Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2019 (20/07/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Sábado 20 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

87

multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias; Que, de igual modo, el citado artículo 46 establece que, las sanciones que aplique la autoridad municipal podrán ser las de multa, suspensión de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retención de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralización de obras, demolición, internamiento de vehículos, inmovilización de productos y otras. Asimismo, a solicitud de la municipalidad respectiva o del ejecutor coactivo correspondiente, la Policía Nacional prestará su apoyo en el cumplimiento de las sanciones que se impongan, bajo responsabilidad; Que, los dispositivos legales referidos son la base y justificación del sistema sancionador municipal, que tiene como propósito dotar de eficacia coercitiva al ordenamiento legal sustantivo que rige a las municipalidades. Así también, las normas precitadas son la base en la que se sustenta la denominada potestad sancionadora de las entidades para establecer infracciones administrativas y las consecuentes sanciones a los administrados, establecida en el Capítulo III del Título IV del Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, conforme a la norma antes citada, el procedimiento administrativo sancionador, por el cual se impone sanciones a personas que lesionen o vulneren las normas, ordenanzas municipales o, para el caso de gobiernos locales, leyes que establezcan infracciones cuya sanción se encuentre reservada a estos; debe observar el respeto irrestricto de los derechos y garantías establecidas, para lo cual se requiere de un procedimiento garantista, en el cual el poder jurídico permite castigar a los administrados, sea resultado de un procedimiento que cumpla las garantías previstas para imposición de una sanción administrativa; Que, con Ordenanza Nº 028-2004-MDNCH de fecha 21 de diciembre 2004, se aprobó la Ordenanza que aprueba el Reglamento Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, que tipifica una serie de conductas que la autoridad municipal considera como lesivas y por tanto califican como infracciones, las han sido modificadas por diversas normas posteriores; Que, con Informe Nº 0389-2018-MDNCH-GPPS la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Sistemas señala que resulta necesario modificar el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) así como del Cuadro de Infracciones y Sanciones (CUIS) Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, aprobado con Ordenanza 028-2004-MDNCH. Que, con Informe Nº 217-2018-MDNCH-GSCYGRD/ SGFCYPM la Subgerencia de fiscalización, Control y Policía Municipal remite Opinión Favorable, concluyendo que la nueva propuesta que establece el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, estos se encuentran de conformidad con las normas que lo regulan. Que, con Informe Nº 529-2018-MDNCH/GAJ la Gerencia Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable al nuevo proyecto de Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y del Cuadro de Infracciones y Sanciones (CUIS), toda vez que, resulta necesario adecuar dichos instrumentos a la normatividad vigente, Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, así como, adecuar a la nueva estructura orgánica aprobada mediante Ordenanza Nº 025-2016-MDNCH que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley Nº 27972, las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se regula las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Estando a lo expuesto, y en atención al Dictamen Nº -2018 MDNCH/CAL emitido por la Comisión de Asuntos Legales de fecha 21 de agosto del presente, y en uso de sus facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por Unanimidad la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RAS) Y CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES (CUIS) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, que consta de 03 (tres) Títulos, 16 (dieciséis) Capítulos, 103 (ciento tres) artículos, 06 (seis) Disposiciones Finales y 02 (dos) Disposiciones Transitorias, y 03 (tres) Anexos, las mismas que forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR como Anexo I de la presente ordenanza, el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- APRUÉBESE como Anexo II de la presente Ordenanza, los formatos siguientes: Formulario para la presentación de denuncia vecinal; Acta de Constatación; Papeleta de Infracción Administrativa Preventiva; Papeleta de Infracción Administrativa de Sanción; Resolución de Sanción; Acta de Ejecución de medida complementaria; Acta de levantamiento de medida complementaria; Acta de compromiso; Informe técnico de evaluación de bienes perecibles; Acta de retención; Acta de decomiso; Acta de destrucción; Acta de decomiso de documentos; Acta de abandono de documentos; Orden de Liberación y/o Salida; Acta de Internamiento Vehicular, Acta de Clausura Temporal; Acta de Clausura Definitiva; Acta de Paralización de Obra. Artículo Cuarto.- APRUÉBESE como Anexo III de la presente Ordenanza, el régimen de Gradualidad e Incentivos el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- PRECISAR que los procedimientos iniciados bajo los parámetros contenidos en la Ordenanza Nº 028-2004-MDNCH, y sus modificatorias, se regirán bajo dicho ordenamiento hasta la culminación del procedimiento respectivo. Artículo Sexto.- SUPLETORIAMENTE, en todo lo no previsto en el presente Reglamento, se aplicará supletoriamente las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, el Decreto Legislativo Nº 1272 que modifica la Ley del Procedimiento Administrativo General y Deroga la Ley 29060 Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 26979 Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, Código Procesal Civil, Código tributario, el TUPA y el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, respectivamente. Artículo Séptimo.- FACULTAR al Alcalde para que, mediante decreto de alcaldía, establezca las normas reglamentarias y de aplicación de la presente ordenanza, de ser necesarias. Artículo Octavo.- DEROGAR la Ordenanza Nº 028-2004-MDNCH y toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Noveno.- ENCARGA el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres, así como a la Sub Gerencia de Fiscalización, Control y Policía Municipal, según lo que a cada una corresponde de acuerdo con sus competencias. Artículo Décimo.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional (www. muninuevochimbote.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VALENTIN FERNÁNDEZ BAZÁN Alcalde 1790413-1