Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2019 (22/08/2019)
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NORMAS LEGALES
Jueves 22 de agosto de 2019 /
El Peruano
General de Recursos Materiales solicita que se autorice la participación del Coronel FAP Jorge Oswaldo José MENDIETA Mendieta, Asesor Legal de la Dirección General de Recursos Materiales, en la Quinta Conferencia de los Estados parte del Tratado sobre el Comercio de Armas (CSP5), a realizarse en la Ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 26 al 30 de agosto de 2019; Que, la Quinta Conferencia de los Estados parte del Tratado sobre el Comercio de Armas (CSP5), tiene por finalidad que los representantes de los Estados parte interactúen y deliberen respecto de la efectiva implementación del precitado Tratado, cuya importancia es crucial para la regulación del comercio internacional de armas convencionales. Dicha actividad internacional contará con la asistencia de representantes de los Estados parte, Estados signatarios, Estados observadores, organizaciones internacionales y regionales, sociedad civil, organizaciones no gubernamentales e industria de la defensa, permitiendo a los participantes, incrementar sus conocimientos y analizar e implementar el mencionado instrumento internacional en sus respectivos países; Que, en atención a la importancia que reviste la referida actividad internacional para el Sector Defensa, mediante Oficio Nº 760-2019-MINDEF/VRD del 11 de junio de 2019, el Viceministro de Recursos para la Defensa, solicitó que en cumplimiento a las actividades operativas programadas de la Dirección de Gestión de Recursos Materiales, se inicien las gestiones para autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Coronel FAP Jorge Oswaldo José MENDIETA Mendieta, para que participe en citado evento internacional; Que, según el Informe Técnico Nº 22-2019-DGRRMM-DIGREM, del 10 de junio de 2019, se considera que, atendiendo a los intereses del Sector Defensa, corresponde autorizar el viaje al exterior en la modalidad de Comisión de Servicio del Oficial Superior propuesto y su participación en la mencionada actividad internacional, la misma que permitirá incrementar los conocimientos respecto de la implementación del Tratado sobre el Comercio de Armas en los diferentes Estados parte, por lo que se considera que su asistencia a dicha feria es acorde a los intereses y funciones de la Dirección General de Recursos Materiales; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal autorizado durante la totalidad del evento, es necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno un (1) día después de culminado el mismo, sin que los días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, mediante la Declaración de Gastos del 14 de julio de 2019, suscrita por el Director General de Administración del Ministerio de Defensa, corresponde a la Unidad Ejecutora 001: Administración General, asumir los gastos por conceptos de pasajes y viáticos que ocasione la presente autorización de viaje con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2019, en observancia a lo establecido en los literales (a) y (b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, estando a lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorgue serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente; De conformidad con el Decreto Legislativo 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de los Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa;
SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Coronel FAP Jorge Oswaldo José MENDIETA Mendieta, identificado con DNI N° 08798319, para que participe en la Quinta Conferencia de los Estados parte del Tratado sobre el Comercio de Armas (CSP5), a realizarse en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 26 al 30 de agosto de 2019; así como, autorizar su salida del país el 24 de agosto de 2019 y su retorno el 31 de agosto de 2019. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 001: Administración General, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Lima Ginebra (Confederación Suiza) Lima: US$ 2,337.15 x 01 persona (incluye TUUA) US$ 2,337.15 Viáticos: US$ 540.00 x 05 días x 01 persona TOTAL: US$ 2,700.00 ---------------------US$ 5,037.15
Artículo 3.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1799677-1
DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Coordinadora de la Coordinación de Tesorería de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000215-2019-MIDIS/PNAEQW-DE Lima, 21 de agosto de 2019 VISTOS: El Informe N° D000420-2019-MIDIS/PNAEQW-URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe N° D000379-2019-MIDIS/PNAEQW-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, y sus modificatorias, se crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (en adelante, PNAEQW), como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (en adelante, el MIDIS), con la finalidad de brindar un servicio alimentario a las/los escolares de las instituciones educativas públicas bajo su ámbito de cobertura, y, mediante Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones; Que, encontrándose vacante el cargo de confianza de Coordinador(a) de Tesorería de la Unidad de