Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2019 (20/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Sábado 20 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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VISTO: El Oficio N° 2592 CCFFAA/OAI/UAI del Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de fecha 3 de julio de 2019. CONSIDERANDO: Que, mediante las Cartas de Invitación del Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas del Estado Plurinacional de Bolivia y del Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia, de fecha 22 de mayo de 2019 y 10 de junio de 2019, respectivamente, se hace extensiva la invitación al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a UN (1) Oficial Superior, para asistir al acto central en conmemoración del "CXCIV Aniversario de creación de las Fuerzas Armadas del Estado Plurinacional de Bolivia y Jura a la Bandera", a realizarse en la ciudad de Cobija, del Estado Plurinacional de Bolivia, el día 7 de agosto del presente año; Que, mediante Oficio N° 600 CCFFAA/OAI/UAI de fecha 25 de junio de 2019, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas agradece la gentil invitación y confirma su asistencia, acompañado del señor Teniente Coronel EP Alberto LOAIZA Loayza; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de la Oficina de Asuntos Internacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, resulta de interés institucional autorizar el viaje al exterior del Personal Militar en Comisión de Servicio que se nombra en la parte resolutiva, para que asistan al acto central en conmemoración del "CXCIV Aniversario de creación de las Fuerzas Armadas del Estado Plurinacional de Bolivia y Jura a la Bandera", con la finalidad de fomentar la confianza mutua y el desarrollo de una concepción de seguridad integral, dentro de un marco regional sudamericano, que propicie una estrecha amistad y creciente cooperación entre ambas naciones, por cuanto los conocimientos y experiencias a tratarse redundarán en beneficio del Sector; Que, mediante Dictamen N° 140-2019 OAJ/ CCFFAA de fecha 3 de julio de 2019, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas considera que el proyecto de Resolución Ministerial, se encuentra acorde con la normativa vigente que regula los viajes al exterior en Comisión de Servicio; Que, conforme a la Declaración de Gastos del Jefe de Tesorería los gastos derivados por los conceptos de pasajes aéreos y viáticos que ocasione la presente autorización de viaje se ejecutarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2019, de la Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con los incisos a) y b) del artículo 10º del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-DESG; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del Personal Militar designado durante la totalidad de la referida comisión, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación, así como su retorno al país con UN (1) día posterior al término del evento, en cuyo caso este último no irrogará gastos al Tesoro Público; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones

del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE; la Ley N° 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619; Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y; Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del General de Ejército César Augusto ASTUDILLO Salcedo, identificado con DNI. 10307948 y del Teniente Coronel EP Alberto LOAIZA LOAYZA, identificado con DNI. 23928853, quienes asistirán al acto central en conmemoración del "CXCIV Aniversario de creación de las Fuerzas Armadas del Estado Plurinacional de Bolivia y Jura a la Bandera", a realizarse en la ciudad de Cobija, del Estado Plurinacional de Bolivia, el día 7 de agosto del presente año; así como autorizar su salida del país el 6 de agosto de 2019 y su retorno el 8 de agosto de 2019. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima ­ Cobija (Bolivia) - Lima: US$. 750.00 x 2 personas (Incluye TUUA) US$. Viáticos: US$. 370.00 x 2 días x 2 personas TOTAL A PAGAR: 1,500.00

US$. 1,480.00 ----------------------US$. 2,980.00

Artículo 3º.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4°.- El Personal Militar comisionado, debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo, los funcionarios autorizados, efectuarán la sustentación de viáticos, conforme lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002. Artículo 5°.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- Disponer que se ponga en conocimiento al Ejército del Perú, el contenido de la presente Resolución, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1790414-1

Autorizan viaje de cadetes de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi" a Ecuador, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0886-2019 DE/EP Lima, 18 de julio de 2019