Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2019 (30/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES

Miércoles 30 de octubre de 2019 /

El Peruano

Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación y la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos mediante Memorando Nº 1591-2019EF/53.04, ha determinado que el monto a transferir a favor de los Gobiernos Regionales, asciende a la suma de S/ 11 115 318,00 (ONCE MILLONES CIENTO QUINCE MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 SOLES), para financiar el pago de la asignación por tiempo de servicios y el subsidio por luto y sepelio de los profesores comprendidos en la Carrera Pública Magisterial y de los auxiliares de educación nombrados, así como el pago del subsidio por luto y sepelio a favor de los profesores contratados; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, del pliego 010: Ministerio de Educación, hasta por la suma de S/ 11 115 318,00 (ONCE MILLONES CIENTO QUINCE MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 SOLES), a favor de los Gobiernos Regionales, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes; Que, de otro lado, el numeral 10.3 del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 001-2019, Decreto de Urgencia que establece medidas para la atención de intervenciones ante la ocurrencia de intensas precipitaciones pluviales, dispone que los saldos de los recursos transferidos al Instituto Peruano del Deporte en el marco del Decreto Supremo Nº 005-2019-EF, y que no fueron habilitados a favor del Ministerio de Educación en aplicación del numeral 10.1 del citado artículo, son transferidos al Instituto Nacional de Defensa Civil en el marco de lo establecido en el numeral 4.2 del artículo 4 del referido Decreto de Urgencia;

Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 001-2019, autoriza a las entidades del Poder Ejecutivo a realizar modificaciones presupuestarias a nivel institucional a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil, con cargo a los saldos de libre disponibilidad de su presupuesto institucional, por la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a solicitud de este último; Que, el numeral 4.3 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 001-2019, indica que los recursos transferidos conforme a lo dispuesto en el numeral 4.2 se destinan al financiamiento de actividades e inversiones para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación, y reconstrucción ante la ocurrencia de peligros generados por fenómenos de origen natural e inducidos por la acción humana, en las zonas a las que se refiere el artículo 2 de dicho Decreto de Urgencia; siendo que, dichas actividades e inversiones deben ser priorizadas por la Comisión Multisectorial del "Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales" (FONDES), conforme a lo establecido en el numeral 4.5 del artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, el numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley Nº 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto en el Año Fiscal 2017, y el Decreto Supremo Nº 132-2017-EF; Que, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Presupuesto y Planificación del Instituto Peruano del Deporte, mediante el Informe Nº 001766-2019-UPTO/ IPD, señala que en el presupuesto institucional del