Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2019 (22/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 48
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NORMAS LEGALES
Jueves 22 de agosto de 2019 /
El Peruano
(vii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al término de los periodos académicos 2020A, 2020B, 2021-A y 2021-B, los resultados y evidencias de las actividades de fortalecimiento de la investigación, que contemple acciones de capacitación en investigación, fomento de semilleros de investigación, ejecución de proyectos de investigación, incremento de docentes del Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas - Renacyt y fomento de grupos de investigación, así como la publicación de resultados de investigaciones en bases de datos de alto impacto, de conformidad con el Plan de Fortalecimiento de la Investigación aprobado por la Universidad. (viii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al término de los periodos académicos 2019-B, 2020A y 2020-B, las acciones ejecutadas y los resultados obtenidos por el Comité de Ética y el Comité de Propiedad Intelectual, respecto a la investigación realizada en la Universidad. (ix) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al inicio de los periodos académicos 2020-A, 2020-B, 2021-A y 2021-B, las acciones realizadas y los resultados obtenidos para el fortalecimiento de sus dos (2) programas de doctorado, a través del incremento de docentes con grado de doctor que cuenten con publicaciones de impacto y competencias certificadas para la formación académica; el desarrollo y financiamiento de grupos y proyectos de investigación con participación activa de sus estudiantes. Asimismo, incluir el detalle las investigaciones realizadas por los graduados de los programas de doctorado. (x) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al inicio de los periodos académicos 2020-A y 2021-A, un informe sobre los resultados de las actividades ejecutadas, durante el año anterior, comprendidas en el plan de seguimiento al graduado. (xi) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al inicio de los periodos académicos 2020-A, 2021-A y 2022A, información sobre las acciones ejecutadas durante el año anterior, en relación al servicio psicopedagógico, deportivo y cultural en las filiales de Oxapampa, Tarma, Chanchamayo (La Merced) y Yanahuanca. (xii) Presentar a la Dirección de Licenciamiento, al inicio de los periodos académicos 2020-A, 2021-A y 2022A, información respecto a las acciones ejecutadas, en el ámbito administrativo y de las áreas encargadas de la gestión de los procesos académicos y de investigación de la Universidad, para garantizar la mejora en la ejecución presupuestal de las inversiones a nivel de devengado. Sexto.- RECOMENDAR a la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión: (i) Socializar y ejecutar los convenios vigentes que contribuyan a la movilización docente para reforzar su capacitación y fortalecer los vínculos institucionales. (ii) Realizar la evaluación sobre la ejecución de los convenios suscritos y fortalecer el programa de movilidad estudiantil, a efectos de contar con un mayor número de estudiantes beneficiados. (iii) Evaluar la oferta de los programas de doctorado, considerando su contribución al desarrollo de las líneas de investigación y la obtención de resultados concretos en ciencia, tecnología e innovación. (iv) Ejecutar la Inversión de Optimización, Ampliación Marginal, Reposición y Rehabilitación (IOARR), con código de idea 77356, referido al cerco perimétrico de la filial de Oxapampa, de acuerdo con lo programado por la Universidad. Séptimo.- ESTABLECER que el otorgamiento de la presente licencia institucional no exime a la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión de cumplir con las Condiciones Básicas de Calidad específicas por programas, que establezca la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu. Octavo.- PRECISAR que la presente resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu, mediante la interposición del recurso de reconsideración ante el mismo órgano, dentro
del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación9. Noveno.NOTIFICAR la presente resolución y el Informe técnico de licenciamiento N° 025-2019-SUNEDU-02-12 a la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario, realizar el trámite correspondiente. Décimo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Décimo Primero.- ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución y el Informe técnico de licenciamiento N° 025-2019-SUNEDU-02-12, en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu (www.sunedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu
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Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/ CD del 14 de marzo de 2017 Artículo 25.- Recurso de Reconsideración 25.1 El Consejo Directivo constituye la única instancia resolutiva en el procedimiento de licenciamiento. Contra la resolución de Consejo Directivo cabe recurso de reconsideración, sin necesidad de presentar nueva prueba. (...) Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019JUS del 25 de enero de 2019 Artículo 218. Recursos administrativos (...) 218.2 El término para la interposición de los recursos es de quince (15) días perentorios, y deberán resolverse en el plazo de treinta (30) días.
1799976-2
ORGANISMOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionario a Uruguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0047-2019-BCRP-N Lima, 16 de agosto de 2019 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitación del Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA), el Banco Central de Uruguay y el Instituto de Capacitación del FMI para participar en el curso Análisis y pronósticos de política monetaria basados en modelos a realizarse del 26 al 30 de agosto de 2019, en la ciudad de Montevideo, Uruguay; El objetivo del evento es brindar a los participantes una capacitación sobre el uso de modelos dinámicos para realizar análisis y pronósticos monetarios; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con la finalidad y funciones del Banco Central; La Gerencia de Política Monetaria tiene entre sus objetivos proveer de análisis, proyecciones y propuestas