Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2018 (07/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Domingo 7 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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gratuito a menores de 18 años; en cualquier tipo de establecimiento o actividad; por ello en coordinación con el Centro de Estudios y Asesoría de Conductas de Riesgo Social y Promoción del Desarrollo Integral ­ ONG CRESER, se está desarrollando capacitaciones dirigida a los dueños de bodegas y bares de nuestro distrito para promover el cumplimiento de las leyes y ordenanzas sobre la materia, a fin de preservar el orden público, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas; por lo que plantea se disponga la suspensión temporal por el plazo de 100 días para la emisión de autorización de licencia de funcionamiento a determinados giros de actividades comerciales a efectos de realizar las acciones de fiscalización y ordenamiento de los locales que ya vienen funcionando en el distrito con la finalidad de salvaguardar la seguridad y el orden público del distrito; Que, a través del Informe Nº 998-2018-SGCOYSGDE/MDSJL de fecha 24 de agosto del 2018, la Subgerencia de Control Operaciones y Sanciones, señala que se vienen clausurando diariamente locales (bares, Video Pub y otros) que realizan acciones que alteran el orden público dentro de la jurisdicción al existir quejas y denuncias vecinales por el malestar que generan, al realizar actividades fuera del horario autorizado; señala también que a pesar que se encuentran suspendidas la emisión de las licencias a los referidos giros desde el 2017, las quejas no han disminuido a pesar de las capacitaciones efectuadas y por lo que solicita se disponga la suspensión temporal de autorizaciones municipales para determinadas actividades comerciales en el distrito; También, con el Memorando Nº 223-2018-GSC/ MDSJL de fecha 28 de agosto del 2018, la Gerencia de Seguridad Ciudadana establece que las condiciones de las zonas con actividad y/o giro de discotecas, bares y cantinas han mejorado levemente con respecto a los meses anteriores, pero siguen siendo altos, por lo tanto, las áreas circundantes a estos locales, siguen siendo ZONAS DE ALTO RIESGO DELICTIVO para la seguridad de los vecinos residentes próximos o transeúntes eventuales, quedando expuestos a una serie de faltas y delitos que van desde miccionar en la vía pública, violencia callejera, agresiones mayores, abuso sexual, asaltos robos, atentado contra la propiedad y principalmente consumo de drogas y de alcohol en la vía pública, pudiendo llegar a muerte por impacto de bala o arma blanca, además, de propiciar la presencia y desarrollo de actividades delictivas de grupos delincuenciales mayores o mafias que podrán desarrollar actividades como cobros de cupos, extorsión y posible sicariato; Que, consecuentemente, la Gerencia de Desarrollo Económico con informe Nº 020-2018-GDE/MDSJL de fechas 28 de agosto del 2018, remite el proyecto de suspensión temporal de la emisión de licencias de funcionamiento de bares, cantina, bar restaurant (venta de comida y licor), pubs (con videos), prostíbulos casa de citas, lenocinio o similares karaokes, discotecas, opinando favorablemente por la prórroga de suspensión temporal por el plazo de 100 días calendarios más para la emisión de autorización de licencia d funcionamiento en todo el distrito de San Juan de Lurigancho; Que, en ese entendido, existe una problemática local respecto a determinadas zonas del distrito donde convergen de manera riesgosa con diversos establecimientos comerciales (bares, cantinas discotecas, video pub, karaoke y otros centros de diversión y reunión), poniéndose en riesgo la integridad de la población que habita cerca a dichas zonas, los cuales se ven afectados por el incremento de incidencias delictivas, peleas, grescas, altercados en la vía pública, que inciden en alterar la tranquilidad y seguridad del vecindario en general, por lo que resulta necesario adoptar medidas que permitan contrarrestar el incremento de estos hechos y que a su vez garanticen de alguna forma la tranquilidad y seguridad del vecindario en tanto se replanteen las acciones de control respecto de aquellos locales que vienen incumpliendo las normas de carácter administrativo, por lo que resulta necesario se disponga la suspensión de manera temporal la emisión de autorizaciones municipales respecto de los giros señalados en el informe Nº 209-2018-SGFyPE-GDEMDSJL, por el plazo de 100 días (calendarios) a efectos de ejecutar las acciones de control necesarias para evitar

el incremento de este tipo de situaciones perjudiciales a la población del distrito; Estando a lo expuesto, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 296-2018-GAJ/MDSJL de fecha 29 de agosto de 2018, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER la suspensión temporal por el plazo de 100 días calendario la emisión de autorización de licencia de funcionamiento en todo el distrito de San Juan de Lurigancho a las siguientes actividades comerciales: - BARES - CANTINAS, BAR RESTAURANT (VENTA DE COMIDA Y LICOR) - PUBS (CON VIDEOS) - PROSTIBULOS, CASA DE CITAS, LENOCINIO O SIMILARES Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el diario Oficial El Peruano y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional la publicación en el Portal Institucional www.munisjl.gob.pe. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Económico, a través de la Sub Gerencia de Formalización y Promoción Empresarial, y demás unidades de esta corporación edil. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ Alcalde 1699667-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO
Aprueban actualización del Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad de Pucallpa 2017-2027
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013-2018-MPCP Pucallpa, 22 de agosto de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Provincia de Coronel Portillo, mediante Expediente Interno Nº 13890-2018, adoptado en Sesión Ordinaria Nº 015-2018-MPCP del 15.08.2018; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, es un órgano de gobierno local con autonomía política, administrativa y económica, en los asuntos de su competencia, teniendo como finalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y desarrollo social, la inclusión y la equidad, sobre la base de un Estado democrático, unitario, descentralizado y desconcentrado. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 007-2009MPCP de fecha 20.03.2009, el Concejo Municipal aprobó el Plan de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Pucallpa.