Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2017 (16/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Jueves 16 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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gestión a la Gerencia Ejecutiva de Energía y Minas , entre otros, como órgano de línea de esta entidad dependiente de la Gerencia General Regional. Asimismo, en el Artículo 81.4º se establecen las funciones de la Gerencia Ejecutiva de Energía y Minas; De conformidad con el Artículo 124º del D.S. Nº 014-92-EM-TUO en la Ley General de Minería, el Artículo 24º del D.S. Nº 018-92-EM ­ Reglamento de Procedimientos Mineros y el inciso n) del Artículo 10º del D.S. Nº 084-2007-EM; y; Estando a lo actuado con el documento del VISTO, así como en uso de las facultades conferidas por Resolución Ejecutiva Regional Nº 037-2016- GR.LAMB/PR de fecha 21 de enero de 2016; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario Oficial El Peruano las Concesiones Mineras cuyos Títulos fueron aprobados por la Gerencia Ejecutiva de Energía y Minas del Gobierno Regional Lambayeque durante el mes de septiembre 2017, A) NOMBRE DE LA CONCESION; B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCION JEFATURAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS y G) COORDENADAS UTM DE AREAS A RESPETAR; siendo estos lo siguientes: 1.- A) PROYECTO SAN CRISTOBAL; B) 64-00008-16; C) SEGUNDO LEONIDAS CARHUAJULCA CRUZADO; D) Nº 080-2017-GR.LAMB/GEEM; 07 SEPTIEMBRE 2017; E) 17; F) V1: N9242636.17 E678745.10 V2: N9241636.17 E678745.10 V3: N9241636.16 E677745.11 V4: N9242636.16 E677745.11 2.- A) NAVARRO X; B) 64-00027-16; C) ANGEL NAVARRO CHAPILLIQUEN; D) Nº 082-2017-GR. LAMB/GEEM; 11 SEPTIEMBRE 2017; E) 17; F) V1: N9243000.00 E634000.00 V2: N9242000.00 E634000.00 V3: N9242000.00 E633000.00 V4: N9243000.00 E633000.00; G) V1: N9243000.00 E634000.00 V2: N9242503.04 E634000.00 V3: N9242627.91 E633750.24 V4: N9243000.00 E633479.63 Regístrese y comuníquese. DANIEL A. HUAMANCHUMO FIESTAS Gerente Ejecutivo Gerencia Ejecutiva de Energía y Minas 1586647-1

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN
Declaran prioritaria la elaboración de una Hoja de Ruta para promover el desarrollo rural inclusivo bajo en emisiones en la Región San Martín, y conforman Grupo de Trabajo
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 618-2017-GRSM/GR Moyobamba, 26 de setiembre de 2017 VISTO: El Expediente Nº 001-201794350, que contiene el Informe Nº 001-GRSM/GRDE, de fecha 21 de setiembre del 2017, y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización Ley Nº 27680, Ley

Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867 y sus modificatorias Ley Nº 27902 y 28013, se les reconoce a los Gobiernos Regionales autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Informe Nº 001-GRSM/GRDE, de fecha 21 de setiembre del 2017, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, solicita elaborar el acto resolutivo para constituir el grupo de trabajo en el Gobierno Regional de San Martín, que sea responsable de elaborar la política y hoja de ruta para el desarrollo rural inclusivo, bajo el enfoque de producción, protección e inclusión. Sobre el particular, el artículo 8º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, precisa que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. Asimismo, el artículo 9º de la norma acotada, señala que la dimensión administrativa de la autonomía consiste en la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, el artículo 5º de Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobierno Regionales, precisa que es misión del Gobierno Regional organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región; Que, mediante Resolución Legislativa Nº 26185, se aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, la cual tiene como objetivo la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropogénicas peligrosas en el sistema climático, señalando que este nivel debería lograrse en un plazo suficiente que permita que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático para asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible; Que, la gestión de los recursos forestales y del territorio se realiza de manera compartida entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, siendo funciones importantes para la reducción de las emisiones por uso del suelo, cambio de uso y silvicultura debido a la conversión de tierras forestales o de protección para uso agrícola y otras actividades; siendo éste el mayor porcentaje de los sectores reportados en el inventario nacional de gases de efecto invernadero; Que, el Gobierno Peruano ha ratificado el Acuerdo de París, el mismo que asume el compromiso de presentar, renovar y llevar a cabo medidas para implementar las denominadas Contribuciones Previstas y Determinadas a Nivel Nacional (NDC, por sus siglas en inglés), las que consideran reducir el 30% de las emisiones de gases de efecto invernadero proyectadas al 2030; Que, la Ordenanza Regional Nº 015-2012-GRSM/CR, se aprobó la Política Territorial Regional de San Martín, estableciendo directrices en marco al desempeño de actividades y servicios de los ejes social, económico, ambiental y político institucional sobre el territorio, tomando en cuenta sus potencialidades e identidad Amazónica, para lograr el desarrollo humano sostenible en el departamento; por ello, resulta necesario definir metas e indicadores para la adecuada implementación de la política territorial sobre todo en el ámbito rural; Que, durante el año 2016 se perdieron más de 20,589 hectáreas de bosques en la Región San Martín alcanzándose así una cifra de pérdida de cobertura de 402,635 hectáreas de bosques durante el periodo 20012016; ahora bien, abordar a las causas de la deforestación en la Región San Martín, resulta necesario integrar acciones y estrategias que promuevan la producción sostenible, la conservación de bosques y la inclusión de los pequeños productores agrarios, pueblos indígenas y pobladores que dependen de los bosques; Que, el enfoque de producción, protección e inclusión busca promover el desarrollo rural bajo en emisiones de gases de efecto invernadero a través de: a) sistemas de políticas, capacidades, tecnologías e incentivos que permitan fortalecer la gestión territorial, la planificación del uso del suelo y la gobernabilidad con el fin de