Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2018 (07/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Domingo 7 de octubre de 2018 /

El Peruano

Artículo 4°.- Disponer que la presente Resolución sea difundida en el Portal Institucional de OSITRAN y en la página web de la Entidad Prestadora. Artículo 5°.- Disponer que Lima Airport Partners S.R.L. actualice el texto de su Reglamento de Acceso en los términos indicados en los artículos precedentes. debiendo adicionalmente difundir por su página web el texto actualizado de su Reglamento de Acceso, conforme a los términos aprobados. Artículo 6°.- Notificar la presente Resolución y el Informe Nº 023-18-GSF-GAJ-OSITRAN a Lima Airport Partners S.R.L. y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para los fines pertinentes. Artículo 7°.- Encargar a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización efectuar las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. VERONICA ZAMBRANO COPPELO Presidente del Consejo Directivo 1699665-1

Que, de acuerdo con el artículo 52 del RGT, el procedimiento general para la determinación de los costos máximos de las actividades unitarias requeridas para la prestación de los servicios colaterales se inicia de forma simultánea con la solicitud de aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión presentada por la EPS; Que, mediante el documento de visto, SEDACUSCO solicitó la aprobación de su fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales; Que, se verifica que la solicitud de aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de SEDACUSCO, reúne los requisitos de admisibilidad y procedencia exigidos por el RGT; por lo que corresponde admitir a trámite dicha solicitud, siendo potestad de SEDACUSCO ejercer el derecho previsto en el artículo 22 del RGT4 dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente resolución; SE RESUELVE:

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Admiten a trámite solicitud de EPS SEDACUSCO S.A. de aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales
RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA Nº 011-2018-SUNASS-GRT EXP.: 009-2018-SUNASS-GRT-FT Lima, 1 de octubre de 2018 VISTO: El Oficio Nº 493-2018/GG.EPS.SEDACUSCO S.A.¹ mediante el cual EPS SEDACUSCO S.A.² (en adelante SEDACUSCO) solicita la aprobación de su fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar la prestación de los servicios colaterales; CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 del Reglamento General de Tarifas3 (RGT) establece que la entidad prestadora de servicios de saneamiento (EPS) debe presentar a la SUNASS su solicitud de aprobación de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, adjuntando para ello el (PMO), que sustente su propuesta. Asimismo, el mencionado artículo, dispone que el PMO presentado por la EPS debe sujetarse a lo indicado por el Título 2 y por el Anexo Nº 2 del RGT; Que, los artículos 18 y 19 del RGT precisan los requisitos de admisibilidad para la presentación de la solicitud por parte de la EPS, disponiéndose que, si no reúne dichos requisitos de admisibilidad, la Gerencia de Regulación Tarifaria (GRT) observa dicha solicitud para que en un plazo no mayor de diez días hábiles subsane la omisión o defecto; Que, los artículos 20 y 21 del RGT establecen que la GRT, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y procedencia, emite la resolución admitiendo a trámite la solicitud, la cual debe ser notificada al solicitante, publicada en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS dentro de los cinco días calendario de emitida;

Artículo 1º.- ADMITIR a trámite la solicitud de EPS SEDACUSCO S.A. de aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales. Artículo 2º.- Notificar a EPS SEDACUSCO S.A. la presente resolución. Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MAX ARTURO CARBAJAL NAVARRO Gerente de Regulación Tarifaria (e)

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Recibido en la Sunass el 10 de setiembre de 2018. Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento - SEDACUSCO S.A. Aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS y sus modificatorias. Artículo 22.- Audiencia Pública Preliminar La EPS puede solicitar a la SUNASS la celebración de una audiencia pública preliminar, con la finalidad de exponer al público en general su propuesta de fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión contenida en su PMO. Para tal efecto, debe presentar su solicitud a la Gerencia de Regulación Tarifaria dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de notificada la Resolución de Admisión.

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ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y subvenciones a favor de personas jurídica privadas para cofinanciar proyectos
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 173-2018-CONCYTEC-P Lima, 5 de octubre de 2018