Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2014 (04/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano Martes 4 de marzo de 2014

518101
ACUERDO ENTRE LA REPUBLICA DEL PERU Y EL ESTADO DE PALESTINA SOBRE LA SUPRESION DEL REQUERIMIENTO DE VISAS PARA PORTADORES DE PASAPORTES DIPLOMATICOS Y ESPECIALES La Republica del Peru y el Estado de Palestina, de aqui en adelante denominados "Las Partes", Deseando fortalecer las relaciones bilaterales entre ambos paises, Deseando brindar facilidades al ingreso y salida de los portadores de pasaportes diplomaticos y especiales de los nacionales de ambos paises, Han acordado lo siguiente: Articulo 1 Aceptar los siguientes tipos de pasaportes, en aplicacion de las disposiciones del presente Acuerdo: 1. Por la Republica del Peru: Pasaportes Diplomaticos y Especiales

espanol y MORDAZA, siendo ambos textos igualmente validos. (Firma) Por el Gobierno de la Republica del Peru (Firma) Por el Gobierno de la Republica Popular China 1056487-1

Acuerdo entre la Republica del Peru y el Estado de Palestina Sobre la Supresion del Requerimiento de Visas Para Portadores de Pasaportes Diplomaticos y Especiales
(Ratificado por Decreto Supremo Nº 038-2012-RE de fecha 3 de agosto de 2012)

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION