Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2019 (30/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

Miércoles 30 de octubre de 2019 /

El Peruano

Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su sensibilización, promoción y difusión. POR TANTO:

Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA:

Mando se publique y cumpla. STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO Alcalde 1821434-1 Artículo Primero.- INSTITUCIONALIZAR el 05 de noviembre de cada año, como DÍA DEL TRABAJADOR MUNICIPAL DE SAN BARTOLO, en reconocimiento a la labor desempeñada por todos los servidores de la Municipalidad. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Recursos Humanos, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, así como programar las actividades correspondientes como motivo de dicha celebración. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano y al Área Funcional de Informática en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Bartolo www.munisanbartolo.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RUFINO ENCISO RIOS Alcalde 1821703-1

MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO
Institucionalizan el 5 de noviembre de cada año como Día del Trabajador Municipal de San Bartolo
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2019-MDSB San Bartolo, 25 de octubre del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLO VISTO: El Memorándum Nº 062-2019-GM/MDSB de fecha 24 de octubre del 2019, expedido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 204-2019-GAF/MDSB de fecha 23 de octubre del 2019 del Gerente de Administración y Finanzas, el Informe Nº 243-2019-SGRH/GAF/MDSB de fecha 18 de octubre del 2019 de la Sub Gerencia de Recursos Humanos y el Informe Nº 127 -2019-GAJ/MDSB de fecha 23 de octubre del 2019 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú concordado con el Artículo II del Título preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, del Art. 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972, la administración municipal está integrada por los funcionarios y servidores públicos, empleados y obreros, que prestan servicios para la municipalidad. Corresponde a cada municipalidad organizar la administración de acuerdo con sus necesidades y presupuesto. Que, desde el 05 de noviembre de 1979, se instaur[o a Nivel Nacional el Día del trabajador Municipal, mediante el Acta que se realizó entre el Gobierno central y los Trabajadores Municipales; reconociendo el desempeño y esfuerzo en las labores que desempeñan los trabajadores municipales. Que, mediante el Informe Nº 243-2019-SGRH/ GAF/MDSB de fecha 18 de octubre del 2019, la Sub Gerencia de Recursos Humanos sugiere institucionalizar el "Día del Trabajador Municipal de San Bartolo" como reconocimiento a la Labor desempeñada por todos los servidores de la Municipalidad de San Bartolo. Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 127-2019-GAJ-MDSB de fecha 23 de octubre del 2019, opina que resulta procedente la institucionalización, como un reconocimiento al desempeño y esfuerzo de los trabajadores municipales que laboran en la Municipalidad de San Bartolo; Que, mediante Memorándum Nº 062-2019-GM/MDSB de fecha 24 de octubre del 2019, la Gerencia Municipal encuentra conforme la institucionalización del día 05 de noviembre de cada año como "Día del Trabajador Municipal de San Bartolo";

MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Ordenanza que aprueba el sorteo "AL DÍA CON VILLA", a favor de los vecinos con deuda cero
ORDENANZA Nº 417-MVES Villa El Salvador, 25 de octubre del 2019 POR CUANTO: El Concejo Distrital de Villa El Salvador en Sesión Ordinaria de la fecha, y; VISTOS: El Dictamen N° 006-2019-CAT-MVES de la Comisión de Administración Tributaria, el Memorando Nº 1137-2019-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe N° 461-2019-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe N° 178-2019-GAT/MVES de la Gerencia de Administración Tributaria, sobre aprobación de Proyecto de Ordenanza que aprueba el sorteo "AL DÍA CON VILLA", en el distrito de Villa El Salvador a favor de los vecinos con deuda cero, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194° modificada por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que "Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico".; Que, el numeral 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal: "Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos."; así también el artículo 40° señala que "Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. (...).";