Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2019 (05/10/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 22
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NORMAS LEGALES
(1) Orientaciones Operativas Marítimas: Hasta TREINTA Y TRES (a) Promoción 2015 (b) Promoción 2016 (2) Orientaciones Operativas Anfibias y Operaciones Especiales: (a) Promoción 2016 (3) Orientaciones Funcionales: (a) Promoción 2013 (b) Promoción 2015 (c) Promoción 2016 (4) Sin Sub-Clasificación: (a) Promoción 2015 (33)
Sábado 5 de octubre de 2019 /
El Peruano
Hasta UNO (01) Hasta TREINTA Y DOS (32) Hasta OCHO Hasta OCHO Hasta DIECISIETE CERO Hasta UNO Hasta DIECISEIS Hasta DOS Hasta DOS (08) (08) (17) (00) (01) (16) (02) (02)
Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa 1814333-1
Declaran en la Fuerza Aérea del Perú las vacantes para Personal de Oficiales de la FAP, correspondientes al Proceso de Ascenso 2019 - Promoción 2020
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1338-2019 DE/FAP Lima, 4 de octubre de 2019 VISTO: El Oficio C-35-COFA-DGPE N° 0115 del Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, de fecha 24 de setiembre de 2019; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, establece que los procesos de ascensos tienen por finalidad garantizar una línea de carrera profesional sustentada en un sistema de evaluación, selección y promoción de los oficiales al grado militar inmediato superior; desarrollados en estricta observancia del ordenamiento constitucional y legal vigente; Que, el artículo 9 de la citada Ley señala que las vacantes son las plazas disponibles para el ascenso en cada grado militar, las cuales son expedidas anualmente mediante Resolución Ministerial, a propuesta del Comandante General respectivo, permaneciendo inalterables a lo largo del proceso; Que, el artículo 23 del Reglamento de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2008DE, modificado por Decreto Supremo N° 015-2011-DE/ SG, señala que la determinación de vacantes en cada grado es efectuada observando los criterios siguientes: a) Cuadro Orgánico de Oficiales aprobado para el año siguiente al proceso de ascensos; b) Efectivo de Oficiales al mes de julio del año del proceso de ascenso; c) Plazas producidas por cambios de situación militar, posteriores al mes de julio del año del proceso de ascenso; d) Plazas generadas por vacantes a otorgarse, para el grado inmediato superior; e) Promociones de egreso para los Oficiales procedentes de las Escuelas de Formación e ingreso para los Oficiales de procedencia universitaria; Que, el artículo 26 del referido Reglamento establece que la propuesta para la declaratoria de vacantes deberá ser presentada por el Comandante General de cada Institución Armada al Ministro de Defensa, en la segunda
quincena del mes de setiembre del año del proceso de ascenso, para su aprobación y publicación a través de la Resolución Ministerial correspondiente, emitida durante la primera semana de octubre; Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30701 establece un periodo de transitoriedad para la aplicación del artículo 7 de la Ley N° 29108, que será hasta el Proceso de Ascenso 2024, Promoción 2025; Que, el artículo 7 del Decreto Supremo N° 002-2018DE contempla la aplicación progresiva del artículo 7 de la Ley N° 29108 a partir del Proceso de Ascenso 2018, de acuerdo a lo establecido en el Anexo N° 8 del referido Decreto Supremo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 574-2016DE/SG, de fecha 27 de mayo de 2016, se aprobaron los Planes Estratégicos Institucionales en el Área de Personal de las Instituciones Armadas para el período 2017-2021; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 10052019-DE/SG, de fecha 9 de agosto de 2019, se aprobó la Directiva General N° 017-2019-MINDEF/VRD/DGRRHH, "Normas para el desarrollo de los procesos de ascensos año 2019 (Promoción 2020) y pase a la Situación de Retiro por la causal de Renovación (año 2019) para el personal de Oficiales de las Fuerzas Armadas"; Que, con Decreto Supremo N° 005-2019-DE, de fecha 15 de agosto de 2019, se aprobaron los cuadros de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2020; Que, bajo el marco normativo antes expuesto, el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, a través del documento del visto, presenta al Despacho Ministerial la propuesta de vacantes para el Proceso de Ascenso 2019, Promoción 2020, para Personal de Oficiales de la FAP; Estando a lo informado por el Director General del Personal de la Fuerza Aérea y a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar en la Fuerza Aérea del Perú, las vacantes para Personal de Oficiales de la FAP, correspondientes al Proceso de Ascensos 2019Promoción 2020, según su Clasificación, Especialidad FAP (EFA), Grado y Promoción, según se indica a continuación:
a.- DE ARMAS COMANDO Y COMBATE EFA: PILOTO PARA TENIENTE GENERAL FAP HASTA UNO HASTA DOS HASTA SIETE HASTA UNO HASTA TRES HASTA TRES HASTA CUATRO HASTA UNO HASTA TRES HASTA OCHO HASTA DOS HASTA SEIS DIECINUEVE HASTA DOS HASTA DIECISIETE HASTA DIEZ HASTA DIEZ HASTA TRES (03) (01) (02) (07) (01) (03) (03) (04) (01) (03) (08) (02) (06) (19) (02) (17) (10) (10)
Promoción 1986 Promoción 1987 PARA MAYOR GENERAL FAP
Promoción 1990 Promoción 1991 Promoción 1992 PARA CORONEL FAP
Promoción 1996 Promoción 1997 PARA MAYOR FAP
Promoción 2007 Promoción 2008 PARA CAPITÁN FAP
Promoción 2011 Promoción 2012 PARA TENIENTE FAP
Promoción 2016