Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2019 (20/07/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Sábado 20 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

63

los Presupuestos de las Entidades que lo comprenden, se sujetan a la Ley de Presupuesto del Sector Público; "Tercera Demanda adicionales durante la ejecución presupuestaria.- Las demandas adicionales de gasto no previstas en la Ley de Presupuesto del Sector Público deben ser cubiertas por los Pliegos correspondiente, en forma progresiva, tomando en cuenta el grado de prioridad en su ejecución y sujetándose estrictamente a los créditos, presupuestarios aprobados en su respectivo presupuesto, en el marco de lo dispuesto por los Principios de Equilibrio Presupuestario y Equilibrio Fiscal el presente Decreto Legislativo, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público (...) respectivamente. Asimismo, en el mencionado informe se señala que la Oficina de Control de la Productividad Fiscal, ha reportado un total de 1 462 825 ingresos de casos al mes de mayo de 2019, cifra que representa el 67% de los 2 167 830 casos ingresados en el año 2018, y que de mantenerse esta tendencia se proyecta que la carga procesal podría superar el doble de lo recibido en el año 2018; y que la demanda de casos se ve influenciada por la actual coyuntura y papel protagónico del Ministerio Público, situación por la cual resulta necesario e imprescindible el nombramiento de nuevos fiscales. De otro lado, la Oficina General de Planificación y Presupuesto, precisa que en el marco de lo dispuesto en la Centésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2018 y los montos establecidos en el Decreto Supremo Nº 409-2017-EF, se viene otorgado desde el mes de diciembre 2017, una asignación por gastos operativos a los fiscales provisionales del Ministerio Público que se encuentran registrados en el AIRHSP; por lo que las plazas comunicadas en el Informe Nº 199-2019-MP-FN-GG-OGPLAP, tendrían la condición de nombrado provisional percibiendo una asignación por gastos operativos de acuerdo a los montos establecidos en el mencionado Decreto Supremo, el cual es inferior a lo que percibe un fiscal titular. Mediante Informe Nº 000269-2019-MP-FN-GGOG POHU, emitido por la Gerente Central de la Oficina General de Potencial Humano, informa que de acuerdo con la evaluación de coberturar nuevas plazas fiscales resulta viable la creación de 54 plazas fiscales para la designación de 06 Fiscales Provinciales y 48 Fiscales Adjuntos Provinciales, las cuales podrán serán distribuidas a las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, Pool de Fiscales y nuevos despachos fiscales a nivel nacional, hasta por la suma de S/. 2 427 821. 00 soles para el periodo del 01 de julio al 31 diciembre de 2019. En ese sentido, mediante Acuerdo Nº 5576, adoptado por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 04 de julio de 2019, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, la Junta de Fiscales Supremos acordó crear cincuenta y cuatro (54) plazas de Fiscales Provisionales, las cuales serán distribuidas en seis (06) Fiscales Provinciales y cuarenta y ocho (48) Fiscales Adjuntos Provinciales, para las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, Pool de Fiscales y nuevos despachos fiscales a nivel nacional, todas con carácter transitorio, cuya vigencia será del 01 de julio al 31 diciembre del presente año. Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052 ­ Ley Orgánica del Ministerio Público y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear cincuenta y cuatro (54) plazas de Fiscales Provisionales, las cuales serán distribuidas en seis (06) Fiscales Provinciales y cuarenta y ocho (48) Fiscales Adjuntos Provinciales, para las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, Pool de Fiscales y nuevos despachos fiscales a nivel nacional, todas con carácter transitorio, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Facultar a la señora Fiscal de la Nación la distribución, redistribución y/o conversión de las plazas fiscales creadas en la presente resolución, de acuerdo a las necesidades y requerimientos del servicio.

Artículo Tercero.- Precísese que las plazas fiscales señaladas en el artículo primero no deberán ser convocadas a Concurso Público por la Junta Nacional de Justicia, conforme a los motivos que se exponen en el tercer párrafo del considerando de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Precísese que la vigencia de las plazas fiscales creadas en el artículo primero de la presente resolución será desde el 01 de julio al 31 de diciembre del presente año. Artículo Quinto.- Facultar a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales en los que se nombre fiscales provinciales y/o fiscales adjuntos provinciales, para que dispongan las medidas destinadas al cumplimiento de la presente resolución, conforme a lo establecido en el artículo 157º, literal f) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3893-2018-MP-FN, de fecha 30 de octubre de 2018. Artículo Sexto.- Disponer que la Gerencia General del Ministerio Público adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Junta Nacional de Justicia, Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional; Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales a nivel nacional, Gerencia General, Oficina General de Planificación y Presupuesto, Oficina General de Potencial Humano y Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos 1790848-1

Modifican la Res. N° 1241-2019-MP-FN que autorizó viaje de fiscales a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1329-2019-MP-FN Lima, 7 de junio de 2019 VISTOS: El Oficio N° 1301-2019-FSCEE-MP-FN, recibido con fecha 10 de junio de 2019, cursado por el Fiscal Adjunto Superior (e) de la Fiscalía Superior Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales; y el Oficio N° 282-2019-FSUPRAPEDCF-MP-FN/EE-4D, recibido con fecha 1 de julio de 209, cursado por el Fiscal Provincial de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios ­ Equipo Especial ­ Cuarto Despacho, y; CONSIDERANDO: Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1241-2019-MP-FN, de fecha 31 de mayo de 2019, se autorizó el viaje en comisión de servicios de los señores Carlos Puma Quispe, Fiscal Provincial del Equipo Especial de Fiscales, y María Milagros Salazar Paiva, Fiscal Adjunta Provincial del Equipo Especial de Fiscales, a las ciudades de Curitiba y Sao Paulo, República Federativa del Brasil, del 9 al 15 de junio de 2019. A través del Oficio N° 1301-2019-FSCEE-MP-FN, el Fiscal Adjunto Superior (e) de la Fiscalía Superior Coordinadora del Equipo Especial de Fiscales solicita la suspensión de la autorización de viaje a la República Federativa del Brasil, debido a que por motivos de carga laboral, la comisión de servicios sería postergada del 7 al 13 de julio de 2019; por lo que corresponde expedir el acto resolutivo pertinente. Por Oficio N° 282-2019-FSUPRAPEDCF-MP-FN/ EE-4D, el Fiscal Provincial de la Fiscalía Supraprovincial