Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2018 (16/03/2018)


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NORMAS LEGALES

Viernes 16 de marzo de 2018 /

El Peruano

Interior la cual se encarga de brindar apoyo técnico y administrativo, así como de mantener las coordinaciones con los sectores competentes para el funcionamiento de la Comisión Multisectorial. Artículo 9.- El Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial Permanente es aprobado, a propuesta de ésta, por Resolución Ministerial del Ministerio del Interior, en un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) días hábiles contados a partir de la instalación de la Comisión. El Reglamento Interno establecerá la forma en que se realizarán las convocatorias a las sesiones, así como, el quorum necesario para su realización, e incluirá las demás disposiciones para su correcto desarrollo y organización. Artículo 10.- La aplicación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 11.- El presente Decreto Supremo es publicado en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional y de Transparencia de las entidades que lo refrendan, el mismo día de la publicación de la presente norma. Artículo 12.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, por el Ministro del Interior, el Ministro de Educación, el Ministro de Salud, el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministro de Cultura, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de marzo del año dos mil dieciocho. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros ALEJANDRO ARTURO NEYRA SÁNCHEZ Ministro de Cultura JORGE ENRIQUE MELÉNDEZ CELIS Ministro de Desarrollo e Inclusión Social IDEL ALFONSO VEXLER TALLEDO Ministro de Educación VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior ANA MARÍA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ABEL HERNÁN JORGE SALINAS RIVAS Ministro de Salud JAVIER ALBERTO BARREDA JARA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones CARLOS RICARDO BRUCE MONTES DE OCA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1626771-1

REQUISITOS PARA PUBLICACILN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 10 páginas, el contenido del cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN