Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2001 (20/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- CHARPAS S.A. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- CHARPAS S.A. podra hacer uso de las instalaciones de aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios. Articulo 7º.- CHARPAS S.A. debera cumplir con obtener su Conformidad de Operacion, en los terminos y condiciones establecidos por la Direccion General de Aeronautica Civil, caso contrario, el presente Permiso de Operacion sera revocado en forma automatica. Articulo 8º.- Las aeronaves de CHARPAS S.A. podran operar en las rutas, aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas esten comprendidas dentro de sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Articulo 9º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica y economico-financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, el Reglamento vigente de acuerdo a lo senalado en la Tercera Disposicion Transitoria y Final de la referida Ley, y demas disposiciones legales vigentes; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectiva Conformidad de Operacion. Articulo 10º.- Si la Administracion verificase la ocurrencia de un fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, al MORDAZA del Articulo 6º y demas normas concordantes de la Ley de Simplificacion Administrativa, declarara nulo de pleno derecho, el acto o MORDAZA administrativo de que se trate; sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente, para la instauracion del correspondiente MORDAZA penal, conforme a lo previsto en el Articulo 29º del Decreto Legislativo Nº 757. Articulo 11º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil, Ley Nº 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA REBAGLIATI CASTANON Director General de Aeronautica Civil 21524

La citada Comision tiene como finalidad evaluar la estructura del sistema de administracion de justicia; advertir los principales problemas, obstaculos o deficiencias en el citado servicio; proponer un redisenamiento del sistema de organizacion jurisdiccional, medidas de aplicacion, sus fines y funciones con el proposito de prevenir o eliminar dificultadesexistentesyejecutarlacelebraciondeConveniosInterinstitucionales de apoyo reciproco, para lograr un servicio eficiente de administracion de justicia. En virtud a ello, este Despacho ha considerado designar tres Vocales Superiores quienes integraran la mencionada Comision. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a los senores doctores MORDAZA FERREYRA VILDOZOLA, MORDAZA LAMA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocales Superiores, como miembros de la Comision de Evaluacion y Redisenamiento del Sistema de Administracion de Justicia. Articulo Segundo.- Los citados Magistrados elevaran un informe respecto a las reuniones sostenidas con el Colegio de Abogados y los resultados de las gestiones entre MORDAZA instituciones para su evaluacion y ejecucion en lo que compete a la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo Tercero.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina de Administracion, Oficina de Imagen, los senores Vocales Superiores indicados en la presente y el Colegio de Abogados de MORDAZA, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 22122

Designan responsables de la Oficina de Coordinacion del Convenio Reniec de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 121-2001-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 18 de MORDAZA del 2001 CONSIDERANDO: Que, es politica de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, lograr el mejoramiento del servicio de la administracion de justicia en sus distintos niveles, areas jurisdiccionales y administrativas. Que, con fecha 2 de febrero del ano 2000, se suscribio el Convenio de Cooperacion interinstitucional entre el Registro Nacional de Identificacion para la regulacion entre el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y el Poder Judicial, con la finalidad de verificar y comprobar los datos y suministro de informacion, requeridos y/o solicitados se canalicen exclusivamente por dicho conducto. Que, mediante Oficio Nº 020-GSJ-GG-2000, la Gerencia de Servicios Judiciales de la Gerencia General del Poder Judicial, ha creido por conveniente solicitar a los Presidentes de las Cortes Superiores de la Republica la designacion de los responsables del Convenio Reniec, para su respectiva Sede Judicial. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, es la MORDAZA autoridad Administrativa de Sede Judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial; por consiguiente puede designar a los Representantes del Convenio Reniec. Que, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial;

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan miembros de la Comision de Evaluacion y Redisenamiento del Sistema de Administracion de Justicia
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 120-2001-P-CSJLI/PJ MORDAZA, dieciseis de MORDAZA del 2001 VISTA: El Acta suscrita por el doctor MORDAZA Belaunde Moreyra, Decano del Colegio de Abogados de MORDAZA y la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, de fecha 22 de enero del ano en curso; y, CONSIDERANDO: Mediante el acta de vista, se plasmo el acuerdo entre MORDAZA instituciones para crear la Comision de Evaluacion y Redisenamiento del Sistema de Administracion de Justicia, integrada por miembros del Colegio de Abogados de MORDAZA y de la Corte Superior de Justicia de Lima.