Norma Legal Oficial del día 06 de septiembre del año 2019 (06/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Viernes 6 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Especiales de Uso de Saldos entre el MINCETUR y los CITE Privados Artesanales y Turísticos; Que, en el marco de lo dispuesto numeral 71.2 del artículo 71 del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público así como la Directiva precitada, mediante los documentos del Visto se sustenta la necesidad de aprobar el proyecto de Directiva para la rendición de cuentas de las subvenciones económicas otorgadas por el MINCETUR a los CITE Privados Artesanales y Turísticos, con la finalidad de estandarizar el proceso de rendición de cuentas mensuales que los CITE Privados Artesanales y Turísticos realizan en virtud a la celebración de los referidos convenios; y, De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 006 -2019-MINCETUR/DM, "Directiva para la rendición de cuentas de las subvenciones económicas otorgadas por el MINCETUR a los CITE Privados Artesanales y Turísticos", cuyo texto en veintinueve (29) folios y dieciséis (16) anexos forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución; precisando que la Directiva Nº 004-2016-MINCETUR, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 172-2016-MINCETUR, ha quedado sin efecto en virtud de la aprobación de la Directiva Nº 005-2019-MINCETUR/ DM. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur). Articulo 4.- Encargar al Viceministerio de Turismo la difusión, implementación y supervisión del cumplimiento de la Directiva aprobada mediante la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, señala que el MINCETUR es la entidad competente para ejecutar la promoción, orientación y regulación de la artesanía de acuerdo a la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, el literal b) del artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MINCETUR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias, establece que es función del Viceministerio de Turismo dirigir y supervisar los planes, proyectos y programas correspondientes al ámbito de su competencia, incluyendo el Plan Estratégico Nacional de Artesanía - PENDAR; Que, el literal c) del artículo 74-F del ROF del MINCETUR, señala que la Dirección General de Artesanía formula el Plan Estratégico Nacional de Artesanía PENDAR y propone sus actualizaciones; Que, la Tercera Disposición Final del Reglamento de la Ley Nº 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, adicionada por el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 007-2012-MINCETUR, establece que el Plan Estratégico Nacional de Artesanía - PENDAR, es aprobado por Resolución Ministerial; Que, el Plan Estratégico Nacional de Artesanía ­ PENDAR 2019 ­ 2029, tiene por objetivo formular una visión de largo plazo en la implementación de políticas y metas para el sector artesanal para los próximos diez (10) años, constituyendo un esfuerzo de concertación entre el sector público y privado para el desarrollo de acciones que permitan mejorar la competitividad del sector artesanal; representando además la herramienta de alineamiento del sector, así como la estrategia que los actores deben implementar para que el Perú cuente con una artesanía competitiva, posicionada en los mercados y que contribuya a elevar la calidad de vida del artesano; Que, en tal virtud, a través de los documentos del Visto, se sustenta la necesidad de aprobar el Plan Estratégico Nacional de Artesanía ­ PENDAR 2019 ­ 2029, por lo que corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente; y, De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias, la Ley Nº 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-MINCETUR y sus modificatorias; SE RESUELVE:

EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1804073-1

Aprueban el Plan Estratégico Nacional de Artesanía ­ PENDAR 2019 ­ 2029
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 309-2019-MINCETUR Lima, 4 de setiembre de 2019

Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Nacional de Artesanía ­ PENDAR 2019 ­ 2029, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur). Articulo 3.- Encargar a la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo la evaluación y supervisión del cumplimiento del Plan Estratégico Nacional de Artesanía ­ PENDAR 2019 ­ 2029. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Visto, el Memorando Nº 779-2019-MINCETUR/ VMT del Viceministerio de Turismo, y los Informes Nº 036-2018-MINCETUR-VMT/DGA-ERGL, Nº 030-2018-MINCETUR/VMT/DGA-AMD y Nº 031-2019-MINCETUR/VMT/DGA/DDA-ERGL de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, es objetivo del MINCETUR, promover el desarrollo de la actividad artesanal, a través del incremento de la productividad y competitividad de sus agentes, fortaleciendo su identidad y su acceso al mercado nacional y de exportación;

EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1804284-1

DEFENSA
Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a Argentina, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1141-2019 DE/EP Jesús María, 4 de setiembre de 2019