Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2019 (05/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Sábado 5 de octubre de 2019 /

El Peruano

de las políticas, planes y programas en ciencia, tecnología e innovación (CTI) y las necesidades de la oferta y demanda para su desarrollo, lo que constituye una gran oportunidad para avanzar en el proceso de armonización y estandarización de metodologías para la construcción de indicadores y en la reflexión sobre demandas actuales de información estadística, para conocer el estado actual de la CTI, así como para la mejora e innovación en los organismos nacionales de ciencia y tecnología del país; Que, por tratarse de un evento de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje del señor Camilo Alfredo Figueroa Moy, Especialista en Indicadores en CTel del CONCYTEC, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 08 al 13 de octubre de 2019, a fin que participe en el evento; Que, los gastos por concepto de pasajes, así como por viáticos parciales, serán asumidos por los organizadores del evento, mientras que los gastos por concepto de traslados, serán asumidos por el CONCYTEC; De conformidad con la Ley N° 30879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas mediante el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo N° 0222017-PCM; y la Directiva de Autorización de Viajes al Exterior, aprobada por Resolución Ministerial N° 2552002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Camilo Alfredo Figueroa Moy, Especialista en Indicadores en CTel para la Sub Dirección de Seguimiento y Evaluación de la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, del 08 al 13 de octubre de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (US$ 111.00 x 2) : US$ 222.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar ante la Titular de su Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros 1814339-1

CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1412, que aprueba la Ley de Gobierno Digital, dispone que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno Digital, es el ente rector en materia de gobierno digital, el cual comprende tecnologías digitales, identidad digital, interoperabilidad, servicio digital, datos, seguridad digital y arquitectura digital; dictando para tal efecto las normas y procedimientos en dicha materia; Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 022-2017-PCM, establece en los artículos 47 y 48, que la Secretaría de Gobierno Digital es el órgano de línea, con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de formular y proponer políticas nacionales y sectoriales, planes nacionales, normas, lineamientos y estrategias en materia de informática y de gobierno electrónico; asimismo, ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Informática, promoviendo espacios de coordinación con representantes de la administración pública, del sector privado, academia, sociedad civil organizada y ciudadanos con la finalidad de optimizar el uso de las tecnologías digitales para acercar el Estado al ciudadano; Que, por Decreto Supremo Nº 033-2018-PCM, se crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y se establecen disposiciones adicionales para el desarrollo del gobierno digital; asimismo, se designa como Líder Nacional de Gobierno Digital a la Secretaría de Gobierno Digital; quien dirige, evalúa y supervisa el proceso de transformación digital y dirección estratégica del Gobierno Digital, para cuyo efecto, garantiza espacios de participación de los ciudadanos en el diseño y la cocreación de servicios públicos digitales promoviendo contenidos de valor alineados a la transformación digital del Estado para el ciudadano, entre otros; Que, a través del Decreto Supremo N° 118-2018PCM, se declara de interés nacional el gobierno digital, la innovación y la economía digital con enfoque territorial; con la finalidad de fortalecer la transformación digital en el Perú en torno a un gobierno digital efectivo que permita mejorar la transparencia en los procesos públicos, mejorar el servicio y la interacción con los ciudadanos, la seguridad y privacidad en el entorno digital, la eficiencia y productividad del Estado, el fortalecimiento del ecosistema digital e innovación, promoviendo el bienestar económico y social del país, con un enfoque territorial; Que, en ese mismo sentido, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en el documento "Recomendación del Consejo sobre Estrategias de Gobierno Digital", exhorta a los gobiernos que al desarrollar sus estrategias de Gobierno Digital fomenten el compromiso y la participación de los actores públicos, privados y de la sociedad civil en la formulación de políticas y el diseño y la prestación de servicios públicos, a fin de formar un ecosistema de gobierno digital y un marco de colaboración para la provisión y uso de servicios digitales; Que, asimismo, el referido organismo internacional, señala en el documento "Hacia un Estado Digital más Cercano a los Ciudadanos 2019", que la adopción de la nueva Ley de Gobierno Digital proporciona la infraestructura institucional para apoyar la transformación digital del sector público, instaura principios rectores para los esfuerzos de digitalización del gobierno, establece el mandato de la autoridad nacional de gobierno digital, y traza los esfuerzos necesarios para lograr la digitalización de los servicios y, además, recomienda desarrollar espacios de generación de talento y de co-creación de soluciones digitales para la transformación digital del país; Que, en base a lo expuesto, se requiere contar con una plataforma para el desarrollo digital ágil como un espacio de cooperación y co-creación que fomente la innovación digital a través de la articulación de actores del sector público, sector privado, academia, sociedad civil, ciudadanos y personas en general a fin de coadyuvar en el desarrollo de la transformación digital en el Estado, mediante el diseño y creación de servicios digitales, soluciones tecnológicas y plataformas digitales enfocadas en satisfacer las reales necesidades de la sociedad;

Disponen la creación del Laboratorio de Gobierno y Transformación Digital del Estado en la Presidencia del Consejo de Ministros
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL N° 003-2019-PCM/SEGDI Lima, 27 de septiembre de 2019