Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2019 (06/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Viernes 6 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria No. 15 de la fecha, y; VISTOS: El Informe Nº 465-2019-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 126-2019-GDUO-MDMM de la Gerencia Desarrollo Urbano y Obras; el Informe Nº 133-2019-GPP-MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 102-2019-GAF-MDMM y el Memorando Nº 645-2019-GAF-MDMM de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 498-2019-GAJMDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 1208-2019-GM-MDMM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para la administración de sus bienes y rentas; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de la Municipalidades dispone que las Ordenanzas son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de la cual se regulan las materias de su competencia; Que, los artículos 55º, 56º y 59º de la referida Ley señalan que los bienes y derechos de su propiedad que administra se ejerce con autonomía, así mismo pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotación, arrendados o modificados su estado de posesión o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por acuerdo de Concejo Municipal; Que, los actos que realizan los gobiernos locales, respecto de los bienes de su propiedad, así como lo de dominio público que se encuentran bajo su administración, se ejecutan conforme a la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2019-VIVIENDA, y el Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007­2008­VIVIENDA, en lo que fuera aplicable, estando obligados a remitir a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) información de los referidos bienes para su registro en el Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales (SINABIP); Que, en consecuencia, resulta necesario dictar una Ordenanza que regule los mecanismos y procedimientos que permitan una eficiente gestión de los bienes de la Municipalidad Distrital de Magdalena de Mar; Que, la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar tiene la autonomía económica, presupuestal, financiera, técnica y funcional necesaria para la ejecución de los actos de disposición y administración de los bienes de su propiedad estatal cuya administración está a su cargo; y Estando a lo expuesto y en uso de las facultades establecidas por los artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley 27972, el Concejo Municipal por Unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA LOS MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS QUE PERMITAN UNA EFICIENTE GESTIÓN DE LOS BIENES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento que regula los Mecanismos y Procedimientos que permitan una eficiente Gestión de los Bienes de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, el cual consta de cuatro (04) artículos del Título Preliminar, tres (03) Títulos, cinco

(05) Capítulos, setenta y cuatro (74) artículos y cinco (05) Disposiciones Complementarias Finales, cuyo texto forma parte integrante del presente dispositivo. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde a que por Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias para el debido cumplimiento de la presente norma. Artículo Tercero.- DEROGAR toda disposición que contravenga la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ESTABLECER la vigencia de la presente ordenanza al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico la publicación del integro de este documento de gestión en el Portal de la Municipalidad de Magdalena del Mar (www. munimagdalena.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOMAGNO CHACÓN GÓMEZ Alcalde 1804256-1

Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 066-2019-MDMM Magdalena del Mar, 27 de agosto de 2019 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 16 de la fecha; y, VISTOS: El Oficio Nº 785-2019-SERVIR/PE de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, el Informe Nº 168-2019-GPP-MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 138-2019-GAF-MDMM de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 697-2019-SGGRH-GAF-MDMM de la Sub Gerencia de Gestión de Recursos Humanos, el Informe Nº 567-2019-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 1460-2019-GM-MDMM de la Gerencia Municipal, respecto a la propuesta de "Ordenanza que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-PROVISIONAL) de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar"; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 523-MDMM y modificatorias, en su artículo primero, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la estructura orgánica de la MDMM, y, en su artículo segundo, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y el Clasificador de Cargos de la MDMM; Que, mediante Ordenanza Nº 056-2019-MDMM, se dejó sin efecto el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 523-MDMM, en el extremo que aprueba el Clasificador de Cargos de la MDMM, aprobándose el Manual de Clasificador de Cargos de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar; Que, en el marco del proceso de modernización del Estado, en materia de gestión de recursos humanos se aprobó la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, cuya Cuarta Disposición Complementaria Final crea el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) como instrumento de gestión, reemplazando al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y al Presupuesto Analítico de Personal (PAP). Ello,