Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2001 (18/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban Reglamento para la Operacion e Implementacion del Deposito Oficial de Internamiento de Vehiculos Menores en el distrito
ORDENANZA N° 006 San MORDAZA de Lurigancho, 30 de MORDAZA de 2001 El Concejo Distrital de San MORDAZA de Lurigancho; VISTO : en Sesion Ordinaria de la fecha el Proyecto de REGLAMENTO SOBRE OPERACION E IMPLEMENTACION DEL DEPOSITO OFICIAL DE INTERNAMIENTO DE VEHICULOS MENORES EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO, aprobado mediante DICTAMEN N° 012-2000-CDLT/MSJL de fecha 14 de noviembre de 2000. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo preceptuado en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por Ley N° 27189 ­ Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores, se faculta a las Municipalidades a otorgar las autorizaciones para la prestacion del referido servicio; Que, de acuerdo con lo establecido en el Articulo 20° del Decreto Supremo N° 004-2000-MTC- Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores; a solicitud de la Municipalidad Distrital competente, la Policia Nacional del Peru procedera a erradicar y poner a disposicion de esta, cualquier vehiculo menor que se encuentre prestando servicio especial sin contar con la autorizacion respectiva, el que sera liberado cuando se MORDAZA abonado la multa correspondiente que fijara la autoridad municipal; Que, habiendose publicado en fecha 31 de agosto de 2000, la Ordenanza N° 015-2000/MSJL, que aprueba el Reglamento de Servicio Publico de Transporte Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores en este distrito, estableciendo en su Articulo 64° inciso b) la sancion accesoria de Internamiento del Vehiculo en el deposito oficial de Vehiculos Menores del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, entre otras sanciones contempladas en el citado numeral; es necesario implementar adecuadamente los mecanismos e infraestructura debida para la ejecucion de dicha sancion administrativa, viabilizando el cumplimiento de la funcion de control permanente, atribuida a la autoridad municipal; Y, habiendose sometido a consideracion del Pleno, el Dictamen N° 012-2000-CDLT/MSJL, que aprobo el Proyecto de Ordenanza materia del presente dictamen; en Sesion Ordinaria de fecha 24 de noviembre de 2000, por decision mayoritaria fue devuelto a Comision; y revisado nuevamente por la Comision Interna de Trabajo de Desarrollo Local y Transporte conformada para el presente ejercicio, este colegiado en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Organica de Municipalidades N° 23853, Ordenanza N° 015-2000-MSJL, el Reglamento Interno vigente, el Dictamen N° 003-2001-CDLT/MDSJL, el MORDAZA UNANIME del Pleno del Concejo y con la dispensa de la aprobacion de Actas: se aprobo la siguiente Ordenanza: Articulo Primero.- APRUEBESE el Reglamento para la Operacion e Implementacion del Deposito Oficial de Internamiento de Vehiculos Menores en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, que consta de 5 (cinco) titulos, 9 (nueve) articulos, cinco Disposiciones Finales y Transitorias y dos Anexos, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Direccion de Desarrollo MORDAZA, la Division de MORDAZA y Transporte,

a la Oficina de Fiscalizacion Municipal para su estricto cumplimiento y a la Oficina de Secretaria General su debida publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (e) REGLAMENTO PARA LA OPERACION E IMPLEMENTACION DEL DEPOSITO OFICIAL DE INTERNAMIENTO DE VEHICULOS MENORES EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO. TITULO I OBJETIVO Articulo 1º.- La presente Ordenanza tiene como objeto reglamentar la Operacion e Implementacion del Deposito Oficial Internamiento de Vehiculos Menores en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho para la debida aplicacion de las Normas contenidas en el Titulo X ­ DE LAS SANCIONES E INFRACCIONES ­ de la Ordenanza N° 015-2000-MSJL, garantizando las condiciones optimas para la custodia y seguridad de los Vehiculos Menores, y por ende la seguridad y calidad en favor de los usuarios y una competencia MORDAZA entre Instituciones prestadoras de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores. TITULO II BASE LEGAL Articulo 2º .- La presente Ordenanza se sustenta en las siguientes Bases Legales: a) Constitucion Politica del Peru, inciso 4) del Art. 192º. b) Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades inciso 5) del Art. 10º, incisos 1) y 2) del Art. 69º. c) Decreto Legislativo Nº 420, Codigo de MORDAZA y Seguridad Vial. d) Decreto Supremo Nº 012-95-MTC - Reglamento Nacional de Servicio Publico de Transporte MORDAZA e Interurbano de Pasajeros. e) Ley Nº 27189 - Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores. f) Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC - Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados y No Motorizados; modificado por Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC. TITULO III DEFINICIONES Articulo 3º.- Para los efectos del presente reglamento se entendera por: a) Deposito Oficial de Internamiento de Vehiculos Menores: Local provisto de equipamiento y seguridad de acuerdo a las normas que establezca la Autoridad Municipal. b) Detencion del Vehiculo: Acto de inmovilizacion del vehiculo por el personal de la Policia Nacional del Peru. c) Internamiento del Vehiculo: Ingreso del vehiculo al Deposito Oficial de Internamiento de Vehiculos Menores. d) Remocion del Vehiculo: cambio de ubicacion de un vehiculo estacionado, dispuesto por la Autoridad Policial; pudiendo ser remolcado por cuenta del propietario. TITULO IV DE LAS SANCIONES E INFRACCIONES Articulo 4°.- Las sanciones que se apliquen se sujetaran a lo establecido en el inciso b) del Articulo 64° de la Ordenanza N° 015-2000/MSJL. TITULO V DEL INTERNAMIENTO EN EL DEPOSITO Articulo 5º.- El Tecnico de Transporte y el personal de la Policia Nacional del Peru verificaran que los conductores,