Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2019 (06/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Viernes 6 de setiembre de 2019 Mayor FAP NSA: O-9684798 Mayor FAP NSA: O-9679198 Mayor FAP NSA: O-9680898 Mayor FAP NSA: O-9678998 Mayor FAP NSA: O-9678598 Mayor FAP NSA: O-9697099 Mayor FAP NSA: O-9663399 Mayor FAP NSA: O-9692799 Mayor FAP NSA: O-9687599 Mayor FAP NSA: O-9688499 Mayor FAP NSA: O-9690799 Mayor FAP NSA: O-9706300

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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CHELY ESTHER PUCLLAS PALACIOS DNI: 43326601 CÉSAR EMERSON PISCONTE REATEGUI DNI: 43362530 ALBERTO MANUEL RIVERA ZUÑIGA DNI: 10548764 RAÚL ENRIQUE PÉREZ BARRANTES DNI: 40280178 CARLO FERNANDO CARRION PALACIOS DNI: 40014703 JOSÉ CHRISTIAN CALDERON UCEDA DNI: 43322428 LUÍS RENE DELGADO MALAGA DNI: 40591028 VICTOR RICARDO TALAVERA DEL CARPIO DNI: 43310654 JAVIER ALEJANDRO CHIRINOS VEREAU DNI: 43669962 LUÍS GABRIEL MONTENEGRO CONTRERAS DNI: 43438149 JORGE LUÍS BORRERO GUTIERREZ DNI: 43631794 ARMANDO MARTINEZ DEL RIO DNI: 41101231

Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de acuerdo al concepto siguiente: Pasajes aéreos: Lima- Río de Janeiro-Sao Paulo (Brasil)-Lima: US $ 1,500.00 X 30 personas (Incluye TUUA) = US $ 45,000.00 Viáticos US $ 370.00 X 05 días X 30 personas X 20% Total a Pagar = US $ 11,100.00 ----------------------= US $ 56,100.00

Artículo 3.- Los gastos de alojamiento y alimentación, estarán cubiertos en su totalidad, no irrogando gastos al Tesoro Público, a excepción de los pasajes aéreos internacionales y el 20% de los viáticos para cubrir el gasto de traslado local o movilidad interna; Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 6.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1804193-1

Que, mediante Circular Nº 3949 de fecha 25 de marzo del 2019, el Secretario General de la Organización Marítima Internacional (OMI) ha cursado invitación a todos los Estados Miembros de la referida organización, para que participen en la 26ª Reunión del grupo mixto de trabajo OACI/OMI sobre la armonización de los servicios de búsqueda y salvamento marítimos y aeronáuticos, a realizarse en la Ciudad de Viña del Mar, República de Chile, del 9 al 13 de setiembre del 2019, la misma que ha sido considerada, entre otras reuniones, en el Programa de Reuniones para el Año 2019 (PROG/127/Rev.1) de fecha 20 de enero del 2019; Que, con Oficio Nº 2081/43 de fecha 1 de agosto del 2019, el Director General de Capitanías y Guardacostas propone al Contralmirante SGC. Werner Carlos Enrique MEIER VON SCHIERENBECK Martínez, Comandante de Operaciones Guardacostas, para que asista a la mencionada reunión en representación de la Autoridad Marítima Nacional; lo que permitirá participar con voz y voto como Estado Miembro en las decisiones tomadas por el citado grupo de trabajo, con el objetivo de prestar ayuda a los órganos pertinentes de la Organización de Aviación Civil (OACI) y de la Organización Marítima Internacional (OMI), en la elaboración de disposiciones relativas a los nuevos procedimientos y técnicas de búsqueda y salvamento para asuntos tanto marítimos como aeronáuticos, con la finalidad de disminuir las pérdidas de vidas humanas, implementar la seguridad de la navegación y seguridad marítima; Que, de acuerdo con el Documento Nº 178-2019 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los Incisos a) y b) del Artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante SGC. Werner Carlos Enrique MEIER VON SCHIERENBECK Martínez, CIP. 02833645, DNI. 07831203, para que participe en la 26ª Reunión del grupo mixto de trabajo OACI/OMI sobre la armonización de los servicios de búsqueda y salvamento marítimos y aeronáuticos, a realizarse en la Ciudad de Viña del Mar, República de Chile, del 9 al 13 de setiembre del 2019; así como, autorizar su salida del país el 8 y su retorno el 14 de setiembre del 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Autorizan viaje de oficial MGP a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1143-2019 DE/MGP Lima, 4 de setiembre de 2019 Visto, el Oficio Nº 4217/51 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 20 de agosto del 2019;