Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2019 (06/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Viernes 6 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Nacional y de los Gobiernos Regionales se cree un mecanismo para la igualdad de género orientado a promover la incorporación del enfoque de género en las políticas, planes, programas y proyectos, garantizando la eficacia de las intervenciones públicas y contribuyendo al cierre de las brechas entre mujeres y hombres; Que, con el Informe Técnico N° 005-2018-GRAGRDS-EPS, la Especialista en Promoción Social de la Gerencia Regional de Desarrollo Social señala que el Proyecto de Ordenanza Regional se encuentra enmarcada en el ordenamiento internacional y nacional; asimismo, el Gerente Regional de Desarrollo Social con el Memorándum N° 261-2018-GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH-GRDS, de fecha 12 de Julio del 2018, en su in fine párrafo prescribe: Dicha Ordenanza Regional NO requiere de presupuesto para su implementación; asimismo, con el Informe N° 00026-2018-GRA/GRPPAT/ SGDITI-026 de fecha 20 de Julio del 2018 el Sub Gerente de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información, emite Opinión favorable para la Aprobación de los Lineamientos Técnicos para Trasversalizar el Enfoque de Género en las Políticas y Gestión Institucional y Conformación de la Comisión para la Igualdad de Género en el Gobierno Regional de Áncash y con el Memorándum N° 1212-2018-GRA/GRPPAT/SGDITI-148 del 24 de Julio del 2018, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, señala que el proyecto de Ordenanza Regional NO Requiere de Presupuesto; Que, con el Informe N° 00070-2018-GRA/GRAJ, de fecha 03 de Julio del 2018, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica de esta Entidad, emite opinión favorable respecto a la aprobación de la propuesta de Ordenanza Regional que dispone Institucionalizar y Aprobar los Lineamientos Técnicos para Transversalizar el Enfoque de Género en las Políticas y Gestión Regional y Crear una Comisión para la Igualdad de Género en el Gobierno Regional de Ancash; por otra parte, la Comisión Ordinaria de Educación y Cultura del Consejo Regional de Ancash por acuerdo unánime de sus miembros emiten el Dictamen N° 001-2018-GRA-CR/C.EyC; Que, el Artículo 38º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; por lo que, en uso de las atribuciones conferidas en la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias, el Reglamento Interno del Consejo Regional y el sustento factico y jurídico por parte del Presidente de la Comisión de Educación y Cultura; con el voto UNÁNIME de sus integrantes; con dispensa de trámite de lectura y aprobación de Acta; han aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DISPONE INSTITUCIONALIZAR, APROBAR LINEAMIENTOS TÉCNICOS PARA TRANSVERSALIZAR EL ENFOQUE DE GÉNERO EN LAS POLÍTICAS Y GESTIÓN REGIONAL Y CREAR UNA COMISIÓN PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO EN EL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Artículo Primero.INSTITUCIONALIZAR, la Transversalizaciòn del Enfoque de Género en todas las Áreas, Órganos Desconcentrados y Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional de Ancash, como Estrategia para garantizar a mujeres y hombres el ejercicio pleno de sus derechos a la igualdad de oportunidades. Artículo Segundo.- APROBAR, LOS "LINEAMIENTOS TECNICOS PARA TRANSVERSALIZAR EL ENFOQUE DE GÉNERO EN LAS POLITICAS Y GESTION DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH", los mismos que en ANEXO 1 se adjuntan y forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- CREASE, la Comisión para la Igualdad de Género del Gobierno Regional de Ancash, como un mecanismo de coordinación, articulación y sostenibilidad para la incorporación del enfoque de género en sus políticas, planes, programas y proyectos, garantizando la eficacia de las intervenciones públicas

a favor de la igualdad de género y el cierre de las brechas entre mujeres y hombres; la misma que estará CONFORMADA, por: 1. Gerencia Regional de Desarrollo Social, quién la PRESIDE. 2. Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, quien ejerce la SECRETARÍA TÉCNICA. 3. Gerencia General Regional. 4. Gerencia Regional de Administración. 5. Gerencia Regional de Asesoría Jurídica. 6. Gerencia Regional de Infraestructura. 7. Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. 8. Gerencia Regional de Desarrollo Económico. 9. Gerencia Conchucos Bajo. 10. Gerencia Conchucos Alto. 11. Gerencia Pacífico. 12. Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información. 13. Sub Gerencia de Promoción de Inversiones. 14. Dirección Regional de Producción. 15. Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo. 16. Dirección Regional de Energía y Minas. 17. Dirección Regional de Salud. 18. Dirección Regional de Educación. 19. Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento. 20. Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo. 21. Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones. 22. Sub Gerencia de Recursos Humanos. 23. Oficina Regional de Defensa Nacional, Civil y Seguridad Ciudadana. 24. Oficina de Comunicación Corporativa. 25. Un Representante Mujer del Consejo Regional de Ancash. 26. Un Representante Mujer de los Discapacitados de la Región Ancash. Articulo Cuarto.- La Comisión para la igualdad de género del Gobierno Regional Ancash, deberá instalarse en un plazo no mayor de quince días (15) hábiles contados a partir de la publicación de la presente Ordenanza Regional, siendo su naturaleza de carácter permanente. Artículo Quinto.- La Comisión para la Igualdad de Género del Gobierno Regional Ancash, tendrá las siguientes FUNCIONES: 1. Elaborar un Plan de Actividades Anual para la reducción de las brechas de género priorizadas por la entidad y coordinar con las distintas áreas para su inclusión en los Instrumentos de Planificación. 2. Proponer estrategias para identificar buenas prácticas institucionales y para generar una cultura organizacional con igualdad de género. 3. Monitorear la implementación de las políticas nacionales en materia de igualdad de género y la alineación de los instrumentos de gestión a los objetivos, metas e indicadores de dichas políticas. 4. Emitir informes de los avances y resultados de las políticas, planes, programas y proyectos para la igualdad de género de competencia de la entidad. 5. Otras que se consideren necesarias para el cumplimiento de sus objetivos. Artículo Sexto.- DISPONER, que en un plazo no mayor de Treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de su instalación, la Comisión para la Igualdad de Género del Gobierno Regional de Ancash elabore su respectivo Reglamento Interno así como su Plan de Actividades Anual, que deben ser aprobados por el Titular de la Entidad; Artículo Séptimo.- La Comisión para la Igualdad de Género del Gobierno Regional de Ancash, debe informar dentro de los 5 primeros días del mes de Noviembre de cada año, al Titular de la Entidad sobre los avances en la implementación del Plan de Actividades Anual orientados