Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2020 (14/08/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Viernes 14 de agosto de 2020 /

El Peruano

Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación de las áreas del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación de las áreas del inmueble afectado por la obra: "Red Vial Nº 6: Tramo: Puente Pucusana ­ Cerro Azul ­ Ica, de la Carretera Panamericana Sur" y el valor de la Tasaciones ascendentes a S/ 39 300.00 (Treinta y nueve mil trescientos con 00/100) y S/ 31 320.00 (Treinta y un mil trescientos veinte con 00/100), conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir las áreas del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del TUO de la Ley, a efectos de inscribir las áreas del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario.

3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto de las áreas del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral de las áreas del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario las áreas expropiadas del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, requiriéndole la desocupación y entrega de las áreas expropiadas del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse las áreas del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ESTREMADOYRO MORY Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: RED VIAL Nº 6 TRAMO: PUENTE PUCUSANA ­ CERRO AZUL ­ ICA, DE LA CARRETERA PANAMERICANA SUR
VALOR DE LA TASACIÓN (S/)



SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO

SUJETO PASIVO CÓDIGO: 11021199081 A

IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AREA AFECTADA: 3,275.00 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADO 1 2 3 4 5 6 7 1-2 2-3 3-4 4-5 5-6 6-7 7-1 DISTANCIA (m) 137.35 194.56 7.96 171.04 31.17 117.89 12.57 WGS84 ESTE (X) 371711.7928 371707.2684 371513.6201 371514.3815 371684.6712 371695.3858 371699.2650 NORTE (Y) 8507467.0262 8507329.7517 8507348.5831 8507356.5096 8507340.4730 8507350.1915 8507468.0205

LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: Por el Norte: Colinda con propiedad de terceros P.E Nº 11032653 (UC Nº 076763) con una longitud de 12.57 m. Por el Sur: Colinda con Camino Rural a Centro Poblado Litardo Bajo con una longitud de 194.56 m. Por el Este: Colinda con la Panamericana Sur con una longitud de 137.35 m. CONSTRUCCIONES Por el Oeste: Colinda con área remanente del terreno Y PROYECTOS DE afectado P.E Nº 40013468 (UC Nº 07868) con una MINISTERIO DE EDIFICACIONES longitud de 328.06 m. TRANSPORTES Y EN GENERAL 1 COMUNICACIONES/ SOCIEDAD PROVIAS PARTIDA REGISTRAL: Nº 40013468 perteneciente ANONIMA NACIONAL a la Oficina Registral de Chincha - Zona Registral Nº CERRADA ­ XI - Sede Ica. COPRODECA S.A.C. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 27/06/2018 (Informe Técnico Nº 01410-2018-ZR-XI/UR-CHINCHA) por la Oficina Registral de Chincha de la Zona Registral Nº XI, Sede Ica. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 16.10.2018, por la Oficina Registral de Chincha, Zona Registral Nº XI, Sede Ica.

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