Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2019 (20/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Sábado 20 de julio de 2019 /

El Peruano

Artículo 3. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de julio del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas 1790852-2

la ejecución de la mencionada Encuesta; en virtud de lo cual, mediante Oficio N° D000805-2019-MIMP-SG, el citado Ministerio solicita efectuar una Transferencia de Partidas a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 3 559 988,00 (TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), del pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a favor del pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática, para el financiamiento de lo señalado en el considerando precedente; De conformidad con lo establecido en el artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del Instituto Nacional de Estadística e Informática
DECRETO SUPREMO N° 225-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el párrafo 59.1 del artículo 59 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) genera la información estadística necesaria para el seguimiento de los resultados y productos del presupuesto, específicamente en los casos en que la información estadística no pudiera ser generada por los sistemas estadísticos propios de las Entidades y/o aquella vinculada a los resultados y productos prioritarios del presupuesto; Que, el artículo 49 del citado Decreto Legislativo, establece que los Pliegos que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el Pliego habilitado cuente con productos del mismo programa o, en caso no cuente con los mismos productos, cuente con el mismo PPoR, salvo para las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se autoricen para la elaboración de encuestas, censos o estudios que se requieran para el diseño, seguimiento y evaluación del desempeño en el marco del PpR, asimismo, dispone que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, mediante el Informe N° D000068-2019-MIMP-OPR, señala que la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual, responsable Técnico del Programa Presupuestal 0080: Lucha contra la Violencia Familiar ha sustentado la necesidad de que se efectúe la encuesta nacional denominada "Encuesta Nacional sobre Relaciones Sociales ­ ENARES", la cual proporcionará información que permita comparar en el tiempo, la evolución de los indicadores de resultado del mencionado Programa Presupuestal; asimismo, señala que el citado Ministerio, en la Unidad Ejecutora 009: Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, cuenta con recursos disponibles para financiar

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 3 559 988,00 (TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), del pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a favor del pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática, para financiar la ejecución de la Encuesta Nacional sobre Relaciones Sociales ­ ENARES, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO En Soles

: Gobierno Central 039 : Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables UNIDAD EJECUTORA 009 : Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual (PNCVFS) CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0080 : Lucha contra la Violencia Familiar PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5003032 : Seguimiento y Evaluación del Programa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios

3 559 988,00 -------------------TOTAL EGRESOS 3 559 988,00 ============ En Soles

A LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO

: Gobierno Central 002 : Instituto Nacional de Estadística e Informática UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Estadística e Informática CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5003645 : Encuesta sobre Violencia Familiar FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios

3 559 988,00 -------------------TOTAL EGRESOS 3 559 988,00 ============

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de esta norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de