Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2017 (16/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Jueves 16 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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los proyectos del Sector Saneamiento que cuenten con clasificación anticipada; De conformidad con la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM; el Reglamento de Protección Ambiental para proyectos vinculados a las actividades de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2012-VIVIENDA; las Disposiciones para la Clasificación Anticipada de proyectos de inversión en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), aprobadas mediante Resolución Ministerial N° 207-2016-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Términos de Referencia para elaborar los estudios ambientales de los proyectos del Sector Saneamiento que cuenten con clasificación anticipada, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y del anexo aprobado en el artículo 1 de la presenta Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1586957-1

Designan órganos que realizarán las funciones de Unidad Formuladora y Unidad Ejecutora de Inversiones de SEDAPAL, así como a sus responsables
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 439-2017-VIVIENDA Lima, 15 de noviembre de 2017 VISTOS: la Carta N° 1641-2017-GG del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL), el Memorándum N° 2025-2017/VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establece que este Ministerio tiene por finalidad, normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; que es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia; y que tiene como competencia exclusiva, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales así como la gestión de los recursos del Sector; Que, por Decreto Legislativo N° 1252, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como Sistema Administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del citado Decreto Legislativo establece como órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones a la Dirección General de Programación

Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, los Órganos Resolutivos (OR), las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones (OPMI), las Unidades Formuladoras (UF) y las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; Que, el literal d) del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2017-EF, dispone que corresponde al Titular del Sector designar al Responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, así como al Responsable(s) de la(s) Unidad(es) Formuladora(s) de su Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local; siempre que cumplan con el perfil profesional establecido por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones; Que, el numeral 4.4 del artículo 4 de la Directiva N° 001-2017-EF/63.01 Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 001-2017EF/63.01, modificada por la Resolución Directoral N° 004-2017-EF/63.01, establece, entre otros, que el Titular del Sector como Órgano Resolutivo designa al órgano que realizará las funciones de Unidad Formuladora (UF), así como a su Responsable, quien debe cumplir con el perfil profesional establecido en el Anexo Nº 02: Perfil Profesional del Responsable de la Unidad Formuladora (UF), de la mencionada Directiva; Que, asimismo, el numeral 4.5 del artículo 4 de la Directiva referida en el considerando precedente, establece que la Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI) puede ser cualquier órgano o entidad o empresa adscrita de un Sector del Gobierno Nacional, Gobierno Regional o Gobierno Local sujeto al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, incluyendo a los programas creados por norma expresa en el ámbito de éstos, que no requieren necesariamente ser Unidades Ejecutoras presupuestales, pero que por su especialidad realizan las funciones de UEI establecidas por la normatividad de dicho Sistema. La Unidad Ejecutora de Inversiones es designada por el OR y registrada por la OPMI para cada inversión en el aplicativo informático del Banco de Inversiones junto con su Responsable, mediante el Formato N° 03: Registro de la Unidad Ejecutora de Inversiones en el Banco de Inversiones, de la mencionada Directiva; Que, el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL), mediante el Informe N° 150-2017-GALRGDI de la Gerencia de Asuntos Legales y Regulación y Desarrollo e Investigaciones, el Informe N° 171-2017GRH y el Informe N° 172-2017-GRH de la Gerencia de Recursos Humanos, sustenta y propone la designación del Equipo de Estudios Preliminares de la Gerencia de Proyectos y Obras de SEDAPAL como órgano que realizará las funciones de Unidad Formuladora (UF) y como responsable de dicha Unidad al señor Julio Federico Ramirez Ruiz; y, al Equipo de Estudios Definitivos de la Gerencia de Proyectos y Obras de SEDAPAL como órgano que realizará las funciones de Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI) de SEDAPAL y como responsable de dicha Unidad al señor Freddy Oswaldo Gómez Hospina; Que, con el documento del visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita proseguir con la designación del Equipo de Estudios Preliminares de la Gerencia de Proyectos y Obras como órgano que realizará las funciones de Unidad Formuladora (UF) de SEDAPAL y del Equipo de Estudios Definitivos de la Gerencia de Proyectos y Obras de SEDAPAL como órgano que realizará las funciones de Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI) de SEDAPAL, y de sus respectivos responsables; Que, estando a lo expuesto corresponde expedir la resolución ministerial designando al Equipo de Estudios Preliminares de la Gerencia de Proyectos y Obras de SEDAPAL como órgano que realizará las funciones de Unidad Formuladora (UF) de SEDAPAL y como responsable de dicha Unidad al señor Julio Federico Ramirez Ruiz; y, al Equipo de Estudios Definitivos de la Gerencia de Proyectos y Obras de SEDAPAL como