Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2014 (04/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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los niveles de ruido, drenaje de combustible y emision de gases de escape no MORDAZA superiores a lo establecido por el codigo de aeronavegabilidad aceptado FAR 34 y 36 especificado en la seccion 21.120. (2) las MORDAZA, placas instaladas en la cabina de pasajeros, los compartimientos de carga y de equipaje en el exterior de la aeronave, requeridos por los requisitos de aeronavegabilidad aplicables a la aeronave se encuentren presentados en el idioma espanol o el idioma espanol e ingles (bilingue). (3) Para aeronaves que operen segun el RAP 121 o 135, las MORDAZA y placas requeridas por los requisitos de aeronavegabilidad para la cabina de pasajeros son obligatoriamente en el idioma espanol o el idioma espanol e ingles (bilingue), y los manuales, listas de verificacion, procedimientos y marcaciones de instrumentos u otras marcaciones de la cabina de mando requeridos por los requisitos de aeronavegabilidad aplicables (y ruido, si fuera el caso) fuesen presentados en el idioma espanol o en idioma ingles, si asi es aceptado por la DGAC. 21.160 Diseno de MORDAZA El diseno MORDAZA consiste en:

El Peruano Martes 4 de marzo de 2014

relacionados contenidos en aquella seccion del manual, debe proveer las modificaciones del manual cuando MORDAZA solicitadas por cualquier operador del mismo MORDAZA de aeronave. (b) El poseedor de un diseno aprobado, incluido tanto un certificado de MORDAZA como un certificado de MORDAZA suplementario cuya solicitud para la obtencion MORDAZA sido realizada despues del 28 de enero de 1981, debe proveer a cada propietario del producto por lo menos de un juego completo de las "Instrucciones de Aeronavegabilidad Continua", preparadas de acuerdo con las secciones 23.1529, 25.1529, 27.1529, 29.1529, 31.82, 33.4 y 35.4 de los codigos aceptados FAR 23, FAR 25, FAR 27, FAR 29, FAR 31, FAR 33 y FAR 35 conforme este especificado por los codigos de aeronavegabilidad aceptados por la DGAC aplicables, establecidos conforme a la seccion 21.120. La entrega de las "Instrucciones de Aeronavegabilidad Continua" debe ser realizada en el momento de la entrega del producto o en el momento en que la aeronave en cuestion reciba su certificado de aeronavegabilidad, lo que ocurra despues. Ademas, las instrucciones de aeronavegabilidad continua, incluyendo sus enmiendas y modificaciones, deben ser colocadas a disposicion de cualquier persona que tenga que cumplirlas. 21.195 Contenido del Certificado MORDAZA

(a) Planos y especificaciones, incluyendo una lista de aquellos necesarios para definir la configuracion del producto y las caracteristicas del diseno que deben demostrar el cumplimiento de los requisitos o los codigos de aeronavegabilidad aplicables al producto de que se trate; (b) Informacion sobre dimensiones, materiales y procesos necesarios para definir la resistencia estructural del producto; (c) la seccion de "Limitaciones de aeronavegabilidad" de las "Instrucciones de la Aeronavegabilidad continua", conforme lo exigido por el codigo de aeronavegabilidad aceptado por la DGAC de acuerdo a la Seccion 21.120, aplicable a la aeronave. o conforme a otra forma requerida por la DGAC.; y como esta especificado en los estandares de aeronavegabilidad aplicables para las aeronaves de clasificacion especial de acuerdo a la Seccion 21.120 (b); y (d) Cualquier otro MORDAZA necesario para permitir, por comparacion, la determinacion de la aeronavegabilidad y las caracteristicas de ruido, drenaje de combustible y emision de gases de escape (cuando sea requerido) de productos posteriores del mismo tipo. 21.165 Inspecciones y ensayos (Reservado) 21.170 Ensayos en vuelo

El certificado de MORDAZA incluye: el diseno de MORDAZA, las limitaciones operacionales, las especificaciones de MORDAZA del producto u hojas de datos tecnicos, la base de certificacion aplicable, las condiciones especiales con las cuales la autoridad de certificacion registra su cumplimiento y cualquier otra condicion o limitacion establecida para el producto de acuerdo con esta Regulacion. 21.200 Privilegios El producto aeronautico que tenga un certificado de MORDAZA aceptado o validado por la DGAC puede: (a) Obtener un certificado de aeronavegabilidad, siempre que se cumplan todos los requisitos previstos en las secciones 21.805 hasta 21.850. 21.205 Transferencia (Reservado) 21.210 Disponibilidad El poseedor de un certificado de MORDAZA validado o aceptado por la DGAC debe mantener su autorizacion disponible para cualquier verificacion requerida por la DGAC. 21.215 Vigencia

(Reservado) 21.175 Piloto de ensayos en vuelo (Reservado) 21.220 Declaracion de conformidad 21.180 Calibracion y reporte de correccion de los instrumento para los ensayos en vuelo (Reservado) 21.185 Ubicacion fabricacion (Reservado) 21.190 Instrucciones de aeronavegabilidad continua, y manuales de mantenimiento del fabricante conteniendo las secciones de limitaciones de aeronavegabilidad (a) El poseedor de un certificado de MORDAZA de helicoptero para la cual MORDAZA sido emitido un manual de mantenimiento que contenga una seccion de "limitaciones de aeronavegabilidad", segun el parrafo 27.1529 (a)(2) o 29.1529 (a)(2), de los codigos FAR 27 o FAR 29 aceptados conforme a la Seccion 21.120 y que ha obtenido aprobaciones de cambios para tiempos de reemplazo, intervalo entre inspecciones o procedimientos de las instalaciones de (Reservado) 21.225 Archivo de documentos y de registros Toda la informacion relevante al diseno, incluyendo los planos de ingenieria, informes de ensayos y registros de inspecciones, deben ser mantenidas por el poseedor del certificado MORDAZA validado y estar a disposicion de la DGAC, a fin de asegurar la aeronavegabilidad continua de la aeronave. Capitulo C Certificado de MORDAZA provisional. (RESERVADO) Capitulo D ­ Cambios al Certificado de MORDAZA 21.400 Aplicacion Reservado La autorizacion emitida a la DGAC segun 21.210 tiene validez indefinida hasta que sea suspendida o revocada por la DGAC.