Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2019 (30/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Miércoles 30 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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Numeral 1) del Artículo 5º y los Artículos 13º y 14º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, aprobado con Ordenanza Regional Nº 002-2015-GRA/ CR; Que, el Inciso a) del Artículo 51º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sobre Funciones en Materia Agraria, establece las competencias de los Gobiernos Regionales para "Formular, aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas de la región en materia agraria en concordancia con las Políticas Nacionales y los Planes Sectoriales y las propuestas promocionales de desarrollo rural de parte de las municipalidades rurales"; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 093-2019-GRA/CR, del 05 de Julio de 2019, el Pleno del Consejo Regional ACUERDA: "EXHORTAR, al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Ancash, a fin de que PRIORICE con el carácter de urgente, el Proyecto de Ordenanza Regional, a efectos que se destine un presupuesto para la prevención y erradicación de la Mosca de la Fruta en la Región Ancash"; Que, los niveles de población de la Mosca de la Fruta en la Región Ancash se incrementan principalmente en los valles de nuestra región, debido fundamentalmente al clima favorable para el crecimiento de su población y lo más importante el alimento; específicamente en los Valles de la Costa (Casma, Sechín, Huarmey y Nepeña) y, en la Sierra comprende al Callejón de Huaylas y las Zonas aledañas al Cañón del Pato; dicha situación pone en riesgo la producción y las exportaciones frutícolas de nuestros principales productos como son el mango, la uva, palto y la chirimoya, tanto en la Costa como en la Sierra de nuestra región, con una afectación de hasta el 40 %; Que, la Mosca de la Fruta es una limitante real de las exportaciones hortofrutícolas de nuestra región, por lo que se hace necesario la participación y articulación del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobiernos Locales; así como, de los Productores y el SENASA. Los Productores con mayor responsabilidad y compromiso, toda vez que si éstos no cumplen con las medidas y actividades de sanidad de sus fincas o parcelas no será posible asegurar el éxito de las actividades que se programen; Que, mediante Oficio N° 695-2019-GRA-GRDEDRA-DCA, de fecha 10 de Julio de 2019, el Director Regional de Agricultura ­ Ancash, remite a la Gerencia de Desarrollo Económico el INFORME TÉCNICO N° 001-2019-AG-SENASA-DEANC - Sobre Mosca de la Fruta, elaborado por el Servicio de Sanidad Agraria - SENASA ANCASH, CONCLUYE y RECOMIENDA: 1) La Dirección de Competitividad Agraria, Oficie al Gobierno Regional de Ancash a efectos que, respecto a la problemática de la Mosca de la Fruta proceda conforme a sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27687, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, el SENASA cumpla con las atribuciones conferidas según el Decreto Supremo N° 009-2000-AG, en las actividades que viene desarrollando en el control y erradicación de la Mosca de la Fruta. 2) Se implemente un Plan para realizar el monitoreo, control y erradicación de la Mosca de la Fruta en la Región Ancash, para dicho efecto es necesario coordinar y articular con todos los niveles de gobierno, el apoyo y fortalecimiento de las actividades que viene desarrollando el SENASA-ANCASH. 3) Se emita una Ordenanza declarando de Necesidad e Interés Público Regional, el Control y Erradicación de la Mosca de la Fruta en la Región Ancash; Que, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ancash, mediante INFORME LEGAL N° 044-2019-GRA/GRAJ, de fecha 05 de Agosto de 2019, señala que del estudio y análisis al procedimiento administrativo invocado por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del GORE Ancash, OPINA: Que resulta legalmente VIABLE, emitir la Ordenanza Regional que apruebe la propuesta de Declarar de Necesidad e Interés Público Regional el Control y Erradicación de la Mosca de la Fruta en el Ámbito de la Región Ancash;

Que, mediante el Dictamen N° 003-2019-GRA/ CRNyGMA, la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente del Consejo Regional, después de realizar el análisis factico, jurídico, conforme a sus atribuciones legales, al Informe Técnico y al Informe Legal en comento, propone emitir la Ordenanza Regional por la cual se DECLARA DE NECESIDAD E INTERÉS PÚBLICO REGIONAL EL CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA MOSCA DE LA FRUTA EN EL ÁMBITO DE LA REGIÓN ANCASH; Que, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional realizada el 03 de Octubre de 2019, en la Estación ORDEN DEL DÍA, el Consejero Delegado da cuenta del Dictamen N° 003-2019-GRA/CRNyGMA, disponiendo su lectura, produciéndose acto seguido la sustentación por parte de la Presidenta de la Comisión de Recursos Naturales y Gestión de Medio Ambiente; al respecto se genera una serie de deliberaciones por parte de los Consejeros Regionales; culminada ésta, el Consejero Delegado somete a votación la propuesta, siendo APROBADA por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; Que, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de Ancash y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Pleno del Consejo Regional de Ancash, ha aprobado: LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- DECLARAR, de Necesidad e Interés Público Regional el Control y Erradicación de la Mosca de la Fruta en el Ámbito de la Región Ancash. Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Órgano Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Ancash, a fin de que través de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, implemente un Plan para realizar el Monitoreo, Control y Erradicación de la Mosca de la Fruta en la Región Ancash, para dicho efecto deberá coordinar y articular con todos los Niveles de Gobierno, el apoyo y fortalecimiento de las actividades que viene desarrollando el SENASA ANCASH en el ámbito regional. Artículo Tercero.- DISPENSAR, la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR, la presente Ordenanza Regional al Gobernador del Gobierno Regional de Ancash; así como DISPONER, su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" o en un Diario de Mayor Circulación Regional y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ancash. Comuníquese, al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ancash para su Promulgación. Dado en Sala de Sesiones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, a los cuatro días del mes de octubre del dos mil diecinueve. JORGE ANTONIO NORIEGA CORTEZ Consejero Delegado POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Despacho del Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ancash, a los 16 de octubre de 2019. JUAN CARLOS MORILLO ULLOA Gobernador Regional de Ancash 1821706-1