Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2019 (06/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Viernes 6 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo Segundo.- La vigencia del presente acuerdo ratificatorio se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación, incluyendo el texto de la Ordenanza Nº 365-2019-MDCH, en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la ordenanza y su Anexo que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite se publicarán en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, así como se difundirá en la Plataforma Digital Única para Orientación del Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 38.2 y 38.3 del artículo 38 de la Ley Nº 27444 y modificatorias, de corresponder. Cabe indicar que, es responsabilidad de la municipalidad distrital adecuarse a los cambios normativos que se den (numerales 44.2 y 44.3 del artículo 44 del TUO de la Ley Nº 27444). La aplicación de la ordenanza materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Chorrillos así como la aplicación estricta de las disposiciones contenidas en la ordenanza ratificada y en la normativa vigente, teniendo presente que en dicha responsabilidad se encuentra adoptar las medidas necesarias a efectos que respecto de los procedimientos administrativos que cuenten con pronunciamiento favorable, el derecho de trámite total del procedimiento no exceda en valor una (1) unidad impositiva tributaria, y en caso que excediera, previo a su cobro se solicite la autorización prevista en el numeral 45.1 del artículo 45 de la Ley Nº 27444 y modificatorias, cuya fiscalización se encuentra a cargo de entidades competentes para ello (artículo 54 del TUO de la Ley Nº 27444). Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presente dispositivo en el Portal Institucional (www. munlima.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1803618-1

Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, y designan alterno
PROGRAMA DE GOBIERNO REGIONAL DE LIMA METROPOLITANA RESOLUCIÓN DE GERENCIA REGIONAL N° 156 -2019-MML/PGRLM-GR Lima, 15 de agosto de 2019 VISTO: El Memorando N° 502-2019-MML/PGRLM-SRPP de fecha 13 de agosto de 2019, con el que la Subgerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, solicita la emisión del acto resolutivo que designe al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del PGRLM. CONSIDERANDO: Que, el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana-PGRLM, fue constituido mediante Edicto N° 254 de 25 de abril de 2003, como órgano desconcentrado de la Municipalidad Metropolitana de Lima-MML, con la finalidad de coordinar, crear y gestionar las condiciones necesarias para el eficiente proceso de transferencia y recepción de funciones sectoriales del Gobierno Nacional

hacia la MML, constituyendo en una unidad Ejecutora del Pliego Presupuestario N° 465; Que, el Art. 2, inciso 5, Capítulo I de la Constitución Política del Perú, establece que toda persona tiene derecho: "A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por seguridad nacional"; Que, el TUO de la Ley N° 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, establece que la presente Ley tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la información, del mismo modo, el último párrafo del Art. 5 del mismo cuerpo legal, precisa que: "La entidad pública deberá identificar al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet"; Que, el Art. 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado con Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, establece en el segundo párrafo que: "La designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas"; Que, mediante los literales b) y c) del Art. 3 del Decreto Supremo N° 070-2013-PCM, se modificó el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, estableciendo como una de las obligaciones de la máxima autoridad de la entidad "designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia"; Que, los numerales 5.1 y 5.2 de las Disposiciones Generales del Manual de Normas y Procedimientos NP N° 002-MML/PGRLM-GR V2 "Actualización del Portal de Transparencia del PGRLM de la MML", aprobado por Resolución de Gerencia Regional N° 077-2011MML/PGRLM de 01 de agosto de 2011, establece que cada unidad orgánica del PGRLM, debe designar a sus coordinadores quienes se responsabilizan de remitir a la Subgerencia Regional de Planeamiento y PresupuestoSRPP la información respectiva, para su entrega al Jefe del Área de Planeamiento, Estadística e Informática de la Subgerencia Regional de Planeamiento y PresupuestoSRPP, como Coordinador General responsable de verificar y remitir a las instancias pertinentes de la MML, quien también será responsable de elaborar el informe mensual sobre su cumplimiento; Que, por Resolución Ministerial N° 252-2013-PCM se modifican los Arts. 10 y 13 de la Directiva N° 0012010-PCM/SGP "Lineamientos para la Implementación del Portal de Transparencia Estándar en las Entidades de la Administración Pública"; que entre otros, establece que: "todo contenido de información debe ser permanentemente actualizada y que debe ser remitida a la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática ONGEI de la Presidencia de Consejo de Ministros"; Que, por Memorando Circular N° 064-2019- MML/ PGRLM-SRPP de 26 de Junio del 2019, la Subgerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto solicitó a las unidades orgánicas del PGRLM, la designación de los coordinadores responsables de sus áreas, quienes se responsabilizan de remitir a la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto-SRPP la información respectiva, según los plazos establecidos para ser publicados en el Portal de Transparencia del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana-PGRLM; Que, mediante Resolución de Gerencia Regional N° 035-2017-MML/PGRLM-GR de fecha 23 de febrero de 2017, se designó al Sr. JUAN JORGE NAVARRETE MONGE, como el funcionario responsable de proporcionar información institucional del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana al Portal de Transparencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima;