Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2019 (20/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Sábado 20 de julio de 2019

NORMAS LEGALES
DEL

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AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad a 27 de diciembre de 2018 LUIS A. VALDEZ FARIAS Gobernador Regional 1789784-1

Declaran de interés regional el inicio del proceso de delegación de competencias ambientales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento al Gobierno Regional de La Libertad
(Se publica el presente Acuerdo Regional a solicitud del Gobierno Regional de La Libertad, mediante Oficio Nº 415-2019-GRLL-GRA/SGLSG, recibido el 17 de julio de 2019) ACUERDO REGIONAL N° 020-2018-GRLL/CR Trujillo, 3 de abril del 2018 DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL EL INICIO DEL PROCESO DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS AMBIENTALES DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, EN SU CALIDAD DE DELEGANTE, AL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD, EN SU CALIDAD DE DELEGATARIO. El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Ordinaria de fecha 3 de abril del 2018; VISTO Y DEBATIDO el Oficio N° 11-2018-GRLLCR/COMNATURALES, que contiene el Dictamen emitido por la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Medio Ambiente del Consejo Regional de La Libertad, que propone DECLARAR EN INTERÉS REGIONAL EL INICIO DEL PROCESO DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS AMBIENTALES DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, EN SU CALIDAD DE DELEGANTE, AL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, EN SU CALIDAD DE DELEGATARIO, conforme a la normatividad vigente, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 192° de la Constitución Política del Perú de 1993 y la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley N° 27680, establece que es competencia de los Gobiernos Regionales promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, red vial, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley; Que, el inciso g), del artículo 9° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala entre otros ámbitos, que es una competencia constitucional de los Gobiernos Regionales el promover y regular actividades y/o servicios en materia de medio ambiente; así mismo, el inciso d) del Numeral 2, del Artículo 10° de la misma Ley, establece como una competencia compartida a cargo de los Gobiernos Regionales, la gestión sostenible de los recursos naturales y mejoramiento de la calidad ambiental; Que, el artículo 9°, del Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2009-MINAM, señala que corresponde a las autoridades regionales y locales, emitir la certificación ambiental de los proyectos que dentro del marco del proceso de descentralización resulten de su competencia;

y cuyos efectos se circunscriban a la respectiva región o localidad, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 39° del Reglamento de la Ley N° 28245, Ley del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-PCM, establece que La Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, es el órgano del Gobierno Regional responsable, sin perjuicio de sus demás funciones y atribuciones, del ejercicio de las funciones de carácter ambiental establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el literal l), del artículo 94° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional La Libertad, aprobado por Ordenanza Regional N° 008-2011-GR-LL/CR, señala que, a la Gerencia Regional del Ambiente, le corresponde ejercer la facultad resolutiva en primera instancia administrativa en los procedimientos de certificación ambiental, de conformidad con la normativa vigente; Que, según lo establecido por la Resolución de Secretaría de Descentralización N°018-2014-PCM/ SD, las competencias en certificación ambiental aun no transferidas a los Gobiernos Regionales y Locales, representan funciones de carácter especial, las cuales se desprenden directamente del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final, del Decreto Supremo N° 009-2009-MINAM, señala que en concordancia con lo previsto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, las autoridades nacionales revisarán los procedimientos relacionados al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental a su cargo para determinar aquellos que serán conducidos desde el nivel nacional, y aquellos que se descentralizarán progresivamente a los Gobiernos Regionales y Locales, asegurando la capacidad real de cada una de estas autoridades para ejercer eficaz y eficientemente esta función; Que, el artículo 52°, de la Ley 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que el Poder Ejecutivo puede delegar a los gobiernos regionales o locales, funciones de su competencia, en forma general o selectiva, mediante convenios suscritos por ambas partes, sujetos a las capacidades de gestión requeridas para ello, la coparticipación en el desarrollo de las mismas, la factibilidad de optimizar la prestación de servicios públicos a la ciudadanía, y las normas establecidas en la presente Ley; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 059-2009-PCM-SD, se aprobó la Directiva Nº 004-2009-PCM-SD, la cual regula entre otros aspectos, el procedimiento para la celebración de Convenios de Delegación de competencias de los Ministerios conformantes del Poder Ejecutivo a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, en ese marco, mediante Resolución Ministerial N° 080-2017-VIVIENDA, se aprobó el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2017" del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el cual se dio inicio al proceso de delegación de competencias en materia ambiental a diversos Gobiernos Regionales; así mismo, el referido Plan fijó incluir, previa expresión de interés, al Gobierno Regional de La Libertad en el proceso anteriormente señalado; Que, mediante Oficio N° 500-2017-GRLL-GGR/ GRAMB, la Gerencia Regional del Ambiente, del Gobierno Regional La Libertad, manifiesta su expresión de interés, solicitando formalmente el inicio de las coordinaciones para la Suscripción del Convenio de Delegación de competencias en materia ambiental del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento al Gobierno Regional La Libertad; Que, de acuerdo al Informe Técnico N° 114-2017-GRLLGRAMB/SGGA-JGFS, así como el Acta de Visita, de fecha 28 de noviembre del 2017, la Dirección de Asuntos Ambientales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sugiere que para dar inicio al proceso