Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2014 (04/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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(c) Esta aceptacion no constituye una aprobacion de instalacion del componente en la aeronave, motor de aeronave o helice; la instalacion debe cumplir lo prescrito en la Parte 43. Capitulo N: Reparaciones 21.1400 Aplicacion (a) En este Capitulo se establecen los requisitos para la aprobacion de datos de diseno de reparaciones, y se establecen los derechos y obligaciones de los solicitantes y de los poseedores de dichas aprobaciones. (b) La eliminacion de danos mediante la sustitucion de componentes o equipos sin la necesidad de actividades de diseno debe considerarse como tarea de mantenimiento y por tanto no requerira de aprobacion en virtud de este Capitulo. (c) Reservado. 21.1405 Elegibilidad Cualquier persona tendra derecho a solicitar una aprobacion de datos de diseno de una reparacion de acuerdo a las limitaciones de aprobacion de la DGAC. 21.1410 Clasificacion de las reparaciones (a) Una reparacion puede ser «mayor» o «menor». La clasificacion debe hacerse de acuerdo con los criterios de la clasificacion establecida en el Apendice A de la RAP 43. (b) Una reparacion sera clasificada «mayor» o «menor», en virtud del parrafo (a) anterior, por la DGAC. 21.1415 Solicitud La solicitud para la aprobacion de datos de diseno de una reparacion debera realizarse de la forma y manera establecida por la DGAC, y debera incluir: (a) una evaluacion de danos. (b) una descripcion de la reparacion, especificandose: (1) todas las partes del diseno de MORDAZA y los manuales aprobados afectados por la reparacion, y (2) la base de certificacion y los requisitos de proteccion ambiental para cuya conformidad se MORDAZA disenado la reparacion; (c) La especificacion de cualquier investigacion necesaria para demostrar la conformidad del producto reparado con la base de certificacion y los requisitos de proteccion ambiental aplicables. 21.1417 Aceptacion de los datos aprobados de diseno de una reparacion mayor Los datos aprobados de una reparacion mayor pueden ser aceptados si la AAC del Estado de diseno certifica que estos datos tecnicos cumple con los requisitos de aeronavegabilidad aplicables conforme lo previsto en la seccion 21.120, o con los requisitos de aeronavegabilidad aplicables al Estado de diseno y cualquier otro requisito que la DGAC pueda determinar para proveer un nivel de seguridad equivalente a aquellos provistos por los requisitos adecuados de aeronavegabilidad aplicables a la RAP, como esta previsto en la seccion 21.120. 21.1420 Diseno de la reparacion (a) El solicitante de la aprobacion de datos de diseno de una reparacion debera: (1) demostrar conformidad con la base de certificacion de MORDAZA y los requisitos de proteccion ambiental incorporados por referencia en el certificado de MORDAZA o certificado de MORDAZA suplementario, segun corresponda, o con los que esten en vigencia a la fecha de la solicitud (para la aprobacion de datos de diseno de una reparacion), ademas de cualquier enmienda a dicha base de certificacion o condiciones especiales que la DGAC

El Peruano Martes 4 de marzo de 2014

juzgue necesarias para establecer un nivel de seguridad equivalente al establecido por la base de certificacion de MORDAZA incorporada por referencia en el certificado de MORDAZA o certificado de MORDAZA suplementario. (2) remitir todos los datos justificativos necesarios, cuando asi lo solicite la DGAC. (3) declarar la conformidad con los requisitos de aeronavegabilidad y los requisitos de proteccion ambiental del parrafo (a) (1) de esta seccion. (b) Cuando el solicitante no sea el poseedor del certificado de MORDAZA o el certificado de MORDAZA suplementario, segun corresponda, podra cumplir los requisitos del parrafo (a) mediante el uso de sus propios recursos o mediante un acuerdo con el poseedor del certificado de MORDAZA o certificado de MORDAZA suplementario, segun corresponda. 21.1425 Emision de la aprobacion de datos de diseno de una reparacion (a) Cuando se MORDAZA declarado y demostrado que los datos de diseno de una reparacion cumplen con los requisitos de aeronavegabilidad y los requisitos de proteccion ambiental aplicables, debera ser aprobado por la DGAC. (b) Solo en el caso de reparaciones menores, la reparacion no sera directamente aprobada por la DGAC; sin embargo debera ser realizada de acuerdo un procedimiento aceptado por la DGAC. 21.1430 Produccion de componentes para una reparacion Los componentes utilizados para la reparacion deberan ser fabricados de acuerdo con los datos de produccion sobre la base de todos los datos de diseno necesarios proporcionados por el poseedor de la aprobacion del diseno de reparacion: (a) Reservado (b) Reservado (c) Por una organizacion de mantenimiento aprobada bajo el RAP 145. 21.1435 Realizacion de la reparacion (a) La reparacion debera ser llevada a cabo por una organizacion de mantenimiento aprobada bajo el RAP 145. (b) El poseedor del diseno de la reparacion aprobada, en caso de ser distinto del que la realiza, debera transmitir a la organizacion de mantenimiento que realiza la reparacion todas las instrucciones necesarias para la instalacion. (c) La organizacion de mantenimiento que realice la reparacion presentara a la DGAC una declaracion de que la reparacion fue instalada en conformidad con el diseno aprobado. (d) La DGAC verificara la conformidad de la instalacion de la reparacion con el diseno aprobado. 21.1440 Limitaciones Un diseno de reparacion podra ser aprobado sujeto a limitaciones, en cuyo caso la aprobacion de diseno de reparacion debera incluir todas las instrucciones y limitaciones necesarias. Estas instrucciones y limitaciones deberan ser transmitidas, en caso de ser distintos, al operador por el poseedor de la aprobacion de diseno de reparacion de acuerdo con un procedimiento aceptado con la DGAC. 21.1445 Registros Para cada reparacion, toda la informacion de diseno, los planos, los informes de ensayos, las instrucciones y limitaciones pertinentes que se hubieren emitido de acuerdo con la seccion 21.1435, la justificacion de la clasificacion y pruebas de la aprobacion de diseno deberan: (a) Estar en poder del poseedor de la aprobacion de diseno de reparacion, a disposicion de la DGAC, y