Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2018 (16/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, para las transferencias de recursos que se efectúen en el marco de dicho artículo, se fijan de acuerdo a lo siguiente: a) Se autorizan hasta el 30 de abril de 2018, debiéndose emitir el decreto supremo correspondiente dentro del plazo antes indicado. Las propuestas de decreto supremo correspondientes solo pueden ser presentadas al Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el 16 de abril de 2018. VISTO:

Viernes 16 de marzo de 2018 /

El Peruano

El Oficio N° 026-2018-SUNASS-010, de fecha 06 de febrero de 2018, de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento ­ SUNASS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley N° 25965 se crea la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento ­ SUNASS, como un organismo público, con personería de derecho público y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera, encargada de regular, supervisar, fiscalizar, resolver controversias y atender reclamos respecto de la prestación de los servicios de saneamiento; Que, con Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, se establece que la SUNASS en su calidad de organismo regulador cuenta con funciones supervisoras, reguladoras, normativas, fiscalizadoras y sancionadoras, de solución de controversias y de solución de reclamos de los usuarios de los servicios que regula, dentro de su respectivo ámbito de competencia; Que, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece en su artículo 32 que los organismos reguladores se encuentran adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, asimismo, el artículo 79 del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, otorga a la SUNASS, funciones adicionales a las previstas en la Ley N° 27332; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 032-2006-SUNASS-CD, y modificatorias, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNASS; y con Resolución Ministerial N° 116-2016-PCM se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la SUNASS; Que, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de la implementación de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, modificada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) aprobó la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", en adelante la Directiva, que incluye los lineamientos para la elaboración y aprobación del CAP Provisional; Que, conforme al numeral 7.5 de la Directiva, el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene cargos definidos y aprobados por la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del Sector Público al Régimen del Servicio Civil, previsto en la Ley N° 30057, siendo procedente su aprobación en tanto la entidad no haya aprobado su Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE; Que, de acuerdo al sub numeral 1.1 del numeral 1 del Anexo N° 4 de la Directiva, si durante el proceso de implementación de la Ley N° 30057, previsto en la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la misma, una norma sustantiva ordena la asignación de nuevas funciones o la reasignación de funciones existentes, las entidades involucradas están autorizadas a tramitar la adecuación parcial de su CAP vigente mediante un CAP Provisional; Que, además, el numeral 4 del Anexo N° 4 de la Directiva establece que la aprobación del CAP Provisional por las entidades de los tres niveles de gobierno está condicionada a la opinión favorable de SERVIR, disponiendo que en el caso de organismos públicos el CAP Provisional se aprueba por Resolución Ministerial; Que, mediante Oficio N° 056-2018-SERVIR/PE, la Presidencia Ejecutiva de SERVIR remite el Informe

b)

2.3 Fíjanse como plazos para las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del numeral 14.1 del artículo 14 de la Ley 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, los siguientes: a) Se autorizan hasta el 20 de abril de 2018, debiéndose emitir el decreto supremo correspondiente dentro del plazo antes indicado. Las propuestas de decreto supremo correspondientes solo pueden ser presentadas al Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el 9 de abril de 2018.

b)

Artículo 3. Del financiamiento Lo establecido en la presente ley se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales respectivas, sin demandar recursos adicionales al tesoro público. Artículo 4. Suspensión de normas Déjanse sin efecto las disposiciones legales que se opongan a lo establecido por la presente ley o limiten su aplicación. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los quince días del mes de marzo de dos mil dieciocho. LUIS GALARRETA VELARDE Presidente del Congreso de la República MARIO MANTILLA MEDINA Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de marzo del año dos mil dieciocho. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1626772-1

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la SUNASS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 054-2018-PCM Lima, 14 de marzo de 2018