Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2017 (16/11/2017)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

30

NORMAS LEGALES

Jueves 16 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a los EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0779/RE-2017 Lima, 15 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, del 20 al 22 de noviembre 2017, se han programado en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, reuniones de trabajo entre el Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador Víctor Ricardo Luna Mendoza, y los representantes permanentes de los países miembros del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; Que, el 21 de noviembre de 2017, se ha previsto en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, una reunión entre el Canciller de la República y su contraparte, el Secretario de Estado Rex W. Tillerson; Que, en el referido encuentro ambas autoridades abordarán temas de la agenda bilateral y multilateral, entre ellos el trabajo conjunto en la lucha contra el tráfico ilícito de drogas, el beneficio mutuo del Acuerdo de Promoción Comercial, la aspiración peruana a ser parte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), la próxima realización de la VIII Cumbre de las Américas, así como sobre la situación en Venezuela; Que, asimismo, el Ministro de Relaciones Exteriores ha sido invitado a participar en un encuentro organizado por el Inter-American Dialogue (IAD), centro de análisis de políticas públicas de la región, establecido en Washington. D.C. Que, se estima necesaria la participación del Director General de América y del Jefe del Despacho Ministerial, a fin de dar el debido seguimiento diplomático y político del tema; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) N.° 708 del Despacho Ministerial, de 8 de noviembre de 2017; y, el Memorándum (OPR) N.° OPR00394/2017, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 10 de noviembre de 2017, que otorga la certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.° 28807 y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.° 047-2002- PCM y sus modificatorias; y, la Ley N.° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos a los Estados Unidos de América, para participar en las reuniones señaladas en la parte considerativa de la presente resolución, según se detalla a continuación: Ciudad de Washington DC, Estados Unidos de América, del 17 al 22 de noviembre de 2017: · Embajador en el Servicio Diplomático de la República Hugo Claudio De Zela Martínez, Director General de América; Ciudades de Nueva York y Washington DC, Estados Unidos de América, del 19 al 22 de noviembre de 2017: · Ministro en el Servicio Diplomático de la República José Manuel Domingo Boza Orozco, Jefe del Despacho Ministerial;

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes Viáticos Número aéreos por día de US$ US$ días 2,065.00 2,627.00 440.00 440.00 3+1 3+1 Total viáticos US$ 1,760.00 1,760.00

Nombres y Apellidos Hugo Claudio De Zela Martínez José Manuel Domingo Boza Orozco

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1587012-1

SALUD
Delegan al Presidente Ejecutivo de EsSalud, la competencia para autorizar la ejecución de inversiones públicas y la elaboración de expedientes técnicos o equivalente de las inversiones de Programa Multianual de Inversiones del Sector Salud promovidas bajo el ámbito de ESSALUD
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 991-2017/MINSA Lima, 15 de noviembre de 2017 Visto, el Expediente N° 17-073140-002 que contiene los Informes N°s 613, 784 y 814-2017-OGPPM-OPMI/ MINSA, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto Modernización; y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1252 se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, derogando la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; estableciendo su ámbito de aplicación sobre las entidades del Sector Público No Financiero a las que refiere la Ley N° 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal; Que, la Ley N° 30099, señala que el Sector Público No Financiero está compuesto por las entidades públicas del Gobierno General y las empresas públicas no financieras, precisando que el Gobierno General comprende a las entidades públicas del Gobierno Nacional, que incluye al Seguro Social de Salud (EsSalud), a los Gobiernos Regionales y a los Gobiernos Locales; Que, los numerales 4.1 y 4.5 del artículo 4 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2017-EF y modificado por