Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2013 (10/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 10 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES
Sub Gerente de Planeamiento y Presupuesto

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gobiernos regionales y los gobiernos locales son los responsables directos de garantizar la incorporacion de los procesos de la Gestion del Riesgo de Desastres en la promocion del desarrollo en el ambito de su competencia politico administrativa asegurando la adecuada armonizacion de los procesos de ordenamiento del territorio y su articulacion con la politica nacional de la gestion del riesgo de desastres; Que, el numeral 7 del articulo 11° del Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, Reglamento de la citada Ley N° 29664, precisa que los presidentes regionales y los alcaldes, constituyen y presiden los grupos de trabajo en gestion de riesgo de desastres, como espacios internos de articulacion para la formulacion de normas y planes, evaluacion y organizacion de los procesos de gestion de riesgo de desastres en el ambito de su competencia; Que, asimismo senala que los grupos de trabajo coordinaran la gestion prospectiva, correctiva y reactiva en el MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion de Riesgo de Desastres (SINAGERD), los grupos de trabajo estaran integrados por los responsables de los organos y unidades organicas competentes de sus respectivos gobiernos; Que, mediante la Directiva N° 001-2012-PCM/SINAGED aprobado por Resolucion Ministerial N° 276-2012-PCM; se han aprobado los "Lineamientos para la Constitucion y Funcionamiento de los Grupos de Trabajo de la Gestion de Riesgo de Desastres en los Tres Niveles de Gobierno", lineamiento que son de aplicacion para las entidades publicas del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales; Que, el numeral 2 del Art. 14° de la mencionada ley determina que los presidentes regionales y los alcaldes son las maximas autoridades responsables de implementar las medidas necesarias para garantizar la gestion del riesgo de desastres en sus respectivos ambitos de competencia; Que, en cumplimiento de la Ley N° 29664 Ley del Sistema Nacional de Gestion de Riesgo de Desastres y su reglamento, la Municipalidad Provincial de Canete, debe disponer la conformacion del grupo de trabajo para la gestion del riesgo de desastre, el mismo que estara compuesto por funcionarios de los niveles directivos superiores y presidido por la MORDAZA autoridad ejecutiva de la entidad el MORDAZA o Alcaldesa; Estando a lo expuesto y, en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y; contando con las visaciones de la Gerencia Municipal y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- CONSTITUYASE el Grupo de Trabajo para la Gestion de Riesgo de Desastres de la Municipalidad Provincial de Canete, para la formulacion de normas y planes, evaluacion, organizacion, supervision, fiscalizacion y ejecucion de los procesos de gestion de riesgo de desastres dentro de las competencias y funciones que establece el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo, el mismo que estara integrado por los siguientes funcionarios municipales: Presidente: Alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Canete Integrantes: Gerente Municipal Gerente de Administracion, Economia y Finanzas Gerente de Administracion Tributaria Gerente de Desarrollo MORDAZA y Rural Gerente de Desarrollo Social y Participacion Vecinal Gerente de Transportes y Seguridad Vial Gerente de Servicios Publicos Gerente de Desarrollo Economico Sub Gerente de Policia Municipal, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana

Articulo 2º.- Cada integrante titular podra designar a un representante quien podra asistir a las sesiones de grupo de trabajo en su ausencia temporal, con las mismas facultades obligaciones y responsabilidades del miembro titular. El miembro titular debera comunicar la designacion de su suplente por escrito a la presidencia del grupo de trabajo dentro de los cinco (05) dias habiles siguiente a la fecha de notificacion de la presente resolucion. Articulo 3.- CONFORMESE la Secretaria de Coordinacion del Grupo de Trabajo de Gestion del Riesgo de la Municipalidad Provincial de Canete, la misma que estara a cargo del Gerente de Administracion, Economia y Finanzas. Articulo 4.- DISPONGASE como funciones del Grupo de Trabajo de Gestion del Riesgo de la Municipalidad Provincial de Canete, lo siguiente: · Coordinar y articular la gestion prospectiva, correctiva y recreativa en el MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastre (SINAGERD). · Promover la formulacion de normas y planes para facilitar las acciones de su competencia. · Evaluar, supervisar, fiscalizar y contribuir con la ejecucion de los procesos de la gestion del riesgo de desastres en el ambito de su competencia. · Promover la participacion e integracion de esfuerzos de las entidades publicas. El sector privado y la ciudadania en general para la efectiva operatividad de los procesos del SINAGERD. · Articular la Gestion de Riesgo de Desastres dentro de los mecanismos institucionales, en su nivel correspondiente. · Coordinar la articulacion de sus decisiones en el MORDAZA de la integracion y armonizacion de la politica nacional de gestion del riesgo de desastre, con las otras politicas de desarrollo nacional, regional y local. · Contribuir la articulacion de la gestion prospectiva y gestion correctiva en los procesos de planificacion y a la implementacion de los procesos de estimacion, prevencion y reduccion del riesgo y tambien de la reconstruccion. · Articular la gestion reactiva y coordinar los procesos de preparacion, respuesta y rehabilitacion del SINAGERD con el sistema de seguridad y defensa nacional. · Constituir e implementar la "Secretaria de Coordinacion", la misma que brindara el apoyo tecnico y propondra las agendas de trabajo al presidente o titular de la entidad. · Promover el cumplimiento de las funciones de los sectores, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, establecidas en la Ley N° 29664 y su reglamento, cada uno en su nivel. · Coadyuvar a la implementacion y velar por el cumplimiento de lo establecido por los numerales 41.4 y 41.5 del reglamento de la Ley de SINAGERD. · Articular las actividades de las unidades organicas competentes para la implementacion y cumplimiento de las funciones establecidas en los articulos 12,13 y 14 de la Ley del SINAGERD y articulo 11 y 14 de su reglamento, en las entidades publicas, los Gobiernos Regionales y Locales. · Disenar y formular la propuesta normativa, con el apoyo tecnico del CENEPRED y el INDECI, de los planes y programas para el fortalecimiento de capacidades de los actores de la gestion del riesgo por procesos, a nivel nacional, regional y local segun corresponda. · Otras que le encargue el presidente del Grupo de Trabajo en funcion a la naturaleza y el encargo asignado. Articulo 5.- Publiquese la presente Resolucion de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA de transparencia de la Municipalidad Provincial de Canete. Articulo 6º.- Notificar la presente disposicion al interesado conforme a las disposiciones establecidas en el Art. 20° y 21° de la Ley N° 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General; y a las areas de la Corporacion Municipal para conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa

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