitan una eficiente gestión de los bienes de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 064-2019-MDMM Magdalena del Mar, 20 de agosto de 2019