Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2020 (15/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Miércoles 15 de julio de 2020

NORMAS LEGALES

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trabajadores del establecimiento, se deberá exhibir una Declaración Jurada en la que conste que éstas se van a realizar de manera periódica a la totalidad de sus colaboradores. e) Afiches o avisos visibles a fin de promover las medias de bioseguridad (limpieza, desinfección y protección personal), así como limpieza de superficies vivas, como frutas, verduras y productos envasados para que los clientes lo realicen después de la compra. Artículo 10º.- Disposiciones de Aplicación: En el marco de lo dispuesto en del D. U. Nº 0262020, el D. S. Nº 044-2020-PCM y sus modificatorias, D.S. Nº 046-2020-PCM y demás normativa aplicable, la Municipalidad deberá: 1. A través de la Sub Gerencia de Fiscalización, prestar el apoyo necesario para la realización de operativos permanentes y/o conjuntos con el Ministerio de Salud y la Policía Nacional, para supervisar el cumplimiento de las medidas dictadas por el Poder Ejecutivo, debiendo la entidad, en caso se detecte algún incumplimiento, realizar la denuncia correspondiente al Ministerio Público y/o iniciar el procedimiento sancionador establecido por la Ordenanza respectiva y sus disposiciones modificatorias, sustitutorias y conexas. 2. A través del órgano competente, colaborar con la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL y la Autoridad Nacional del Servicio Civil­SERVIR, según corresponda, conforme a sus competencias, procediendo a efectuar la denuncia administrativa ante dichas entidades, de ser necesario. Asimismo, en los asuntos de competencia municipal y en el marco de la Emergencia Sanitaria y la Emergencia Nacional declaradas, realizar los operativos de fiscalización, generando el procedimiento sancionador correspondiente. 3. La Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana deberá colaborar con la Policía Nacional y las Fuerzas

Armadas en el cumplimiento del aislamiento social obligatorio (cuarentena) y la inmovilización social obligatoria previstas en el Decreto Supremo Nº 0442020-PCM, precisado por el Decreto Supremo Nº 0462020-PCM, y en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada a nivel nacional a través del Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, así como sus disposiciones reglamentarias, complementarias, modificatorias, sustitutorias y conexas. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, disponga las medidas reglamentarias y/o complementarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como prorrogar las fechas de vencimiento establecidas en el artículo segundo. Segunda.- INCORPORESE al RASA de la Municipalidad del C.P Santa Maria de Huachipa el Anexo I y Anexo II, la misma que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Tercera.- Encargar a la Gerencia Municipal, y demás Gerencias y Sub Gerencias el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Secretaría General la publicación de la misma en el Diario Oficial "El Peruano, a la Sub Gerencia de Imagen Institucional la difusión respectiva y a la Sub-Gerencia de Informática, la publicación en el Portal Institucional: www.munihuachipa. gob.pe. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROGELIO RUIZ PORTOCARRERO Alcalde
INFRACCIÓN COMERCIO, Y/O SERVICIO, FABRICA O INDUSTRIA (% UIT) 20 MEDIDAS COMPLEMENTARIAS

ANEXO I
COD. DESCRIPCION DE LA INFRACCION Por permitir el ingreso y estadía de personas (clientes) al establecimiento industrial, comercial y/o de servicio, sin contar con la mascarilla y otras medidas de prevención para evitar la propagación del COVID19, de acuerdo con lo establecido en la presente Ordenanza. Por permitir el ingreso de personal (trabajadores) al establecimiento comercial, industrial y/o de servicio, sin previo control de temperatura corporal diaria y provistos de elementos de seguridad como son mascarillas, gorro y guardapolvo de acuerdo con lo establecido en la presente Ordenanza. Por no usar bolsas o medio de confinamiento cerrado herméticamente que originan vertidos y/o desperdicios contaminantes. Por no implementar que el personal que labora en el establecimiento debe conservar la separación mínima de un metro (1.00 m) de distancia. Por no implementar un chequeo del personal de trabajo, donde se realice la medición de temperatura corporal diaria o no contar con declaración jurada de compromiso para el descarte del COVID19 a todo el personal del establecimiento o no contar con control de asistencias y justificación de inasistencias. Por no cumplir con el aforo máximo permitido que será del 50% del señalado en el Certificado ITSE. Por no contar con afiches o avisos visibles a fin de no permitir el ingreso de usuarios al establecimiento sin mascarilla (que cubra boca y nariz) correctamente colocada y/o no suministrar alcohol de 96º o alcohol gel (antisepsia de manos) al ingreso y salida de los mismos, a través de un dispensador o personal, para la desinfección de manos. Por no implementar señalización personal con círculos de distanciamiento social en los pisos de un metro (1.00 m) de separación entre cada uno de ellos, al ingreso del establecimiento, a fin de evitar aglomeración de usuarios Por no implementar un protocolo de desinfección de productos manipulables en la provisión y entrega de los mismos hacia los clientes que sea visible Por desarrollar actividades comerciales y/o de servicios fuera del horario establecido por las disposiciones municipales y/o normas legales establecidas por el Gobierno Nacional en el periodo de Emergencia Sanitaria. Por contravenir la orden de la clausura temporal durante el estado de Emergencia Nacional. Por no implementar en el establecimiento la desinfección al inicio y al final de cada jornada laboral, con Hipoclorito de Sodio al 0.1 %

1

G

CLAUSURA TEMPORAL

2

G

20

CLAUSURA TEMPORAL

3 4

G G

20 20

CLAUSURA TEMPORAL CLAUSURA TEMPORAL

5

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CLAUSURA TEMPORAL

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MG

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CLAUSURA TEMPORAL

7

L

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CLAUSURA TEMPORAL

8 9 10 11 12

L G G MG G

10 20 20 40 20

CLAUSURA TEMPORAL CLAUSURA TEMPORAL CLAUSURA TEMPORAL CLAUSURA TEMPORAL CLAUSURA TEMPORAL