Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2019 (20/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Sábado 20 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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Rolando Jesús Tolentino, alcalde de la Municipalidad Distrital de Paucar, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco, con relación a la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, al haberse declarado la vacancia del regidor Edgar Álvarez Baylón, por la causal establecida en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES Mediante el Oficio Nº 152-2019-SG-ALC/MDP/DAC/ PASCO, presentado el 3 de julio de 2019, por Walter Rolando Jesús Tolentino, alcalde de la Municipalidad Distrital de Paucar, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco, se comunicó a este órgano electoral la vacancia de Edgar Álvarez Baylón, regidor de la referida entidad edil, al haberse configurado la causal de muerte, establecida en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). En ese sentido, se solicitó que se convoque al candidato no proclamado que corresponda para completar el concejo municipal, para lo cual se adjuntó, entre otros, el original del Acuerdo de Concejo Nº 009-2019-ALCMDP-DAC-PASCO, del 25 de junio de 2019 (fojas 4 a 6), original del Informe Nº 135-2019-SG-MDP-DAC-PASCO, de la misma fecha (fojas 10), copia certificada del acta de defunción expedida por la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Paucar, con fecha 26 de junio de 2019 (fojas 11), así como el comprobante de pago de la tasa correspondiente (fojas 18) por convocatoria de candidato no proclamado por declaratoria de vacancia, de conformidad con lo establecido en el ítem 2.31 del artículo primero de la Resolución Nº 0554-2017JNE, de fecha 26 de diciembre de 2017, que aprueba la Tabla de tasas en materia electoral. CONSIDERANDOS 1. De conformidad con el artículo 22, numeral 1, de la LOM, el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal en caso de muerte. 2. Por otro lado, según el artículo 9, numeral 10, concordante con el artículo 23 de la LOM, el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 3. Sin embargo, la Resolución Nº 539-2013-JNE, de fecha 6 de junio de 2013, también ha considerado que no solo resultaría contrario a los principios de economía, celeridad procesal y de verdad material, sino atentatorio de la propia gobernabilidad de las entidades municipales que, en aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia, en virtud de la causal de muerte de la autoridad municipal, tenga que esperarse el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte quede consentido y, recién en ese escenario, el Jurado Nacional de Elecciones pueda convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos. 4. En ese sentido, recalcamos que, en aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud de causales objetivas, como el presente, es necesario velar por la gobernabilidad de la entidad edil, así como por la propia estabilidad vecinal, que podrían verse amenazadas ante una demora innecesaria en la tramitación del procedimiento de declaratoria de vacancia. La falta de las credenciales correspondientes acarrearía un socavamiento a la legitimidad no solo de la autoridad, sino también del propio municipio, tanto ante la ciudadanía como ante otros organismos públicos y privados, que solo reconocen como autoridades aquellas a las cuales el Jurado Nacional de Elecciones proclama como tales y les entrega sus credenciales. 5. En el presente caso, se adjunta el Acuerdo de Concejo Nº 009-2019-ALC-MDP-DAC-PASCO, de fecha 25 de junio de 2019, mediante el cual se declaró la vacancia del regidor Edgar Álvarez Baylón. Asimismo, se adjunta

copia certificada del acta de defunción expedida por la Oficina de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Paucar, con fecha 26 de junio de 2019, con lo que se corrobora que el mencionado regidor falleció el 16 del mismo mes y año, por tanto, queda acreditada la causal de vacancia por muerte, contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la LOM. 6. En consecuencia, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, corresponde dejar sin efecto la credencial de regidor otorgada a Edgar Álvarez Baylón, y a fin de completar el número de regidores, corresponde convocar a Yudy Luz Huamán Osorio, identificada con DNI Nº 71667030, candidata no proclamada de la organización política Alianza para el Progreso, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Paucar. 7. Cabe precisar que dicha convocatoria se realiza de conformidad con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 26 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Pasco, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Edgar Álvarez Baylón como regidor del Concejo Distrital de Paucar, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, por la causal de muerte, contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Yudy Luz Huamán Osorio, identificada con DNI Nº 71667030, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Paucar, provincia de Daniel Alcides Carrión, departamento de Pasco, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que la acredite como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1790770-1

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Suyckutambo, provincia de Espinar, departamento de Cusco
RESOLUCIÓN Nº 0094-2019-JNE Expediente Nº JNE.2019001453 SUYCKUTAMBO - ESPINAR - CUSCO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, once de julio de dos mil diecinueve. VISTOS el Oficio Nº 227-2019-A/MDS, presentado, el 10 de julio de 2019, por Victoriano Condori Ccahuana, alcalde de la Municipalidad Distrital de Suyckutambo, provincia de Espinar, departamento de Cusco, y el escrito