Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2001 (20/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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del Concejo Distrital de Jepelacio, solicitando se declare nula e insubsistente la Resolucion Nº 001-MDJ/2001, que declara la vacancia de su cargo; y, CONSIDERANDO: Que, existe como antecedente en archivos de Secretaria General del MORDAZA Nacional de Elecciones, la Resolucion Nº 1285-2000-JNE de fecha 24 de octubre del 2000, que declaro fundado el recurso de revision interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Jepelacio e improcedente la solicitud de convocatoria de MORDAZA en el referido concejo, al no haberse cumplido con sustentar los motivos legales de la declaratoria de vacancia; Que, del estudio y analisis de los documentos que obran en autos, se ha establecido que los Regidores del Concejo Distrital de Jepelacio, en sesion ordinaria de concejo de fecha 28 de febrero del 2001, declararon nuevamente la vacancia del cargo de MORDAZA, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, argumentando que se ausento del distrito de Jepelacio por mas de 56 dias sin autorizacion del concejo; Que, sin embargo se advierte que los Regidores del referido concejo, en el procedimiento de vacancia no han observado lo dispuesto en el Articulo 39º de la Ley Nº 23853, que establece que el concejo municipal sesiona ordinariamente cuando menos una vez cada 15 dias y extraordinariamente cuando lo convoca el MORDAZA o lo solicite cuando menos la tercera parte del numero legal de sus miembros; en caso de no ser convocados por el MORDAZA dentro de los 5 dias habiles siguientes a la peticion, puede hacerlo el MORDAZA MORDAZA o cualquier Regidor previa notificacion escrita al Alcalde; entre la convocatoria y la sesion mediaran cuando menos, dos dias habiles; Que, a fojas 15, se advierte que solo se ha acompanado una MORDAZA de una carta de invitacion a sesion de concejo dirigida al senor MORDAZA, presentada el 27 de febrero del 2001, para asistir a una sesion programada para el dia siguiente; hecho que no cumple lo prescrito en el referido Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades; Que, asimismo, revisados los documentos que obran en autos, se ha establecido que no se ha notificado al MORDAZA, la resolucion que lo vaco en el cargo; este hecho lesiona los derechos consagrados en el numeral 23) Articulo 2º y numeral 3 del Articulo 139º de la Constitucion Politica del Peru, sobre legitima defensa y debido proceso; por lo que: Al MORDAZA de las normas citadas, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado y la ley, el pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de revision interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Jepelacio de la provincia de Moyobamba y nulas e insubsistentes el acta de sesion ordinaria de concejo de fecha 28 de febrero del 2001 y la Resolucion Nº 001-MDJ/2001 sin fecha, que declaran la vacancia de su cargo. Articulo Segundo.- Declarar que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, continua en el ejercicio del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Jepelacio, elegido para el periodo municipal 1999 al 2002. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON -LANDA MORDAZA, Secretario General 22138

Declaran improcedentes solicitudes de revision de acuerdos sobre declaratoria de vacancia de MORDAZA y regidores del Concejo Distrital de Cachicadan
RESOLUCION Nº 314-2001-JNE MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2001 VISTOS: El Expediente Nº 1643-2000, que contiene el recurso de revision interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el acuerdo de sesion del 12 de febrero del 2001 del Concejo Distrital de Cachicadan, provincia de MORDAZA de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, que desestima la solicitud para la declaratoria de vacancia de cargos que ejercen MORDAZA MORDAZA Boado y MORDAZA MORDAZA Ascate MORDAZA, MORDAZA y Regidor, respectivamente, del citado Concejo; El escrito recibido el 23 de febrero del 2001, remitido por MORDAZA MORDAZA Boado, MORDAZA del Concejo Distrital de Cachicadan, remitiendo MORDAZA del acta de sesion del 12 de febrero del 2001, que acordo desestimar el pedido de vacancia de su cargo y del Regidor MORDAZA MORDAZA Ascate Quezada; ademas, remite el pedido de revision interpuesto por este ultimo Regidor contra el acuerdo de la sesion en mencion en el extremo que desestima el pedido para la vacancia de los Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Sanchez; Oidos los informes orales; CONSIDERANDO: Que, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por solicitud corriente de fojas 17 a 20 presentada el 14 de noviembre del 2000, ante el Concejo Distrital de Cachicadan, solicito declarar la vacancia del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Boado y del Regidor MORDAZA MORDAZA Ascate MORDAZA, al haber incurrido ambos en las causales de vacancia establecidas en los Articulos 23º numeral 7) y 88º de la Ley Organica de Municipalidades; que posteriormente, el ciudadano Leni MORDAZA MORDAZA MORDAZA por solicitud presentada el 30 de noviembre de 2000, solicito al citado Concejo declare la vacancia de los Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por nepotismo, conforme aparece de fojas 145, asimismo el Regidor MORDAZA MORDAZA Ascate MORDAZA por solicitud presentada el 2 de febrero del 2001, pidio incluir en el pedido de vacancia a los Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme consta a fojas 120; Que, el Concejo Distrital de Cachicadan en sesion del 12 de febrero del 2001, con tres (3) votos contra la vacancia y un (1) MORDAZA del Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA quien indica que la ley determine, acordo por mayoria desestimar la solicitud para declarar la vacancia de cargos del MORDAZA don MORDAZA MORDAZA Boado y del Regidor don MORDAZA MORDAZA Ascate Quezada; en otro extremo, tambien se desestimo el pedido de vacancia de los cargos de los Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tal como aparece de fojas 114 a 118, acuerdos que han sido formalizados por las Resoluciones de Concejo Nºs. 002 y 003-2001 de fechas 13 de febrero de 2001, que obran a fojas 110 y 113, respectivamente; asimismo, el Regidor MORDAZA MORDAZA Ascate MORDAZA solicita se revise el acuerdo que desestima declarar la vacancia de los Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sanchez; Que, solo el acuerdo de concejo que declara la vacancia de MORDAZA o Regidor es susceptible de revision a pedido de parte, conforme lo establece el MORDAZA parrafo del Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; por lo que, la solicitud de revision del acuerdo del Concejo Distrital de Cachicadan que resolvio desestimar el pedido de vacancia de Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA