Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2019 (30/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Miércoles 30 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Producción, a la ciudad de Abu Dhabi, Emiratos Árabes Unidos, del 01 al 09 de noviembre de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a pasajes aéreos y viáticos que irrogue el viaje autorizado, serán cubiertos con cargo al presupuesto 2019 del Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasaje aéreo (Incluido TUUA) US$ 3 184,53 Viáticos por 6 días (5 días + 1 día por concepto de instalación) US$ 510,00 por día 3 060,00

Nombres y apellidos Jusei Joel Bueno Luksic

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el servidor autorizado en el artículo 1 debe presentar a la Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas correspondiente. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCIO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1822111-2

(6) miembros, entre ellos, un (1) representante miembro de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales del Perú, quien deberá ser el Gobernador Regional en ejercicio. La citada disposición precisa además que los miembros del Consejo Directivo son designados mediante Resolución Suprema, refrendada por el /la Ministro/a de Salud, por un periodo de cuatro (4) años, pudiendo renovarse por un periodo adicional; Que, mediante Resolución Suprema N° 013-2019SA, de fecha 31 de mayo de 2019, se designó al señor Vladimir Roy Cerrón Rojas como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud, en representación de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales; Que, conforme al numeral 4 del artículo 22 del Decreto Legislativo N° 1158, constituye causal de remoción o vacancia de los miembros del Consejo Directivo de SUSALUD, el impedimento legal sobreviniente a la designación; Que, en atención a lo señalado mediante el documento de Visto, resulta necesario dar por concluida la designación del señor Vladimir Roy Cerrón Rojas como miembro del Consejo Directivo de SUSALUD, en representación de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1158, que dispone el fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, modificado por el Decreto Legislativo N° 1289; el Decreto Supremo N° 008-2014-SA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud; y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Vladimir Roy Cerrón Rojas como miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud ­ SUSALUD, en representación de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales, efectuada mediante Resolución Suprema N° 013-2019-SA. Articulo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1822113-5

SALUD
Dan por concluida designación de miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud SUSALUD, en representación de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 018-2019-SA Lima, 29 de octubre de 2019 Visto, el Oficio N° 00004-2019-SUSALUD/CDSUSALUD, de la Superintendencia Nacional de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1158, se disponen medidas destinadas al fortalecimiento de las funciones desarrolladas por la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, con la finalidad de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud, supervisando que las prestaciones sean otorgadas con calidad, oportunidad, disponibilidad y aceptabilidad, con independencia de quien la financie, disponiendo asimismo, su cambio de denominación por la de Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD); Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del mencionado Decreto Legislativo, SUSALUD es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Salud, que cuenta con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, asimismo, el artículo 18 de la precitada norma, modificada por Decreto Legislativo N° 1289, establece que el Consejo Directivo es el órgano máximo de la Superintendencia Nacional de Salud, responsable de su dirección y del establecimiento de su política institucional, así como de la supervisión y evaluación del cumplimiento de las mismas, coordinando sus objetivos y estrategias con el Ministerio de Salud, y se encuentra conformado por seis

Designan miembro del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Salud SUSALUD, en representación de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 019-2019-SA Lima, 29 de octubre de 2019 Visto, el Oficio N° 420-2019/ANGR de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1158, se disponen medidas destinadas al fortalecimiento de las funciones desarrolladas por la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, con la finalidad de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud, supervisando que las prestaciones sean otorgadas con calidad, oportunidad,