Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2020 (15/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Miércoles 15 de julio de 2020

NORMAS LEGALES ORGANISMOS AUTONOMOS

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Magistrada Coordinadora Nacional del Sub Sistema Especializado en Extinción de Dominio propone la designación del señor Fidel Palomino León, Juez Especializado titular del Juzgado de Investigación Preparatoria de Concepción, Corte Superior de Justicia de Junín; conforme a lo expuesto por el Presidente de la referida Corte Superior. Quinto. Que, en ese sentido, a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Junín, resulta pertinente aceptar la declinación del señor Guido Reynaldo Arroyo Ames; y designar a su reemplazo. Sexto. Que, en este contexto, es menester señalar que las designaciones para desempeñar funciones en órganos jurisdiccionales especializados en extinción de dominio y en delitos de corrupción de funcionarios; así como en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, son efectuadas previa coordinación y aceptación del juez propuesto; por lo que no es aceptable que con posterioridad declinen. En tal sentido, a fin de no afectar el servicio de administración de justicia, será la última vez que se atenderá la solicitud de declinación de un juez designado en uno de los citados órganos jurisdiccionales. Sétimo. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 418-2020 de la décimo segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Oficial del Bicentenario El Peruano, la declinación del señor Guido Reynaldo Arroyo Ames, Juez titular del Primer Juzgado Penal Liquidador del Distrito Judicial de Junín, a su designación como Juez del Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Junín. Artículo Segundo.- Designar, a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Oficial del Bicentenario El Peruano, al señor Fidel Palomino León, Juez Especializado titular del Juzgado de Investigación Preparatoria de Concepción, Corte Superior de Justicia de Junín, como Juez del Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Junín. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Junín, Magistrada Coordinadora del Sub Sistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio, jueces mencionados; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1871116-1

CONTRALORIA GENERAL
Aprueban la Directiva Nº 009-2020-CG/ GCSD "Recepción, Evaluación y Atención de Denuncias"
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 206-2020-CG Lima, 14 de julio de 2020 VISTOS: La Hoja Informativa Nº 000006-2020-CG/GCSD de la Gerencia de Control Social y Denuncias; y, la Hoja Informativa Nº 000202-2020-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su ley orgánica; asimismo, es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, que tiene como atribución supervisar la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control; Que, el literal n) del artículo 22 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República establece que la Contraloría General de la República tiene por atribución recibir y atender denuncias de los ciudadanos, relacionadas con las funciones de la administración pública, otorgándoles el trámite correspondiente sea en el ámbito interno, o derivándola ante la autoridad competente; estando la identidad de los denunciantes y el contenido de la denuncia protegidos por el principio de reserva; Que, el literal q) del artículo 9 de la Ley Nº 27785 señala que la participación ciudadana es el principio de control gubernamental que permite la contribución de la ciudadanía en el ejercicio del control gubernamental; Que, el artículo 4 de la Ley Nº 29542, Ley de protección al denunciante en el ámbito administrativo y de colaboración eficaz en el ámbito penal, establece que la Contraloría General de la República es la autoridad competente que recibe y evalúa las denuncias presentadas, dando trámite a las que se encuentren dentro de su ámbito de competencia y derivando aquellas cuyo trámite corresponda ser efectuado por otras instancias administrativas que, por disposición legal expresa, tenga competencia sobre la matera objeto de la denuncia; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 2682015-CG se aprobó la Directiva Nº 011-2015-CG/GPROD "Servicio de Atención de Denuncias", cuyo objetivo es regular el servicio relacionado de atención de denuncias por parte de la Contraloría General de la República y los Órganos de Control Institucional; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 452-2018CG se aprobó el "Plan Estratégico Institucional Modificado de la Contraloría General de la República 2019-2024", el cual está principalmente orientado a que los órganos que integran el Sistema Nacional de Control brinden servicios de control gubernamental más eficaces y oportunos para el logro de su misión, generando mecanismos de prevención, detección, investigación y sanción, con el fin de reducir los actos de corrupción, las inconductas funcionales, coadyuvar a la eficacia y eficiencia de la gestión pública y promover la participación ciudadana en el control social; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 0852019-CG se aprueba el "Plan de Modernización de la Contraloría General de la República", cuyo objetivo es instaurar el proceso de modernización institucional a partir