Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2001 (20/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
CARTILLA DE INSTRUCCIONES

MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2001

Las intrucciones que se presentan a continuacion son claras y precisas, por favor lealas con detenimiento MORDAZA de llenar la Declaracion Jurada. GENERALES A. B. C. El presente Formato sera utilizado para efectos de pagar mensualmente los derechos de pesca conforme lo dispone la Resolucion Ministerial Nº 139-2001-PE. La entrega del presente formato se efectuara en cualquier Direccion Regional de Pesqueria o en la Sede Central del Ministerio de Pesqueria. La informacion a consignarse debera hacerse a maquina o a manuscrito con letra imprenta. ESPECIFICAS MORDAZA (1) Consignar el codigo de pago asignado a la embarcacion pesquera. (2) Indicar la fecha de MORDAZA de la Declaracion Jurada Mensual. (3) Consignar la capacidad de bodega en m 3 conforme a los listados de embarcaciones pesqueras, establecida por Resoluciones Ministeriales Nºs. 100 y 102-2001-PE. Aquellas embarcaciones que obtuvieron su permiso de pesca en fecha posterior a la publicacion de las R.M. Nºs. 100 y 102-2001-PE, deberan considerar la capacidad de bodega en m 3 de su respectiva Resolucion Autoritativa. (4) Indicar el mes al que corresponde la presente Declaracion Jurada. (5) Se consignara el total de la captura expresada en T.M., que corresponda al mes de la declaracion. En este punto se considerara la totalidad de las especies capturadas por la embarcacion pesquera. (6) Indica el valor que corresponde por tonelada metrica extraida, el cual ha sido establecido a razon de 0.075% UIT por tonelada metrica de recursos extraidos entre el 1ero. de enero al 31 de diciembre del 2001 ( Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 139-2001-PE ). El % de la UIT establecida equivale a S/. 2.25 Nuevos Soles / T.M. (7) Colocar el resultado de la multiplicacion de los valores de las casillas (5) y (6). (8) Indicar el monto expresado en Nuevos Soles que corresponda por servicio del SISESAT (sin IGV) del mes que va a declarar; siempre y cuando MORDAZA efectuado el pago en la fecha prevista (Articulo 4º de la R.M. Nº 139-2001-PE ). Usar el MORDAZA de Cambio Promedio Ponderado Compra publicado en el Diario Oficial EL PERUANO por la Superintendencia de Banca y Seguros, de la fecha de pago por el servicio del SISESAT (Articulo 6º de la R.M. Nº 047-2001-PE). (9) Corresponde solo a saldo a favor por pago del SISESAT del ejercicio 2001. (10) Indicar el resultado de la suma de las casillas (8) + (9). (11) Corresponde al monto sin incentivo por pronto pago. (12) Calcular e indicar el 5% del valor obtenido en la MORDAZA (11). Este porcentaje se refiere al incentivo que se otorga a aquellos armadores pesqueros que efectuen sus pagos en forma mensual y dentro del plazo establecido, segun lo dispone el Articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 139-2001-PE. (13) Restar los valores de las casillas (11) - (12). Este resultado es el monto que le corresponde pagar al armador pesquero. Infomes : Telefonos Fax 224-3254 224-3338 224-3229 - 224-3330 Anexo 440

22147 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 034-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2001 CONSIDERANDO: Que el Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece las normas generales que regulan los pagos de derechos por concepto de explotacion de recursos hidrobiologicos; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 140-2001PE del 16 de MORDAZA del 2001, se establecen la normas para efectuar el pago de derechos de pesca por concepto de explotacion del recurso merluza correspondiente al ejercicio 2001, el mismo que deben efectuar los armadores de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca para merluza; Que el Articulo 4º de la precitada Resolucion Ministerial, establece que los armadores pesqueros podran, alternativamente, pagar mensualmente los derechos de pesca aplicando, solo en esta modalidad, una reduccion de hasta un cinco por ciento (5%) del monto que les corresponda pagar, como incentivo por pronto pago; y asimismo, podran deducir como pago a cuenta las cuotas abonadas por el servicio del Sistema de Seguimiento Satelital, deducido el Impuesto General a la Ventas; siempre y cuando, en ambos casos el importe del SISESAT y de los derechos de pesca se cancelen dentro de los diez (10) primeros dias utiles del mes siguiente al que corresponden y todas las cuotas mensuales anteriores se encuentren canceladas; Que es necesario establecer el formato y la informacion que debe contener la declaracion jurada mensual para la liquidacion de los derechos de pesca; Estando a lo informado por la Direccion de Ordenamiento Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 140-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el formato de Declaracion Jurada Mensual para la liquidacion de los derechos de pesca del recurso merluza correspondiente al ejercicio 2001, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los derechos de pesca de los meses de enero, febrero y marzo del 2001, se cancelaran dentro de los diez (10) primeros dias utiles de los meses de MORDAZA, junio y MORDAZA, respectivamente. Articulo 3º.- Los derechos de pesca se abonaran en el Banco Wiese Sudameris en la Cuenta Corriente en Nuevos Soles Nº 000-0093203- Derechos de Pesca. Articulo 4º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero