Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2001 (20/04/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2001

Articulo 2º.- Incorporar al final del MORDAZA parrafo del Articulo 20º del Reglamento Operativo, la frase siguiente: "El Regimen Especial Transitorio concluira en caso no se cumpla con lo dispuesto en los Articulos 4º y 5º del Reglamento". Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y sera de aplicacion a las IFIS cuya propuesta de participacion en el Programa de Consolidacion del Sistema Financiero MORDAZA sido presentada por la respectiva CEPRE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 22175

Aprueban transferencia de concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las Centrales Hidroelectricas de Poechos I y II, a favor de SINERSA
RESOLUCION SUPREMA Nº 071-2001-EM MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2001 VISTOS: El Expediente Nº 11074197, organizado por Empresa Electrica Curumuy S.A. sobre solicitud de Concesion Definitiva para desarrollar la actividad de Generacion de energia electrica, y la solicitud de sustitucion presentada por Sindicato Energetico S.A. (SINERSA); CONSIDERANDO: Que, con fecha 31 de enero de 1997 Empresa Electrica Curumuy S.A. solicito, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, Concesion Definitiva para desarrollar la actividad de Generacion de energia electrica en las Centrales Hidroelectricas de Poechos I y Poechos II, con una capacidad instalada total de 27 MW, localizadas en la provincia de Sullana del departamento de MORDAZA, MORDAZA comprendida dentro de las coordenadas UTM que figuran en el Expediente, ubicada dentro de los cincuenta (50) kilometros de la frontera norte del pais; y mediante la Resolucion Suprema Nº 075-97-EM, publicada el 24 de MORDAZA de 1997, le fue otorgada la Concesion Definitiva solicitada, en los terminos y condiciones senalados en la referida Resolucion; Que, posteriormente con fecha 30 de MORDAZA de 1997, Sindicato Energetico S.A. (SINERSA) comunico a la Direccion General de Electricidad que Empresa Electrica Curumuy S.A. ha quedado disuelta, por haberla absorbido en virtud de las Escrituras Publicas de Fusion por Absorcion y Aclaratoria inscritas en la Ficha Nº 108448 del Registro de Personas Juridicas de Lima; y solicito que, en consecuencia, la Concesion le sea transferida a su favor; Que, por Decreto Supremo Nº 001-2001-EM se ha declarado de necesidad publica la inversion privada en actividades electricas dentro de los cincuenta (50) kilometros de la frontera de la provincia de Sullana del departamento de MORDAZA, area en donde se ubicara la Central Hidroelectrica de Poechos, con lo que se ha dado cumplimiento al Articulo 71º de la Constitucion Politica del Peru, toda vez que SINERSA es una persona juridica, constituida en el MORDAZA, que cuenta con la participacion de accionistas extranjeros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad del Ministerio de Energia y Minas ha evaluado y analizado la documentacion a que se refieren los considerandos precedentes, habiendo emitido el Informe Nº 0152001-EM/DGE opinando que es procedente aprobar la transferencia de la Concesion a favor de Sindicato Energetico S.A. (SINERSA), suscribiendo el Contrato de Concesion, el mismo que debera ser elevado a Escritura Publica, incorporando en esta el texto de la presente Resolucion e inscribirla en el Registro de Concesiones para la explotacion de los Servicios Publicos, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Estando a lo dispuesto en los Articulos 53º y 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la Concesion Definitiva para desarrollar la actividad de Genera-

ENERGIA Y MINAS
Suspenden la admision de petitorios mineros sobre area correspondiente a diversas cartas nacionales, ubicadas en los departamentos de MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 018-2001-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los Articulos 67º y 69º de la Constitucion Politica del Peru, el Estado promueve el uso sostenible de sus recursos naturales y el desarrollo sostenible de la Amazonia con una legislacion adecuada; Que, resulta necesario realizar estudios ambientales y socioeconomicos sobre ciertas areas del departamento de MORDAZA de MORDAZA, para los efectos de precisar las acciones pertinentes que garanticen una politica sectorial ambiental adecuada; Que, dichas areas estan contenidas en las Cartas Nacionales Nºs. 25-X, 25-Y, 26-U, 26-V, 26-X, 26-Y y 27-V; Que, con tal fin y en tanto se dicten las disposiciones que resulten necesarias, debe suspenderse la admision de petitorios mineros en las zonas referidas; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Suspendase a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo, hasta el 31 de diciembre de 2001, la admision de petitorios mineros sobre el area correspondiente a las Cartas Nacionales 25-X (Rio Pariamanu), 25-Y (Alegria), 26-U (Puerto Luz), 26-V (Colorado), 26-X (Laberinto), 26-Y (Puerto Maldonado) ubicadas en el departamento de MORDAZA de MORDAZA y 27-V (Mazuco) ubicada en los departamentos de MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA, en cuyos territorios se ubican las comunidades de Puerto Luz, San MORDAZA de Karene, MORDAZA MORDAZA, Shiringayoc, Tres Islas, El MORDAZA, San MORDAZA y Kotsimba. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 22177