Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2017 (16/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Jueves 16 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Segundo.- FACÚLTESE, al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones completarías y necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como también para establecer su prórroga de ser el caso. Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática; adoptar las acciones y medidas necesarias para otorgar bajo responsabilidad funcional, lo que fuera necesario para el debido y oportuno cumplimiento de las disposiciones de la presente Ordenanza. Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración Tributaria, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaria General su publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional y a su Sub Gerencia de Imagen Institucional la publicidad de los beneficios otorgados por la presente Ordenanza. Sexto.- Disponer del trámite de la aprobación del acta para proceder a la ejecución inmediata de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1587004-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL RAMON CASTILLA
Aprueban inmatriculación como primera inscripción de dominio a favor de la Municipalidad, de terrenos para la construcción de Cámaras de Bombeo de Desagüe N 3, N 4 y N 6, correspondiente al mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable y alcantarillado de la localidad de Caballo Cocha
ACUERDO Nº 068-2017-CMPMRC Caballo Cocha, 23 de setiembre del 2017 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL RAMON CASTILLA VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo, de fecha 23 de Setiembre de 2017, convocada y presidida por el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Mariscal Ramón Castilla, Ing. Julio Cesar Kahn Noriega, y con el quórum reglamentario de los señores regidores, se trató sobre el tema de agenda: "Aprobación de la inmatriculación de tres predios como primera inscripción de dominio ante la SUNARP a favor de la Municipalidad Provincial Mariscal Ramón Castilla. CUADRO DE DATOS TECNICOS COORDENADAS UTM

Que, el numeral 1 del artículo 56º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que, son bienes de la Municipalidad, los bienes inmuebles y muebles de uso público destinados a servicios públicos locales; concordancia con el artículo 58º de la norma acotada, la cual establece que "los bienes inmuebles de las municipalidades a que se refiere el presente capítulo, se inscriben en los Registros Públicos, a petición del alcalde y por el mérito del acuerdo de concejo correspondiente", siempre que no se encuentren inscritos a favor de terceros. Que, el segundo párrafo del Artículo 38º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, señala lo siguiente: "La resolución que dispone la Primera Inscripción de Dominio del predio del Estado, deberá publicarse por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la región en que se encuentra el predio", Que, el artículo 40º del citado Reglamento ha establecido "la resolución que dispone la primera inscripción de dominio, conjuntamente con el Plano Perimétrico - Ubicación y Memoria Descriptiva, constituyen título suficiente para todos los efectos legales". Que, a través del Concejo Municipal se apruebe la inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la SUNARP, el predio urbano con uso para la obra de "Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la Localidad de Caballo Cocha, Distrito de Ramón Castilla, Provincia de Mariscal Ramón Castilla Departamento de Loreto", ubicado conforme lo siguiente: Cámara de Bombeo de Desagüe N 3 (CBD N 3) La ciudad ha sido sectorizada en 6 áreas de drenaje, topográficamente independientes entre sí. Cada área de drenaje cuenta con su propia red de aguas residuales. En cada área de drenaje se ha previsto la construcción de una cámara de bombeo de aguas residuales (CBD) en su parte topográficamente más baja. Cada CBD tendrá su sistema de bombeo compuesto por bombas sumergibles de lodos. En cada CBD irán 2 bombas de funcionamiento alternado. ÁREA DEL TERRENO - El área del Terreno es de: 168.84 m2 PERÍMETRO - La línea poligonal que delimita el perímetro del inmueble es: 51.98 m. LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS - El terreno tiene forma rectangular: - Por el Frente : Con la Calle las Castañas con 13.15 m. - Por la Derecha Entrando : Con Terrenos de Dominio del Estado con 12.84 m. - Por la Izquierda Entrando : Con Terrenos de Dominio del Estado con 12.84 m. - Por el Fondo : Con Terrenos de Dominio del Estado con 13.15 m.

VERTICE A B C D

LADO A­B B­C C­D D­A

LINDEROS Por el FONDO Por la DERECHA Por el FRENTE Por la IZQUIERDA

CBD Nº 3 CUADRO DE DATOS TECNICOS COORDENADAS UTM DISTANCIAS ANGULO DATOS (m) INTERNO DOMINIO DEL ESTADO 13.15 90º00'00" DOMINIO DEL ESTADO 12.84 90º00'00" LAS CASTAÑAS 13.15 90º00'00" DOMINIO DEL ESTADO 12.84 90º00'00"

NORTE

ESTE

9'567,697.643 332,495.919 9'567,688.162 332,505.031 9'567,679.265 332,495.773 9'567,688.746 332,486.661 PERIMETRO =51.98 m AREA = 168.84 m2