Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2001 (20/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 201691

Articulo Segundo.- Encargar a la Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones, la difusion del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 22080

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Amplian alcances y prorrogan plazo de la amnistia tributaria concedida mediante la Ordenanza Nº 10-2001MDSM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 09-2001-MDSM San MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 10-2001-MDSM del 30 de marzo del 2001, publicada el 2 de MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano, se concedio amnistia tributaria a favor de los contribuyentes del distrito de San MORDAZA desde la fecha de su publicacion hasta el 30 de MORDAZA del ano 2001; Que, la amnistia otorgada dispone con caracter general la condonacion de intereses, sanciones, recargos y reajustes por las deudas tributarias del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales correspondientes a los ejercicios comprendidos entre los anos 1991 y 2000 inclusive, sin importar el estado de cobranza en que se encuentren; Que, resulta conveniente incluir dentro de la amnistia a las deudas de los contribuyentes por concepto de la Tasa de Licencia de Funcionamiento pendientes hasta el 31 de diciembre de 1999, segun lo establecido en la Ley Nº 27180; Que, por otro lado, es necesario tambien incluir dentro de la amnistia las obligaciones pendientes por concepto de Multas Tributarias y Multas Administrativas; asi como, senalar el procedimiento para el caso de las deudas materia de fraccionamiento; Que, el Articulo 5º de la misma Ordenanza faculta a la Alcaldia para que, por Decreto de Alcaldia, dicte las normas reglamentarias que precise su aplicacion, asi como tambien que pueda disponer la prorroga del beneficio; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades, con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Articulo Primero.- Incluyanse, bajo el beneficio de amnistia otorgado por la Ordenanza Nº 10-2001-MDSM, las deudas por concepto de la Tasa de Licencia de Funcionamiento pendientes hasta el 31 de diciembre de 1999; asi como, las deudas por concepto de las Multas Tributarias, originadas por la infraccion de omision a la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Autoavaluo. Las Multas Administrativas, cualquiera sea su estado de cobranza, seran rebajadas en un cincuenta por ciento (50%) del monto insoluto de las mismas, siempre que se encuentren pendientes de pago al 29 de marzo del ano 2001. Articulo Segundo.- Los deudores que a la fecha de publicacion del presente Decreto gozaran de Fraccionamiento podran acogerse tambien a la amnistia otorgada

por la Ordenanza Nº 10-2001-MDSM. Para ello deberan hacer renuncia a su contrato, tomando los pagos a cuenta para cancelar el MORDAZA saldo de la deuda, no existiendo materia de compensacion o devolucion alguna. Articulo Tercero.- Prorroguese el plazo para el beneficio de amnistia otorgado por la Ordenanza Nº 102001-MDSM hasta el dia 15 de MORDAZA de ano 2001. Articulo Cuarto.- Encarguese a la Oficina de Rentas, Informatica, Direccion de Administracion, Imagen Institucional y Ejecutoria Coactiva el cumplimiento de este Decreto, en lo que corresponda a sus funciones. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 22162

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Autorizan subdivision de lote de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 009/2001-DODU-MDS Surquillo, 3 de MORDAZA del 2001 EL DIRECTOR DE OBRAS Y DESARROLLO MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO VISTO, el Expediente Nº 56570-01 seguido por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cual solicita se autorice la Subdivision del Lote Matriz de 393.30 m2, el cual se ubica en la manzana M, lote Nº 251, de la urbanizacion Barrio Medico y Clinica Propia del distrito de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA, cuya zonificacion es R-4 (Residencial de Densidad Media). CONSIDERANDO: Que, el recurrente ha cumplido con presentar la documentacion requerida para el tramite y ha abonado los derechos senalados en el MORDAZA y Reglamento Nacional de Construcciones. Que, estando el Informe Nº 024-01/HRS-DOPUDODU-MDS de fecha 3 de MORDAZA del 2001, concordante con la Division de Catastro y Rehabilitaciones Urbanas; y, A merito de lo expuesto y la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; y, a las facultades conferidas mediante la Ordenanza Nº 058-MDS. RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR la Subdivision del Lote de 393.30 m2., constituido por el Lote Matriz ubicado en la Mz. M, lote Nº 251 de la urbanizacion Barrio Medico y Clinica Propia del distrito de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA, cuya zonificacion es R-4 (Residencial de Densidad Media), de la siguiente manera: SUBLOTE 1.- Con un area de 203.82 m2, encerrada dentro de los limites y medidas perimetricas siguientes: Por el Frente: Linea Recta de 3.65 m.l., lindando con el Jr. Colina. Por la Derecha: Linea Recta con 28.50 m.l., colindante con propiedad de terceros. Por la Izquierda:Linea quebrada de 5 tramos, el primer tramo con 4.10 m.l., el MORDAZA tramo voltea a la derecha con 0.45 m.l., el tercer tramo voltea a la izquierda con 13.95 m.l., el MORDAZA tramo voltea a la derecha con 10.60 ml. Todos estos tramos colindante